MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL
SECRETARIA DE TRABAJO
Resolución 2180/2014
Bs. As., 7/11/2014
VISTO el Expediente Nº 1.632.453/14 del Registro del MINISTERIO DE
TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004), la
Ley Nº 20.744 y sus modificatorias, y
CONSIDERANDO:
Que a fojas 42/43 y 53 del Expediente Nº 1.632.453/14 obran,
respectivamente el acuerdo y acta, celebrados por la UNION DE
TRABAJADORES DE PRENSA DE BUENOS AIRES, por el sector sindical, y la
empresa EDITORIAL LA PAGINA SOCIEDAD ANONIMA, conforme lo dispuesto en
la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2004).
Que bajo el mentado acuerdo las partes pactan, entre otras condiciones,
el pago de un adicional con los salarios de octubre a diciembre de
2014, conforme a los términos y condiciones del texto pactado.
Que sin perjuicio de la homologación que se dispone, cabe dejar
expresamente sentado que los pagos que, en cualquier concepto, sean
acordados en favor de los trabajadores tendrán el carácter que les
corresponda según lo establece la legislación laboral y su tratamiento
a los efectos previsionales será el que determinan las leyes de
seguridad social.
Que el ámbito territorial y personal del mismo se corresponde con la
actividad de la empresa signataria y la representatividad de la entidad
sindical firmante, emergente de su personería gremial.
Que las partes han acreditado la representación invocada ante esta
Cartera de Estado y ratificaron en todos sus términos el mentado
Acuerdo.
Que asimismo se acreditan los recaudos formales exigidos por la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).
Que la Asesoría Legal de la Dirección Nacional de Relaciones del
Trabajo de este Ministerio, tomó la intervención que le compete.
Que por todo lo expuesto, corresponde dictar el presente acto
administrativo de homologación, con los alcances que se precisan en el
considerando tercero de la presente medida.
Que las facultades de la suscripta para resolver en las presentes
actuaciones, surgen de las atribuciones otorgadas por el Artículo 10
del Decreto 200/88 y sus modificatorios.
Por ello,
LA SECRETARIA DE TRABAJO
RESUELVE:
ARTICULO 1° — Declárase homologado el acuerdo y acta celebrados por la
UNION DE TRABAJADORES DE PRENSA DE BUENOS AIRES EMPRESA, por el sector
sindical, y la empresa EDITORIAL LA PAGINA SOCIEDAD ANONIMA, obrantes a
fojas 42/43 y 53 respectivamente del Expediente Nº 1.632.453/14,
conforme lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250
(t.o. 2004).
ARTICULO 2° — Regístrese la presente Resolución en el Departamento
Despacho dependiente de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION. Cumplido,
pase a la Dirección de Negociación Colectiva, a fin de que el
Departamento Coordinación registre el acuerdo y acta obrantes a fojas
42/43 y 53 del Expediente Nº 1.632.453/14.
ARTICULO 3° — Notifíquese a las partes signatarias. Posteriormente procédase a la guarda del presente legajo.
ARTICULO 4° — Hágase saber que en el supuesto de que este MINISTERIO DE
TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL no efectúe la publicación gratuita
de los instrumentos homologados, resultará aplicable lo dispuesto en el
tercer párrafo del Artículo 5° de la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).
ARTICULO 5° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del
Registro Oficial y archívese. — Dra. NOEMÍ RIAL, Secretaria de Trabajo.
Expediente Nº 1.632.453/14
Buenos Aires, 10 de Noviembre de 2014
De conformidad con lo ordenado en la RESOLUCION ST Nº 2180/14 se ha
tomado razón del acuerdo obrante a fojas 42/43 y 53 del expediente de
referencia, quedando registrado bajo el número 1714/14. — JORGE
ALEJANDRO INSUA, Registro de Convenios Colectivos, Departamento
Coordinación - D.N.R.T.
Expediente Nº 1.632.453/14
En la Ciudad de Buenos Aires, a los veinte días del mes de Agosto de
2014, siendo las 14.30 horas, comparecen en el Ministerio de Trabajo,
Empleo y Seguridad Social de la Nación, Dirección Nacional de
Negociación Colectiva, ante mí Dra. Verónica M. VIDAL, Secretaria de
Conciliación del Departamento de Relaciones Laborales Nº 3, en
representación de la comisión interna, Diego MARTINEZ, Ana PAOLETTI,
Fernando DONDERO, por una parte y por la otra en representación de la
EMPRESA EDITORIAL LA PAGINA S.A., lo hacen el Dr. Carlos N. PRIM, T°11,
F°903 del CPACF., y los señores Carlos Antonio GONZALEZ, Carlos Antonio
GONZALEZ. Todos con identidad y más datos acreditados ante esta
Secretaría.
Declarado abierto el acto por la funcionaria actuante cede el uso de la
palabra a las partes quienes conjuntamente manifiestan que han arribado
al siguiente acuerdo:
1- Se acuerda pagar a los trabajadores de planta y colaboradores, con
los salarios de octubre, noviembre y diciembre de 2014, un 7% adicional
de carácter no remunerativo calculado sobre los salarios básicos
liquidado en los mismos términos en que se viene haciéndolo en la
paritaria general. Esta suma se considerará para el cálculo del
aguinaldo de diciembre 2014. Asimismo este porcentaje se otorga en
concepto de anticipo del aumento paritario previsto para enero de 2015
y por tanto no tiene efecto acumulativo. Aclarándose que en cuanto a
los colaboradores se aplica el aumento sobre la suma percibida en
concepto de sus colaboraciones.
2- En cuanto a los colaboradores a partir de enero de 2015, tendrán un
plus del 2% sobre el acuerdo paritario, es decir de 5% a 7%, para todos
y todas. Siempre en proporción a sus colaboraciones.
3- Al monto de las colaboraciones correspondientes a los períodos de
agosto y octubre de 2014 se les aplicará un aumento del 6% por esos
únicos dos meses. Finalmente las partes manifiestan que ratifican el
acuerdo antedicho en todos sus términos para constancia de esta
Autoridad laboral, solicitando la pertinente homologación. La vigencia
y eficacia de este acuerdo está supeditada a la homologación.
Siendo las 16.20 horas se da por finalizada la audiencia firmando los
comparecientes de conformidad previa lectura, ante mí que CERTIFICO.
Expediente Nº 1.632.453/14
En la ciudad autónoma de Buenos Aires, a los 4 días del mes de
noviembre de 2014, siendo las 16:30 horas, en el MINISTERIO DE TRABAJO,
EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, ASESORIA TECNICO LEGAL DE LA DIRECCION
NACIONAL DE RELACIONES DEL TRABAJO, por ante mi Dra. Lourdes Marcela
Alonso Alomá, comparece el Sr. Fernando Franco FRUSTACI en
representación de la UNION DE TRABAJADORES DE PRENSA DE BUENOS AIRES
(UTPBA).
Abierto el acto por el actuante, se concede la palabra al compareciente
que expresa: Que viene por este acto a ratificar en todos y cada uno de
sus términos el Acuerdo obrante a fojas 42/43 de autos, solicitando se
proceda a su homologación.
No siendo para más, siendo las 16:40 horas, se da por finalizado el
acto, firmando de conformidad por ante mi que para constancia CERTIFICO.