MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS
INSPECCIÓN GENERAL DE JUSTICIA
Resolución General 5/2014
Bs. As., 18/12/2014
VISTO lo actuado en el Expediente N° 5124359/7269071 del Registro de la INSPECCIÓN GENERAL DE JUSTICIA, y
CONSIDERANDO:
Que durante el mes de enero se inicia el período de feria judicial
durante el cual disminuye el flujo de trámites que se inician ante la
INSPECCIÓN GENERAL DE JUSTICIA, por lo que resulta conveniente que una
parte sustancial del personal tome su licencia anual durante dicho mes.
Que atento lo expuesto, resulta necesario para la optimización de las
funciones a cargo de la INSPECCIÓN GENERAL DE JUSTICIA, adoptar
previsiones relativas a horarios de atención, y recepción de trámites a
fin de compatibilizar con las disponibilidades de recursos humanos.
Que la presente se dicta de conformidad con las facultades conferidas por los artículos 20 y 21 de la Ley 22.315.
Por ello,
EL INSPECTOR GENERAL DE JUSTICIA
RESUELVE:
ARTÍCULO 1° — Durante el mes de enero de 2015 la INSPECCIÓN GENERAL DE
JUSTICIA mantendrá su funcionamiento normal, con las limitaciones que
en los artículos subsiguientes se detallan.
ARTÍCULO 2° — HORARIO DE MESA DE ENTRADAS: Se establece que durante el
mes de enero de 2015, el horario de recepción para la totalidad de los
trámites en las sedes de Paseo Colón 285 CABA, Colegio Público de
Abogados de la Ciudad de Buenos Aires, Colegio Público de Escribanos de
la Ciudad de Buenos Aires y Consejo Profesional de Ciencias Económicas
de la Ciudad de Buenos Aires, será de 9:30 a 12:00 horas, salvo
aquellos trámites urgentes, los cuales se recibirán de 8:00 a 9:00
horas.
ARTÍCULO 3° — HORARIO DEPARTAMENTO DE RÚBRICAS: Trámites urgentes de
11.00 a 12:00 horas y restantes trámites de 11:00 a 13.00 horas.
ARTÍCULO 4° — PLAZO DEL TRÁMITE URGENTE: Se establece en NOVENTA Y SEIS
(96) horas el plazo para la sustanciación de trámites precalificados
registrales de los Departamentos de Precalificación de Sociedades
Comerciales, del Departamento de Personería Jurídica de Entidades
Civiles, de la Oficina de Entidades Extranjeras y Asuntos Especiales, y
para los trámites del Departamento de Rúbrica.
ARTÍCULO 5° — RECEPCIÓN DE OFICIOS JUDICIALES: Se recibirán solamente
aquellos oficios judiciales que tengan carácter de urgente.
Se entenderá por tales a:
a) los librados mediando habilitación judicial de feria que resulte de auto ordenatorio o del cuerpo del despacho;
b) los provenientes de Tribunales Federales y de otros con competencia en materia penal y correccional;
c) los provenientes de organismos instructorios en materia penal;
d) otros que por razonable analogía, se puedan considerar comprendidos en el presente artículo.
ARTÍCULO 6° — MESA DE ENTRADAS DEPARTAMENTO DE CONTROL CONTABLE
SOCIEDADES COMERCIALES Y ENTIDADES CIVILES: el horario de recepción y
retiro de todos los trámites que se realizan será de 10:00 a 12:00 hs.
ARTÍCULO 7° — TRÁMITES EXCLUIDOS: No se recibirán durante el mes de enero de 2013:
a) Trámites ordinarios del Departamento de Precalificación de
Sociedades Comerciales y del Departamento de Personería Jurídica de
Entidades Civiles entre el primer día hábil de enero 2015 y el 16 de
enero de 2015 inclusive.
b) Pedidos de expedición de testimonios comunes y urgentes,
certificados, pedidos de reintegro, desarchivo y/o consultas de
actuaciones de cualquier clase entre el primer día hábil de enero de
2014 y el último día hábil de enero inclusive.
c) solicitud de concurrencia de inspectores a asambleas o reuniones de
órganos de administración entre el primer día hábil de enero de 2014 y
el último día hábil de enero inclusive.
d) presentaciones correspondientes al cumplimiento de las obligaciones
legales y reglamentarias de los sistemas de Ahorro y Capitalización,
entre el primer día hábil de enero de 2014 y el último día hábil de
enero inclusive.
ARTÍCULO 8° — No se dará curso a contestaciones de vistas y
emplazamientos, intimaciones o requerimientos notificados con
anterioridad al 31 de diciembre de 2014, excepto los trámites
correspondientes al Departamento de Precalificación y Oficina de
Sociedades Extranjeras. Su plazo se tendrá por automáticamente
suspendido a partir del 31 de diciembre de 2014 y se reanudará
automáticamente, el 1 de febrero de 2015.
ARTÍCULO 9° — Suspéndese el plazo para proveer denuncias durante enero
de 2014. Sin perjuicio de ello, podrá disponerse su tramitación en caso
de requerirlo el ejercicio inmediato de medidas propias de la
fiscalización permanente sobre sociedades comprendidas en los artículos
299 y 301 de la Ley 19.550, 8° de la Ley 22.315, asociaciones civiles,
fundaciones o entidades comprendidas en el artículo 9° de la citada Ley
22.315.
ARTICULO 10. — Mantiénese la presentación de las Declaraciones Juradas
correspondientes a la Resolución General (IGJ) N° 1/2010 en las
ventanillas habilitadas del Correo Argentino en su horario habitual de
9:00 a 14:00 hs., del Colegio Público de Abogados de la Ciudad de
Buenos Aires, Colegio Público de Escribanos de la Ciudad de Buenos
Aires y Consejo Profesional de Ciencias Económicas de la Ciudad de
Buenos Aires, en su horario reducido por Art. 2 de la presente.
ARTÍCULO 11. — Instrúyese a la Delegación Administrativa a fin de
comunicar lo dispuesto en la presente a las Direcciones, Departamento,
Áreas y Oficinas del Organismo y a los Entes de Cooperación.
ARTÍCULO 12. — Regístrese como Resolución General. Comuníquese,
publíquese. Dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL.
Cumplido, archívese. — DIEGO MARTIN CORMICK, Inspector General de
Justicia, Ministerio de Justicia y Derechos Humanos.
e. 19/12/2014 N° 100816/14 v. 19/12/2014