JUSTICIA

Ley 27.042


Créase el Juzgado Federal de Primera Instancia N° 3 de Clorinda, Provincia de Formosa.


Sancionada: Noviembre 19 de 2014


Promulgada: Diciembre 11 de 2014


El Senado y Cámara de Diputados de la Nación Argentina reunidos en Congreso, etc. sancionan con fuerza de

Ley:

ARTÍCULO 1° — Créase el Juzgado Federal de Primera Instancia N° 3 de Clorinda, con asiento en la ciudad de Clorinda, provincia de Formosa, que tendrá competencia en materia Criminal y Correccional, Civil, Comercial, Laboral, Contencioso Administrativa, Ejecuciones Fiscales, Tributaria y Previsional y toda otra cuestión federal, excepto la electoral.

ARTÍCULO 2° — El Juzgado Federal que se crea por esta ley tendrá competencia territorial en los Departamentos de Pilcomayo y Pilagás.

ARTÍCULO 3° — A partir de la puesta en funcionamiento del Juzgado Federal que se crea por esta ley, los Juzgados Federales N° 1 y N° 2 radicados en la ciudad de Formosa, provincia de Formosa, dejarán de tener competencia sobre los Departamentos de Pilcomayo y Pilagás.

ARTÍCULO 4° — El Juzgado Federal de Primera Instancia N° 3 de Clorinda funcionará con cuatro (4) Secretarías:

a) La Secretaría n° 1 y la n° 2 tendrán competencia en materia Criminal y Correccional;

b) La Secretaría n° 3 tendrá competencia en materia Civil, Comercial y Laboral; y

c) La Secretaría n° 4 tendrá competencia en materia Contencioso Administrativo, Ejecuciones Fiscales, Tributaria y Previsional.

ARTÍCULO 5° — Las causas que se encuentren en trámite ante los Juzgados Federales de Primera Instancia N° 1 y N° 2 de Formosa, al entrar en vigencia la presente ley, continuarán radicadas en ellos hasta su definitiva terminación.

ARTÍCULO 6° — Será Tribunal de Alzada del Juzgado Federal que se crea por esta ley, la Cámara Federal de Apelaciones de Resistencia.

ARTÍCULO 7° — Créanse una (1) Fiscalía y una (1) Defensoría Pública Oficial con asiento en la ciudad de Clorinda, provincia de Formosa, que actuarán ante el Juzgado Federal que se crea por esta ley.

ARTÍCULO 8° — Créanse los cargos de Juez de Primera Instancia, Fiscal de Primera Instancia, Defensor Público Oficial, Secretarios y demás personal administrativo y de servicios a los que se refieren los Anexos I, II y III que forman parte de la presente ley.

ARTÍCULO 9° — Los recursos necesarios para el cumplimiento de la presente ley, serán incluidos en el Presupuesto General para la Administración Pública del próximo ejercicio, con imputación a las partidas del Poder Judicial de la Nación, del Ministerio Público Fiscal y el Ministerio Público de la Defensa, respectivamente.

ARTÍCULO 10. — Los magistrados, funcionarios y empleados que se designen en los cargos creados por esta ley, sólo tomarán posesión de los mismos cuando se dé la condición financiera a que se refiere el artículo 9° de la presente.

ARTÍCULO 11. — La Corte Suprema de Justicia de la Nación y el Consejo de la Magistratura de la Nación, en ejercicio de las funciones que les competen, proveerán lo necesario para la instalación y funcionamiento del juzgado que se crea por esta ley. El Ministerio Público Fiscal y el Ministerio Público de la Defensa proveerán lo necesario para la instalación y funcionamiento de la fiscalía y defensoría que se crean por esta ley.

ARTÍCULO 12. — Comuníquese al Poder Ejecutivo nacional.

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONGRESO ARGENTINO, EN BUENOS AIRES, A LOS DIECINUEVE DÍAS DEL MES DE NOVIEMBRE DEL AÑO DOS MIL CATORCE.

— REGISTRADO BAJO EL Nº 27.042 —

AMADO BOUDOU. — JULIAN A. DOMINGUEZ. — Lucas Chedrese. — Juan H. Estrada.

ANEXO I

CARGOS A CREARSE EN EL PODER JUDICIAL DE LA NACIÓN

Magistrados y funcionarios:

Juez Federal de Primera Instancia1
Secretario de Primera Instancia4
Subtotal5

Personal administrativo y técnico:

Prosecretario Administrativo4
Oficial Mayor4
Escribiente4
Escribiente auxiliar4
Subtotal16

Personal de servicio, obrero y maestranza:

Medio Oficial (ordenanza)1
Subtotal1

Total general22

ANEXO II

CARGOS A CREARSE EN EL MINISTERIO PÚBLICO FISCAL

Magistrados y funcionarios:

Fiscal de Primera Instancia1
Secretario1
Subtotal2

Personal administrativo y técnico:

Jefe de Despacho1
Escribiente1
Escribiente auxiliar1
Subtotal3

Personal de servicio, obrero y maestranza:

Medio Oficial (ordenanza)1
Subtotal1

Total general6

ANEXO III

CARGOS A CREARSE EN EL MINISTERIO PÚBLICO DE LA DEFENSA

Magistrados y funcionarios:

Defensor Público de Primera Instancia1
Secretario1
Subtotal2

Personal administrativo y técnico:

Jefe de Despacho1
Escribiente1
Escribiente auxiliar1
Subtotal3

Personal de servicio, obrero y maestranza:

Medio Oficial (ordenanza)1
Subtotal1

Total general6