AUTORIDAD FEDERAL DE SERVICIOS DE COMUNICACIÓN AUDIOVISUAL

Resolución 1473/2014

Bs. As., 18/12/2014

VISTO el Expediente Nº 2190/2013 del Registro de la AUTORIDAD FEDERAL DE SERVICIOS DE COMUNICACIÓN AUDIOVISUAL, y

CONSIDERANDO:

Que mediante Resolución Nº 926-AFSCA/2014 se aprobó el Convenio Marco de Cooperación y Colaboración suscripto entre la AUTORIDAD FEDERAL DE SERVICIOS DE COMUNICACIÓN AUDIOVISUAL (AFSCA) y EDUC. AR SOCIEDAD DEL ESTADO.

Que el citado Convenio tiene por objeto establecer entre las partes vínculos de cooperación y asistencia técnica institucional en virtud de los cuales la AUTORIDAD FEDERAL DE SERVICIOS DE COMUNICACIÓN AUDIOVISUAL, a través del INSTITUTO SUPERIOR DE ENSEÑANZA RADIOFÓNICA, y EDUC. AR se brindarán determinadas prestaciones y asistencia técnica con la finalidad de producir y/o coproducir en conjunto o asociados a terceros, contenidos audiovisuales de carácter educativos destinados a satisfacer los requerimientos previstos en el Decreto Nº 533/05 de creación de Programas Televisivos Educativos y Multimediales y en la Ley Nº 26.522.

Que a los fines de concretar las acciones acordadas en el mismo, en fecha 22 de octubre de 2014 se suscribió el Acta Complementaria Nº 1, mediante la cual se acordó la realización por parte de la AFSCA de la confección de 105 horas de audiodescripción —cuyas especificaciones técnicas se detallan en el Anexo A del Anexo I— y como contraprestación EDUC. AR SOCIEDAD DEL ESTADO hará entrega a la AFSCA una serie de materiales y equipamientos —detallados en el Anexo B del Anexo I—.

Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS Y REGULATORIOS ha tomado la intervención que le compete.

Que el DIRECTORIO de la AUTORIDAD FEDERAL DE SERVICIOS DE COMUNICACIÓN AUDIOVISUAL acordó el dictado del presente acto administrativo mediante la suscripción del acta correspondiente.

Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 12 inciso 30) de la Ley Nº 26.522.

Por ello,

EL DIRECTORIO DE LA AUTORIDAD FEDERAL DE SERVICIOS DE COMUNICACIÓN AUDIOVISUAL

RESUELVE:

ARTICULO 1° — Apruébase el Acta Complementaria Nº 1 suscripta entre la AUTORIDAD FEDERAL DE SERVICIOS DE COMUNICACIÓN AUDIOVISUAL y EDUC. AR SOCIEDAD DEL ESTADO que, como Anexo I, integra la presente.

ARTICULO 2° — Regístrese, comuníquese, notifíquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — MARTIN SABBATELLA, Presidente del Directorio, Autoridad Federal de Servicios de Comunicación Audiovisual.

ACTA COMPLEMENTARIA NRO. 1

Entre

La AUTORIDAD FEDERAL DE SERVICIOS DE COMUNICACIÓN AUDIOVISUAL, con domicilio en la calle Suipacha 765 de la ciudad Autónoma de Buenos Aires, representada en este acto por el presidente de su Directorio, Martín Sabbatella, en adelante denominado “AFSCA”, y EDUC.AR SOCIEDAD DEL ESTADO, con domicilio en la calle Saavedra 789 5° piso de la ciudad autónoma de Buenos Aires representada en este acto por su Gerente General, Lic. Rubén D’Audia denominada “EDUC.AR”;

CONSIDERANDO:

Que las partes suscribieron con fecha 3 de diciembre de 2013, un Acuerdo Marco de colaboración, cooperación y asistencia técnica institucional en virtud del cual las partes se brindarán las prestaciones necesarias para producir y/o coproducir en conjunto o asociados a terceros, contenidos audiovisuales de carácter educativo destinados a satisfacer los requerimientos previstos en el Decreto Nº 533/05 de creación de Programas Televisivos Educativos y Multimediales.

Que el Convenio Marco arriba citado dispone en su cláusula TERCERA que la colaboración y las prestaciones que le sean requeridas a la AFSCA se realizarán mediante la suscripción de Actas Complementarias destinadas a regular las prestaciones y acciones específicas contempladas en el mismo.

Que las PARTES de común acuerdo convienen suscribir el presente convenio que se regirá de acuerdo a las siguientes cláusulas y condiciones:

ARTICULO 1°. Objeto:

Constituye el objeto de la presente, la realización por parte de la AFSCA de la confección de 105 horas de audiodescripción de acuerdo a las especificaciones técnicas, características y desarrollo que se detallan en el Anexo A, que como adjunto forma parte de la presente.

ARTICULO 2°. Aporte de EDUC. AR SE

EDUC.AR se obliga a entregar al ASFCA dentro de los 60 días de realizadas y aprobadas por EDUC.AR, todas las prestaciones por parte de AFSCA, los materiales que se detallan en el Anexo B:

ARTICULO 3°. De la propiedad

Los derechos de propiedad de autor, así como cualquier otro derecho intelectual de cualquier naturaleza que sea sobre las horas de audiodescripción y/o audiovisuales pertenecerán a EDUC.AR en forma exclusiva.

ARTICULO 4°. De la prohibición de cesión.

Las partes no podrán ceder o transferir por ningún título los derechos y obligaciones contemplados en el presente acuerdo. Toda cesión efectuada en violación a las previsiones del punto precedente será nula y no desobligará a la parte cedente de las obligaciones asumidas en virtud de la presente.

ARTICULO 5°. De la responsabilidad sobre el personal

El personal de cada una de las partes no tendrá vinculación y/o subordinación laboral alguna con la otra parte. En virtud de lo expuesto, las personas que presten servicios para la AFSCA serán ajenas a EDUC.AR S.E. y al Ministerio de Educación de la Nación quienes no tendrán obligación alguna con respecto a esas personas, ya se trate de responsabilidades derivadas del contrato de trabajo que la AFSCA acuerde con dicho personal o de obligaciones previsionales y/o impositivas y/o de otra clase, las que quedan totalmente a su cargo, en virtud de carecer el personal de relación de dependencia alguna con EDUC.AR. S.E. y con el MINISTERIO de Educación de la Nación,

ARTICULO 6°. De la jurisdicción - domicilios

Cualquier divergencia o contienda en la interpretación, aplicación o ejecución del presente contrato e, incluso, su resolución o la determinación de daños y perjuicios derivados del mismo, será sometida a los Tribunales Nacionales en lo Contencioso Administrativo Federal con asiento en la Capital Federal.

Las partes constituyen domicilio a todos los efectos del presente en los indicados en el encabezamiento del mismo.

EN SEÑAL DE CONFORMIDAD, se firman dos ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto, en la ciudad de Buenos Aires a los 22 días del mes de octubre de 2014.


ANEXO A

ESPECIFICACIONES TÉCNICAS

Entrega de material

Educ.ar entregará a EL AFSCA un listado de material correspondiente a 105 horas de programación de Canal Encuentro para la producción de audiodescripciones.

Este material se podrá descargar del sitio Conectate; en caso de que no esté disponible Educ.ar entregará el material en formato DVD.

Se adjunta el listado completo de programas a audio describir:


Correrán por cuenta de EL AFSCA las instancias relativas a la visualización de los programas, confección del guión, locución, producción y edición del material.

De ser necesario, Educ.ar asistirá a EL AFSCA en la creación de los guiones y ofrecerá su apoyo técnico en las instancias relativas a la edición del material.
Entrega final

EL AFSCA entregará a Educ.ar un (1) archivo con la mezcla del audio original y la audiodescripción en WAV y un (1) archivo con la audiodescripción sin mezcla de audio original en MP3 (versión Web) por cada programa que figure en la lista.

Esta entrega se realizará mediante dos discos rígidos externos (máster y back-up) o blu-ray, con la totalidad de audiodescripciones confeccionadas. Las áreas de Chequeo Técnico y de Accesibilidad de Educ.ar harán una revisión del material (técnicas y de contenido, respectivamente). En caso de encontrar fallas técnicas o de contenidos. El AFSCA deberá retrabajar el material y volver a entregarlo hasta lograr su aprobación por parte de Educ.ar.

Especificaciones técnicas

Tanto la versión Web como la versión para TV de las audiodescripciones deben estar sincronizadas con las imágenes que describen. Las descripciones de imágenes deben escucharse, sin excepción, durante los silencios (baches de audio) de cada programa. Ninguna descripción podrá solaparse/pisarse con el audio original del programa.

Los niveles de audio serán chequeados con una medida digital True Peak (Digital True Peak). En la mezcla full mix, los niveles de audio no deben pasar de -10dBFs, mientras que los niveles mínimos no deben estar por debajo de los -20dBFs.

La compresión de audio debe tener un buen rango dinámico, aunque éste no debe ser demasiado dinámico. Se debe evitar comprimir excesivamente en la mezcla final, ya que cuando se hace esto es probable que se produzcan cortes en los diálogos. Es recomendable usar equipos que puedan trabajar bajo recomendaciones ITU-R BS.1770-1. Los materiales con audiodescripción deben ser entregados como un archivo separado rotulado según especificaciones de Canal Encuentro.

El tipo de archivo para TV debe ser WAV PCM 48kHz 16bits sin compresión y éste debe tener exactamente la misma duración y time code que el archivo MXF con el Máster del programa. En caso de que no sea sincrónico con el archivo Máster será catalogado por el departamento de Control de Calidad como “No Apto”.

No se aceptarán tapes con audiodescripción, éstos deben también ser entregados en archivos aparte.

Los archivos deben ser entregados en 2 discos rígidos que contenga la totalidad de los programas o capítulos de la serie, utilizando uno para Máster y otro para Back-up.

Control de calidad (QC)

La calidad del audio y de la imagen ha de ser evaluada por el departamento de Control de Calidad. Este chequeo técnico se realiza de dos maneras, una automática y digital por medio de equipos especiales de QC y otra visual y en tiempo real. Del primer control de calidad, nos dará parámetros que serán chequeados por un operador y puede validarlos o rechazarlos. En caso de que el QC electrónico de valores negativos y el operador cerciore que son negativos, entonces el Control de Calidad no será apto y por lo tanto se lo catalogará con la etiqueta “No Apto”. En caso de que el QC electrónico de valores positivos, se procederá a hacer el control de calidad visual en tiempo real por un operador. De este nuevo control de calidad pueden surgir tres etiquetas, “Apto”, “Apto con observaciones” y “No Apto”. En caso de que sea “No Apto”, el material no tiene los requisitos de calidad que Educ.ar S.E. considera mínimos para emitirse. Por otra parte, si la etiqueta es “Apto” o “Apto con observaciones”, el material se puede emitir sin inconvenientes, aunque la segunda etiqueta, “Apto con observaciones”, posee algunos inconvenientes menores que, de ser posible, han de ser solucionados en la próxima entrega.

Es importante saber que algunos de los siguientes inconvenientes pueden hacer que el material entregado no pase los controles de calidad de Educ.ar S.E.:

Clicks

Distorsiones

Sibilancia

Rango dinámico incorrecto

Mala acústica

Balance de tonos incorrecto

Errores de fase

Errores de Lip-sync

Ruido de fondo

Material

En todos los casos donde se entregue cualquier tipo de material (tape, disco rígido, blu-ray, etc.), los mismos deberán ser nuevos, vírgenes, no tener ningún tipo de uso anterior y nunca usar material reciclado.

Cuando se solicita la entrega de blu-ray, los mismos pueden ser reemplazados por 2 (dos) discos rígidos (máster y back-up). En ese caso el disco rígido debe ser formateado en NTFS y compatible con los sistemas Windows. Los BIu-ray deben estar formateados en UDF (Universal Disk Format) 2.5 o superior.

CRONOGRAMA DE ENTREGAS:

- AFSCA deberá entregar a Educ.ar las primeras 50 horas de audiodescripciones, a los 50 días corridos de firmada el acta.

- AFSCA deberá entregar a Educ.ar las restantes 55 horas de audiodescripciones, a los 60 días de firmada el acta.

ANEXO B

Equipamiento a entregar:



e. 29/12/2014 N° 101178/14 v. 29/12/2014