AUTORIDAD FEDERAL DE SERVICIOS DE COMUNICACIÓN AUDIOVISUAL
Resolución 1473/2014
Bs. As., 18/12/2014
VISTO el Expediente Nº 2190/2013 del Registro de la AUTORIDAD FEDERAL DE SERVICIOS DE COMUNICACIÓN AUDIOVISUAL, y
CONSIDERANDO:
Que mediante Resolución Nº 926-AFSCA/2014 se aprobó el Convenio Marco
de Cooperación y Colaboración suscripto entre la AUTORIDAD FEDERAL DE
SERVICIOS DE COMUNICACIÓN AUDIOVISUAL (AFSCA) y EDUC. AR SOCIEDAD DEL
ESTADO.
Que el citado Convenio tiene por objeto establecer entre las partes
vínculos de cooperación y asistencia técnica institucional en virtud de
los cuales la AUTORIDAD FEDERAL DE SERVICIOS DE COMUNICACIÓN
AUDIOVISUAL, a través del INSTITUTO SUPERIOR DE ENSEÑANZA RADIOFÓNICA,
y EDUC. AR se brindarán determinadas prestaciones y asistencia técnica
con la finalidad de producir y/o coproducir en conjunto o asociados a
terceros, contenidos audiovisuales de carácter educativos destinados a
satisfacer los requerimientos previstos en el Decreto Nº 533/05 de
creación de Programas Televisivos Educativos y Multimediales y en la
Ley Nº 26.522.
Que a los fines de concretar las acciones acordadas en el mismo, en
fecha 22 de octubre de 2014 se suscribió el Acta Complementaria Nº 1,
mediante la cual se acordó la realización por parte de la AFSCA de la
confección de 105 horas de audiodescripción —cuyas especificaciones
técnicas se detallan en el Anexo A del Anexo I— y como contraprestación
EDUC. AR SOCIEDAD DEL ESTADO hará entrega a la AFSCA una serie de
materiales y equipamientos —detallados en el Anexo B del Anexo I—.
Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS Y REGULATORIOS ha tomado la intervención que le compete.
Que el DIRECTORIO de la AUTORIDAD FEDERAL DE SERVICIOS DE COMUNICACIÓN
AUDIOVISUAL acordó el dictado del presente acto administrativo mediante
la suscripción del acta correspondiente.
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 12 inciso 30) de la Ley Nº 26.522.
Por ello,
EL DIRECTORIO DE LA AUTORIDAD FEDERAL DE SERVICIOS DE COMUNICACIÓN AUDIOVISUAL
RESUELVE:
ARTICULO 1° — Apruébase el Acta Complementaria Nº 1 suscripta entre la
AUTORIDAD FEDERAL DE SERVICIOS DE COMUNICACIÓN AUDIOVISUAL y EDUC. AR
SOCIEDAD DEL ESTADO que, como Anexo I, integra la presente.
ARTICULO 2° — Regístrese, comuníquese, notifíquese, publíquese, dése a
la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — MARTIN
SABBATELLA, Presidente del Directorio, Autoridad Federal de Servicios
de Comunicación Audiovisual.
ACTA COMPLEMENTARIA NRO. 1
Entre
La AUTORIDAD FEDERAL DE SERVICIOS DE COMUNICACIÓN AUDIOVISUAL, con
domicilio en la calle Suipacha 765 de la ciudad Autónoma de Buenos
Aires, representada en este acto por el presidente de su Directorio,
Martín Sabbatella, en adelante denominado “AFSCA”, y EDUC.AR SOCIEDAD
DEL ESTADO, con domicilio en la calle Saavedra 789 5° piso de la ciudad
autónoma de Buenos Aires representada en este acto por su Gerente
General, Lic. Rubén D’Audia denominada “EDUC.AR”;
CONSIDERANDO:
Que las partes suscribieron con fecha 3 de diciembre de 2013, un
Acuerdo Marco de colaboración, cooperación y asistencia técnica
institucional en virtud del cual las partes se brindarán las
prestaciones necesarias para producir y/o coproducir en conjunto o
asociados a terceros, contenidos audiovisuales de carácter educativo
destinados a satisfacer los requerimientos previstos en el Decreto Nº
533/05 de creación de Programas Televisivos Educativos y Multimediales.
Que el Convenio Marco arriba citado dispone en su cláusula TERCERA que
la colaboración y las prestaciones que le sean requeridas a la AFSCA se
realizarán mediante la suscripción de Actas Complementarias destinadas
a regular las prestaciones y acciones específicas contempladas en el
mismo.
Que las PARTES de común acuerdo convienen suscribir el presente
convenio que se regirá de acuerdo a las siguientes cláusulas y
condiciones:
ARTICULO 1°. Objeto:
Constituye el objeto de la presente, la realización por parte de la
AFSCA de la confección de 105 horas de audiodescripción de acuerdo a
las especificaciones técnicas, características y desarrollo que se
detallan en el Anexo A, que como adjunto forma parte de la presente.
ARTICULO 2°. Aporte de EDUC. AR SE
EDUC.AR se obliga a entregar al ASFCA dentro de los 60 días de
realizadas y aprobadas por EDUC.AR, todas las prestaciones por parte de
AFSCA, los materiales que se detallan en el Anexo B:
ARTICULO 3°. De la propiedad
Los derechos de propiedad de autor, así como cualquier otro derecho
intelectual de cualquier naturaleza que sea sobre las horas de
audiodescripción y/o audiovisuales pertenecerán a EDUC.AR en forma
exclusiva.
ARTICULO 4°. De la prohibición de cesión.
Las partes no podrán ceder o transferir por ningún título los derechos
y obligaciones contemplados en el presente acuerdo. Toda cesión
efectuada en violación a las previsiones del punto precedente será nula
y no desobligará a la parte cedente de las obligaciones asumidas en
virtud de la presente.
ARTICULO 5°. De la responsabilidad sobre el personal
El personal de cada una de las partes no tendrá vinculación y/o
subordinación laboral alguna con la otra parte. En virtud de lo
expuesto, las personas que presten servicios para la AFSCA serán ajenas
a EDUC.AR S.E. y al Ministerio de Educación de la Nación quienes no
tendrán obligación alguna con respecto a esas personas, ya se trate de
responsabilidades derivadas del contrato de trabajo que la AFSCA
acuerde con dicho personal o de obligaciones previsionales y/o
impositivas y/o de otra clase, las que quedan totalmente a su cargo, en
virtud de carecer el personal de relación de dependencia alguna con
EDUC.AR. S.E. y con el MINISTERIO de Educación de la Nación,
ARTICULO 6°. De la jurisdicción - domicilios
Cualquier divergencia o contienda en la interpretación, aplicación o
ejecución del presente contrato e, incluso, su resolución o la
determinación de daños y perjuicios derivados del mismo, será sometida
a los Tribunales Nacionales en lo Contencioso Administrativo Federal
con asiento en la Capital Federal.
Las partes constituyen domicilio a todos los efectos del presente en los indicados en el encabezamiento del mismo.
EN SEÑAL DE CONFORMIDAD, se firman dos ejemplares de un mismo tenor y a
un solo efecto, en la ciudad de Buenos Aires a los 22 días del mes de
octubre de 2014.
ANEXO A
ESPECIFICACIONES TÉCNICAS
Entrega de material
Educ.ar entregará a EL AFSCA un listado de material correspondiente a
105 horas de programación de Canal Encuentro para la producción de
audiodescripciones.
Este material se podrá descargar del sitio Conectate; en caso de que no
esté disponible Educ.ar entregará el material en formato DVD.
Se adjunta el listado completo de programas a audio describir:
Correrán por cuenta de EL AFSCA las instancias relativas a la
visualización de los programas, confección del guión, locución,
producción y edición del material.
De ser necesario, Educ.ar asistirá a EL AFSCA en la creación de los
guiones y ofrecerá su apoyo técnico en las instancias relativas a la
edición del material.
Entrega final
EL AFSCA entregará a Educ.ar un (1) archivo con la mezcla del audio
original y la audiodescripción en WAV y un (1) archivo con la
audiodescripción sin mezcla de audio original en MP3 (versión Web) por
cada programa que figure en la lista.
Esta entrega se realizará mediante dos discos rígidos externos (máster
y back-up) o blu-ray, con la totalidad de audiodescripciones
confeccionadas. Las áreas de Chequeo Técnico y de Accesibilidad de
Educ.ar harán una revisión del material (técnicas y de contenido,
respectivamente). En caso de encontrar fallas técnicas o de contenidos.
El AFSCA deberá retrabajar el material y volver a entregarlo hasta
lograr su aprobación por parte de Educ.ar.
Especificaciones técnicas
Tanto la versión Web como la versión para TV de las audiodescripciones
deben estar sincronizadas con las imágenes que describen. Las
descripciones de imágenes deben escucharse, sin excepción, durante los
silencios (baches de audio) de cada programa. Ninguna descripción podrá
solaparse/pisarse con el audio original del programa.
Los niveles de audio serán chequeados con una medida digital True Peak
(Digital True Peak). En la mezcla full mix, los niveles de audio no
deben pasar de -10dBFs, mientras que los niveles mínimos no deben estar
por debajo de los -20dBFs.
La compresión de audio debe tener un buen rango dinámico, aunque éste
no debe ser demasiado dinámico. Se debe evitar comprimir excesivamente
en la mezcla final, ya que cuando se hace esto es probable que se
produzcan cortes en los diálogos. Es recomendable usar equipos que
puedan trabajar bajo recomendaciones ITU-R BS.1770-1. Los materiales
con audiodescripción deben ser entregados como un archivo separado
rotulado según especificaciones de Canal Encuentro.
El tipo de archivo para TV debe ser WAV PCM 48kHz 16bits sin compresión
y éste debe tener exactamente la misma duración y time code que el
archivo MXF con el Máster del programa. En caso de que no sea
sincrónico con el archivo Máster será catalogado por el departamento de
Control de Calidad como “No Apto”.
No se aceptarán tapes con audiodescripción, éstos deben también ser entregados en archivos aparte.
Los archivos deben ser entregados en 2 discos rígidos que contenga la
totalidad de los programas o capítulos de la serie, utilizando uno para
Máster y otro para Back-up.
Control de calidad (QC)
La calidad del audio y de la imagen ha de ser evaluada por el
departamento de Control de Calidad. Este chequeo técnico se realiza de
dos maneras, una automática y digital por medio de equipos especiales
de QC y otra visual y en tiempo real. Del primer control de calidad,
nos dará parámetros que serán chequeados por un operador y puede
validarlos o rechazarlos. En caso de que el QC electrónico de valores
negativos y el operador cerciore que son negativos, entonces el Control
de Calidad no será apto y por lo tanto se lo catalogará con la etiqueta
“No Apto”. En caso de que el QC electrónico de valores positivos, se
procederá a hacer el control de calidad visual en tiempo real por un
operador. De este nuevo control de calidad pueden surgir tres
etiquetas, “Apto”, “Apto con observaciones” y “No Apto”. En caso de que
sea “No Apto”, el material no tiene los requisitos de calidad que
Educ.ar S.E. considera mínimos para emitirse. Por otra parte, si la
etiqueta es “Apto” o “Apto con observaciones”, el material se puede
emitir sin inconvenientes, aunque la segunda etiqueta, “Apto con
observaciones”, posee algunos inconvenientes menores que, de ser
posible, han de ser solucionados en la próxima entrega.
Es importante saber que algunos de los siguientes inconvenientes pueden
hacer que el material entregado no pase los controles de calidad de
Educ.ar S.E.:
Clicks
Distorsiones
Sibilancia
Rango dinámico incorrecto
Mala acústica
Balance de tonos incorrecto
Errores de fase
Errores de Lip-sync
Ruido de fondo
Material
En todos los casos donde se entregue cualquier tipo de material (tape,
disco rígido, blu-ray, etc.), los mismos deberán ser nuevos, vírgenes,
no tener ningún tipo de uso anterior y nunca usar material reciclado.
Cuando se solicita la entrega de blu-ray, los mismos pueden ser
reemplazados por 2 (dos) discos rígidos (máster y back-up). En ese caso
el disco rígido debe ser formateado en NTFS y compatible con los
sistemas Windows. Los BIu-ray deben estar formateados en UDF (Universal
Disk Format) 2.5 o superior.
CRONOGRAMA DE ENTREGAS:
- AFSCA deberá entregar a Educ.ar las primeras 50 horas de audiodescripciones, a los 50 días corridos de firmada el acta.
- AFSCA deberá entregar a Educ.ar las restantes 55 horas de audiodescripciones, a los 60 días de firmada el acta.
ANEXO B
Equipamiento a entregar:
e. 29/12/2014 N° 101178/14 v. 29/12/2014