AUTORIDAD REGULATORIA NUCLEAR DEPENDIENTE DE LA PRESIDENCIA DE LA NACIÓN
Resolución 698/2014
Bs. As., 17/12/2014
VISTO la Ley Nacional de la Actividad Nuclear N° 24.804, su Decreto
Reglamentario N° 1.390/98 y la Norma Básica de Seguridad Radiológica AR
10.1.1. - Revisión 3, el Régimen de Tasas de la AUTORIDAD REGULATORIA
NUCLEAR (ARN) aprobado por Resolución N° 76/08 y la Actuación N°
5258/14, lo actuado por la GERENCIA SEGURIDAD RADIOLÓGICA, FÍSICA Y
SALVAGUARDIAS y las SUBGERENCIAS CONTROL DE INSTALACIONES RADIACTIVAS
CLASE I Y DEL CICLO DE COMBUSTIBLE NUCLEAR, de CONTROL DE LA SEGURIDAD
FÍSICA DE LAS PRÁCTICAS y de CONTROL DE LAS SALVAGUARDIAS y el Proyecto
de Actualización del Sistema de Licencias de ARN, y
CONSIDERANDO:
Que conforme lo establecido en el Artículo 9, inciso a) de la Ley N°
24.804 citada en el VISTO, toda persona física o jurídica para
desarrollar una actividad nuclear en la REPÚBLICA ARGENTINA, deberá
ajustarse a las regulaciones que imparta la AUTORIDAD REGULATORIA
NUCLEAR (ARN) en el ámbito de su competencia y solicitar el
otorgamiento de la licencia, permiso o autorización respectiva que lo
habilite para su ejercicio.
Que asimismo, la referida Ley en su Artículo 16, inciso c), establece
que es facultad de la ARN otorgar, suspender y revocar licencias,
permisos o autorizaciones para los usuarios del material radiactivo.
Que mediante la Resolución del Directorio N° 76/08 de este Organismo,
se aprobó el Régimen de Tasas por Licenciamiento e Inspección que se
aplica a las personas físicas o jurídicas que soliciten el otorgamiento
o sean titulares de licencias, autorización de operación,
autorizaciones específicas y permisos individuales, entre otros.
Que la COMISIÓN NACIONAL DE ENERGÍA ATÓMICA (CNEA) solicitó a esta ARN
el otorgamiento de la Licencia de Operación Clase I denominada PLANTA
DE FABRICACION DE ELEMENTOS COMBUSTIBLES PARA REACTORES DE
INVESTIGACION (ECRI), ubicada en el Centro Atómico Constituyentes.
Que la GERENCIA SEGURIDAD RADIOLÓGICA, FÍSICA Y SALVAGUARDIAS a través
de las SUBGERENCIAS CONTROL DE INSTALACIONES RADIACTIVAS CLASE I y del
CICLO DE COMBUSTIBLE NUCLEAR y de SEGURIDAD FÍSICA DE PRÁCTICAS y el
Proyecto Actualización del Sistema de Licencias de la ARN recomendaron
dar curso favorable a la solicitud de otorgamiento de la Licencia de
Operación de ECRI iniciado por la CNEA, por cuanto se ha dado
cumplimiento a los procedimientos regulatorios previstos en dicho
trámite y se ha verificado que la Instalación se ajusta a los
requerimientos de la normativa de aplicación vigente.
Que conforme lo informado por la GERENCIA ASUNTOS ADMINISTRATIVOS Y
RECURSOS - SUBGERENCIA GESTIÓN ECONÓMICO-FINANCIERA, la CNEA registra
deuda en concepto de Tasa Regulatoria.
Que el otorgamiento de una licencia de operación a un usuario de
material radiactivo que no ha dado cumplimiento al pago de la tasa
regulatoria exigido por el Artículo 26 de la Ley N° 24.804, conlleva
una excepción a lo dispuesto en la citada normativa que la ARN debe
analizar.
Que conforme lo expuesto, resulta de interés público que la Planta de
Fabricación de Elementos Combustibles para Reactores de Investigación
(ECRI) no interrumpa su funcionamiento, por lo que el Directorio de
esta Institución permitió en su reunión del día 10 de diciembre de
2014, la continuidad del trámite, autorizando como excepción que el
pago de la tasa regulatoria sea efectuado con posterioridad a la
emisión de la Licencia de Operación solicitada.
Que atendiendo a la solicitud de la Entidad Responsable y a la función
de la instalación, la GERENCIA SEGURIDAD RADIOLÓGICA FÍSICA Y
SALVAGUARDIAS recomienda otorgar la Licencia de Operación de la ECRI.
Que las GERENCIAS ASUNTOS JURÍDICOS y de ASUNTOS ADMINISTRATIVOS Y RECURSOS han tomado la intervención que les compete.
Que el Directorio de la AUTORIDAD REGULATORIA NUCLEAR es competente
para el dictado del presente acto, conforme lo establecen los Artículos
16 inciso c) y 22 de la Ley N° 24.804.
Por ello, en su reunión de fecha 17 de diciembre de 2014 (Acta N° 16)
EL DIRECTORIO DE LA AUTORIDAD REGULATORIA NUCLEAR
RESOLVIÓ:
ARTÍCULO 1° — Aprobar la emisión de la Licencia de Operación solicitada
por la COMISIÓN NACIONAL DE ENERGÍA ATÓMICA para la instalación Clase I
de la PLANTA DE FABRICACIÓN DE ELEMENTOS COMBUSTIBLES PARA REACTORES DE
INVESTIGACIÓN (ECRI), ubicada en el Centro Atómico Constituyentes, cuya
versión, como Anexo, es parte integrante de la presente Resolución.
ARTÍCULO 2° — Instruir a la GERENCIA SEGURIDAD RADIOLÓGICA, FÍSICA Y
SALVAGUARDIAS a fin de que entregue original de la Licencia de
Operación de la instalación PLANTA DE FABRICACION DE ELEMENTOS
COMBUSTIBLES PARA REACTORES DE INVESTIGACION (ECRI) a la COMISIÓN
NACIONAL DE ENERGÍA ATÓMICA, en su carácter de Entidad Responsable de
la instalación citada.
ARTÍCULO 3° — Comuníquese a la SECRETARÍA GENERAL, a la GERENCIA
SEGURIDAD RADIOLÓGICA, FÍSICA Y SALVAGUARDIAS, a los fines
correspondientes. Dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL
para su publicación en el BOLETÍN OFICIAL de la REPÚBLICA ARGENTINA.
Publíquese en el Boletín de este Organismo y archívese en el REGISTRO
CENTRAL. — Lic. ELENA MACEIRAS, Presidenta del Directorio.
e. 02/01/2015 N° 102721/14 v. 02/01/2015