PRESUPUESTO
Decisión Administrativa 1213/2014
Modifícase la distribución del Presupuesto de la Administración Nacional para el Ejercicio 2014.
Bs. As., 30/12/2014
VISTO el Expediente N° CUDAP: EXP-JGM: 0056292/2014 del Registro de la
JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, las Leyes Nros. 25.164 y 26.895, los
Decretos Nros. 1.421 de fecha 8 de agosto de 2002, 214 del 27 de
febrero de 2006 y sus modificatorios, 2.098 del 3 de diciembre de 2008
y sus modificatorios, la Decisión Administrativa N° 506 del 2 de
diciembre de 2009, modificada por sus similares Nros. 1126 del 8 de
noviembre de 2012 y 609 del 1° de agosto de 2014, la Decisión
Administrativa N° 1 del 3 de enero de 2014 y la Resolución de la ex
SECRETARIA DE LA GESTION PUBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE
MINISTROS N° 39 de fecha 18 de marzo de 2010 y sus modificatorias, y
CONSIDERANDO:
Que, en el ámbito de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS se ha
producido un reordenamiento, reformulando e incrementando la estructura
organizativa, conforme la dinámica adquirida por la Administración
Pública Nacional con motivo de la transformación y modernización de sus
organizaciones, acaecida en los últimos años.
Que en consecuencia, conforme las necesidades del servicio existentes
en la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y teniendo en cuenta el
incremento de tareas producido, con el objeto de mejorar la
organización del citado organismo y la optimización de la calidad de
gestión de modo eficiente, resulta necesario recomponer los niveles
escalafonarios transfiriendo entre los distintos programas y
recomponiendo los cargos vacantes y financiados de modo de contar con
los niveles adecuados a las necesidades, que permitan la designación de
personal.
Que por el artículo 7° de la Ley N° 26.895 se dispuso el congelamiento
de los cargos vacantes financiados existentes a la fecha de sanción de
la misma, en las jurisdicciones y entidades de la Administración
Nacional y de los que queden vacantes con posterioridad, salvo decisión
fundada del Jefe de Gabinete de Ministros.
Que mediante la Decisión Administrativa N° 506 de fecha 2 de diciembre
de 2009, modificada por sus similares Nros. 1126 de fecha 8 de
noviembre de 2012 y 609 del 1° de agosto de 2014, que aprobó la
normativa para tramitar la autorización prevista en el artículo 7° de
las Leyes Nros. 26.422 y 26.895, respectivamente, o el que la
sustituya, y para la cobertura mediante la convocatoria a los procesos
de selección de personal respectivos, de las vacantes de planta
permanente existentes en el ámbito del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO
PUBLICO (SINEP), aprobado por el Convenio Colectivo de Trabajo
Sectorial homologado por el Decreto N° 2098 de fecha 3 de diciembre de
2008 y sus modificatorios.
Que mediante Acta N° 78 del COMITE PARA LA COORDINACION DE LOS PROCESOS
DE PLANIFICACION DE LAS DOTACIONES DE PERSONAL de fecha 5 de diciembre
de 2014, se determinó en la cantidad de DOSCIENTOS SETENTA Y DOS (272)
los cargos presupuestarios vacantes correspondientes a la JEFATURA DE
GABINETE DE MINISTROS que serán objeto de autorización para su
cobertura mediante el régimen de selección adoptado en el marco del
SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO (SINEP).
Que en el Anexo del Acta citada precedentemente se indican los cargos
presupuestarios a autorizar por puesto de trabajo, agrupamiento y nivel
escalafonario.
Que los mismos responden a las necesidades funcionales de proveer a la
adecuada dotación del personal que asegure la prestación efectiva de
los servicios a cargo de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS,
promoviendo a la mejora de las relaciones de empleo de la misma.
Que por ello, resulta imprescindible exceptuar a la JEFATURA DE
GABINETE DE MINISTROS de la prohibición contenida en el artículo 7° de
la Ley N° 26.895, a los efectos de posibilitar la inmediata cobertura
de los cargos vacantes financiados de la planta permanente
identificados por el Acta N° 78 del COMITE PARA LA COORDINACION DE LOS
PROCESOS DE PLANIFICACION DE LAS DOTACIONES DE PERSONAL de fecha 5 de
diciembre de 2014.
Que los referidos cargos se encuentran vacantes y financiados.
Que la cobertura de los cargos que se propicia descongelar se hará
conforme a los requisitos y Sistemas de Selección vigentes según lo
establecido en el SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO (SINEP), y en su
Régimen de Selección de Personal aprobado por la Resolución de la ex
SECRETARIA DE LA GESTION PUBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE
MINISTROS N° 39 de fecha 18 de marzo de 2010 y sus modificatorias.
Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS de la SECRETARIA LEGAL Y
TECNICA de la PRESIDENCIA DE LA NACION ha tomado la intervención que le
compete.
Que la presente medida se dicta en ejercicio de las facultades
conferidas por los artículos 100, incisos 1 y 2 de la CONSTITUCION
NACIONAL y 6° y 7° de la Ley N° 26.895.
Por ello,
EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS
DECIDE:
Artículo 1° — Modifícase la
distribución del PRESUPUESTO DE LA ADMINISTRACION NACIONAL —Recursos
Humanos— para el ejercicio 2014 en la parte correspondiente a la
Jurisdicción 25 - JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, Programa 1 -
Actividades Centrales, Programa 17 - Modernización de la Gestión
Pública, Programa 19 - Prensa y Difusión de Actos de Gobierno, Programa
20 - Capacitación de los Recursos Humanos para el Sector Público,
Programa 37 - Acción para la Provisión de Tierras para el Hábitat
Social y Programa 46 - Programa Fútbol Para Todos, de acuerdo al
detalle obrante en las Planillas Anexas al presente artículo, que
forman parte integrante de la presente medida.
Art. 2° — Exceptúese a la
JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS de la prohibición contenida en el
artículo 7° de la Ley N° 26.895, a efectos de posibilitar la cobertura
de DOSCIENTOS SETENTA Y DOS (272) cargos vacantes y financiados de la
planta permanente consignados en las Planillas Anexas al presente
artículo.
Art. 3° — Los cargos
involucrados deberán ser cubiertos conforme los requisitos y Sistemas
de Selección vigentes según lo establece el SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO
PUBLICO (SINEP), aprobado por el Convenio Colectivo de Trabajo
Sectorial homologado por el Decreto N° 2098/08 y sus modificatorios.
Art. 4° — Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — Jorge M. Capitanich. — Axel Kicillof.
PLANILLA ANEXA AL ARTÍCULO 1º
PLANILLA ANEXA AL ARTÍCULO 1º
PLANILLA ANEXA AL ARTÍCULO 1º
PLANILLA ANEXA AL ARTÍCULO 1º
PLANILLA ANEXA AL ARTÍCULO 1º
PLANILLA ANEXA AL ARTÍCULO 1º
PLANILLA ANEXA AL ARTÍCULO 2º