MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL
SECRETARÍA DE TRABAJO
Resolución 2269/2014
Bs. As., 25/11/2014
VISTO el Expediente N° 1.577.115/13 del Registro del MINISTERIO DE
TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley N° 14.250 (t.o. 2004), la
Ley N° 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, y
CONSIDERANDO:
Que a fojas 4 del Expediente N° 1.626.692/14 agregado como fojas 66 al
Expediente N° 1.577.115/13 obra un acuerdo celebrado por la ASOCIACIÓN
DE SUPERVISORES DE LA INDUSTRIA METALMECÁNICA DE LA REPÚBLICA ARGENTINA
por la parte sindical, y la CÁMARA ARGENTINA DEL ACERO por la parte
empresaria, conforme lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva N°
14.250 (t.o. 2004).
Que a fojas 93/94 del Expediente N° 1.577.115/13 la empresa IMA
SERVICIOS INDUSTRIALES ARGENTINA SOCIEDAD ANÓNIMA ratifica el acuerdo
de marras.
Que mediante dicho acuerdo las partes convienen la incorporación de la
empresa IMA SERVICIOS INDUSTRIALES ARGENTINA SOCIEDAD ANÓNIMA al Anexo
III del acuerdo celebrado oportunamente por las mismas, homologado por
la Resolución de la SECRETARIA DE TRABAJO N° 1919 de fecha 6 de
diciembre de 2013 y registrado bajo el N° 1537/13.
Que asimismo de conformidad con lo establecido por las partes la
empresa incorporada al Anexo III del acuerdo precitado queda alcanzada
y le resulta aplicable lo estipulado en el punto 1 (d) del mismo
acuerdo y en atención a ello, corresponde en esta instancia remitir a
lo oportunamente indicado, en el considerando octavo de la Resolución
S.T. N° 1919/13, respecto a ese punto de dicho acuerdo.
Que el ámbito de aplicación del presente acuerdo, se corresponde con la
actividad del sector empresario y la representatividad de la asociación
sindical firmante, emergente de su personería gremial.
Que las partes han acreditado la representación invocada ante esta
Cartera de Estado y ratificaron en todos sus términos el mentado
acuerdo.
Que asimismo se acreditan los recaudos formales establecidos por la Ley N° 14.250 (t.o. 2004).
Que la Asesoría Técnico Legal de la Dirección Nacional de Relaciones
del Trabajo de este Ministerio, ha tomado la intervención que le
compete.
Que por todo lo expuesto, corresponde dictar el presente acto
administrativo de homologación, con el alcance que se precisa en el
considerando cuarto de la presente medida.
Que la presente se dicta en uso de las facultades previstas en el artículo 10 del Decreto N° 200/88 y sus modificatorios.
Por ello,
LA SECRETARIA DE TRABAJO
RESUELVE:
ARTÍCULO 1° — Declárase homologado el acuerdo celebrado entre la
ASOCIACIÓN DE SUPERVISORES DE LA INDUSTRIA METALMECÁNICA DE LA
REPÚBLICA ARGENTINA, por la parte sindical, y la CÁMARA ARGENTINA DEL
ACERO por la parte empresaria, obrante a fojas 4 del Expediente N°
1.626.692/14 agregado como fojas 66 Expediente N° 1.577.115/13,
ratificado por la empresa IMA SERVICIOS INDUSTRIALES ARGENTINA SOCIEDAD
ANÓNIMA a fojas 93/94 del mismo expediente.
ARTÍCULO 2° — Regístrese la presente Resolución por la Dirección
General de Registro, Gestión y Archivo Documental dependiente de la
SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN. Cumplido, pase a la Dirección de
Negociación Colectiva, a fin de que el Departamento Coordinación
registre el acuerdo obrante a fojas 4 del Expediente N° 1.626.692/13
agregado como fojas 66 al Expediente N° 1.577.115/13 y el acta de
ratificación obrante a fojas 93/94 del mismo expediente.
ARTÍCULO 3° — Notifíquese a las partes signatarias. Posteriormente procédase a la guarda del presente legajo.
ARTÍCULO 4° — Hágase saber que en el supuesto que este MINISTERIO DE
TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL no efectúe la publicación de
carácter gratuita del acuerdo y acta de ratificación homologados
resultará aplicable lo dispuesto en el tercer párrafo del Artículo 5°
de la Ley N° 14.250 (t.o. 2004).
ARTÍCULO 5° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del
Registro Oficial y archívese. — Dra. NOEMI RIAL, Secretaria de Trabajo.
Expediente N° 1.577.115/13
Buenos Aires, 26 de Noviembre de 2014
De conformidad con lo ordenado en la RESOLUCION ST N° 2269/14 se ha
tomado razón del acuerdo obrante a fojas 4 del expediente 1.626.692/13
agregado como fojas 66 al expediente de referencia, y acta de fojas
93/94, quedando registrado bajo el número 1823/14. — JORGE ALEJANDRO
INSUA, Registro de Convenios Colectivos, Departamento Coordinación –
D.N.R.T.
Expte. 1.626.692/14
En la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a los 3 días del mes de julio de
2014, siendo las 11:00 horas, comparecen espontáneamente en este
MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, por ante el Dr.
Carlos E. Valente. Secretario de Conciliación del Departamento de
Relaciones Laborales Nro. 3 de la DIRECCIÓN NACIONAL DE RELACIONES DEL
TRABAJO, por una parte el Sr. Héctor Mario Matanzo, en su carácter de
Secretario Gremial Nacional de la ASOCIACIÓN DE SUPERVISORES DE LA
INDUSTRIA METALMECÁNICA DE LA REPUBLICA ARGENTINA (ASIMRA), y por la
otra y en representación de la CÁMARA ARGENTINA DEL ACERO (CAA) lo hace
el Dr. Julio Caballero.
Declarado abierto el acto, los comparecientes manifiestan que, en el
marco de las actuaciones que tramitan en el expediente de la
referencia, y en función de lo requerido por la empresa IMA Servicios
Industriales Argentina S.A. en la nota dirigida a la CAA que se
acompaña en el expediente 1.626.692/14 (agregado al principal), las
Partes han acordado incorporar a dicha empresa en el listado de
empresas contratistas que prestan servicios y actividades
complementarias de la industria siderúrgica dentro del establecimiento
de SIDERCA S.A.I.C., obrante en el Anexo III del acuerdo de fecha
17/10/13, homologado por Res. ST n° 1919 del 6/12/2013.
En razón de lo convenido, la referida empresa quedará así alcanzada por
el punto 1 (d) del citado acuerdo de fecha 17/10/13 de modo que su
contenido le resultará aplicable a su personal supervisor.
En mérito de lo expuesto los comparecientes vienen a solicitar a esa
autoridad administrativa tenga a bien emitir una nueva resolución que
declare comprendida a IMA Servicios industriales Argentina S.A. en el
Acuerdo de fecha 17/10/13 y en la resolución que lo homologa.
No siendo para más se da por terminado el acto por ante mí, previa lectura y ratificación que certifico.
Expte. 1.577.115/13
En la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a los 16 días del mes de octubre
de 2014, siendo las 11.00 horas, comparecen espontáneamente en este
MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, por ante el Dr.
Carlos H. E. VALENTE Secretario de Conciliación del Departamento de
Relaciones Laborales Nro. 3 de la DIRECCIÓN NACIONAL DE RELACIONES DEL
TRABAJO, por una parte el Sr. Héctor Mario Matanzo, en su carácter de
Secretario Gremial Nacional, de la ASOCIACIÓN DE SUPERVISORES DE LA
INDUSTRIA METALMECÁNICA DE LA REPUBLICA ARGENTINA (ASIMRA), por la otra
en representación de IMA Servicios Industriales Argentina S.A. (IMA) lo
hace el Sr. Miguel Ángel LEIGUARDA, en su carácter de apoderado
—conforme lo acredita con el poder general de administración y
disposición que acompaña y respecto del que declara bajo juramento
resulta ser fiel de su original y se encuentra vigente— y en
representación de la CÁMARA ARGENTINA DEL ACERO (CAA) lo hace el Dr.
Julio Caballero.
Declarado abierto el acto, los comparecientes manifiestan que, en el
marco de las actuaciones que tramitan en el expediente de la
referencia, y en cumplimiento con lo requerido por la Asesoría Técnico
Legal en su dictamen del 01/10/14 - vienen a ratificar en todos sus
términos la solicitud que oportunamente efectuó IMA en la nota dirigida
a la CAA que se acompañó a fs. 1 del expediente 1.626.692/14 (agregado
como fs. 66 al principal). Dicha solicitud fue oportunamente ratificada
ante esta autoridad por la CAA y la entidad sindical (fs. 4 del
expediente 1.626.692/14 agregado como fs. 66 al principal) acordándose
en dicha acta la incorporación de IMA en el listado de empresas
contratistas que prestan servicios y actividades complementarias de la
industria siderúrgica dentro del establecimiento de SIDERCA S.A.I.C.,
obrante en el Anexo III del acuerdo de fecha 17/10/13, homologado por
Res. ST n° 1919 del 6/12/2013.
Adicionalmente, en cumplimiento con lo solicitado por la Asesoría Legal
IMA acompañó oportunamente la documentación requerida en el dictamen n°
3406, (expte. 1.638.325/14 agregado al principal como fs. 78) cuyo
contenido en este acto las partes ratifican íntegramente.
En mérito de lo expuesto los comparecientes vienen a solicitar a esa
autoridad administrativa tenga a bien emitir una nueva resolución que
declare comprendida a IMA Servicios Industriales Argentina S.A. en el
Acuerdo de fecha 17/10/13 y en la resolución que lo homologa de modo
que su contenido le resulte aplicable a su personal supervisor.
No siendo para más se da por terminado el acto por ante mí, previa lectura y ratificación que certifico.