MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE
Decreto 2744/2014
Dase por designado el Director Nacional de Preinversión Municipal.
Bs. As., 30/12/2014
VISTO el Expediente N° S02:0083144/2014 del registro del MINISTERIO DEL
INTERIOR Y TRANSPORTE, la Ley N° 26.895, los Decretos N° 491 del 12 de
marzo de 2002, N° 601 del 11 de abril de 2002, N° 2098 del 3 de
diciembre de 2008, y N° 617 del 5 de mayo de 2014 y la Resolución
Conjunta de la SECRETARIA DE GABINETE Y COORDINACION ADMINISTRATIVA de
la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y de la SECRETARIA DE HACIENDA del
MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS N° 276 y N° 153 del 8 de
julio de 2014, y
CONSIDERANDO:
Que por la Ley N° 26.895 se aprobó el presupuesto de la Administración Nacional para el Ejercicio 2014.
Que por el artículo 7° de la mencionada Ley se estableció que las
Jurisdicciones y Entidades de la Administración Pública Nacional no
podrán cubrir los cargos vacantes financiados existentes a la fecha de
su sanción, ni los que se produzcan con posterioridad a dicha fecha,
salvo decisión fundada del JEFE DE GABINETE DE MINISTROS o del PODER
EJECUTIVO NACIONAL, en virtud de lo dispuesto por el artículo 10 de la
citada Ley.
Que mediante el Decreto N° 491/02 se estableció, entre otros aspectos,
que toda designación de personal, en el ámbito de la Administración
Pública, centralizada y descentralizada, en cargos de planta permanente
y no permanente será efectuada por el PODER EJECUTIVO NACIONAL, a
propuesta de la Jurisdicción o Entidad correspondiente.
Que por el Decreto N° 617/14 se incorporó la DIRECCION NACIONAL DE
PREINVERSION MUNICIPAL al ámbito de la SECRETARIA DE ASUNTOS
MUNICIPALES del MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE.
Que por la Resolución Conjunta SGyCA - SH N° 276 y N° 153 del 8 de
julio de 2014, se incorporó al Nomenclador de Funciones Ejecutivas,
entre otros, el cargo de DIRECTOR NACIONAL DE PREINVERSION MUNICIPAL.
Que el MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE solicita la designación
transitoria del Lic. D. Daniel Esteban DE GIANO (D.N.I. N° 32.243.043)
en el cargo de DIRECTOR NACIONAL DE PREINVERSION MUNICIPAL (Nivel A,
Grado 0, F.E. I) de la SECRETARIA DE ASUNTOS MUNICIPALES, perteneciente
al mencionado Ministerio, a fin de asegurar el cumplimiento de los
objetivos asignados a dicha dependencia.
Que la designación solicitada debe efectuarse con autorización
excepcional por no reunir los requisitos mínimos establecidos en el
artículo 14, Título II, Capítulo III del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO
PUBLICO (SINEP) aprobado por el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial
homologado por el Decreto N° 2098/08.
Que corresponde autorizar el pago de la Función Ejecutiva
correspondiente, de acuerdo con lo normado en el SISTEMA NACIONAL DE
EMPLEO PUBLICO (SINEP), aprobado por el Convenio Colectivo de Trabajo
Sectorial homologado por el Decreto N° 2098/08.
Que dicha Jurisdicción cuenta con la respectiva vacante financiada,
motivo por el cual la presente medida no implica exceso en los créditos
asignados ni constituye asignación de recurso extraordinario alguno.
Que ha tomado la intervención que le compete la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS del MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE.
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones emergentes
del artículo 99, inciso 1 de la CONSTITUCION NACIONAL, del artículo 1°
del Decreto N° 491/02 y a lo dispuesto por los artículos 7° y 10 de la
Ley N° 26.895.
Por ello,
LA PRESIDENTA DE LA NACION ARGENTINA
DECRETA:
Artículo 1° — Dase por
designado con carácter transitorio en la Planta Permanente del
MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE, a partir del 8 de julio de 2014 y
por el término de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles contados a partir
del dictado de la presente medida, en el cargo de DIRECTOR NACIONAL DE
PREINVERSION MUNICIPAL (Nivel A, Grado 0, F.E. I) de la SECRETARIA DE
ASUNTOS MUNICIPALES, perteneciente al MINISTERIO DEL INTERIOR Y
TRANSPORTE, al Lic. D. Daniel Esteban DE GIANO (D.N.I. N° 32.243.043),
con autorización excepcional por no reunir los requisitos mínimos
establecidos en el artículo 14, Título II, Capítulo III del SISTEMA
NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO (SINEP), aprobado por el Convenio Colectivo
de Trabajo Sectorial homologado por el Decreto N° 2098 del 3 de
diciembre de 2008, y a lo dispuesto por el artículo 7° de la Ley N°
26.895, autorizándose el correspondiente pago de la Función Ejecutiva
Nivel I.
Art. 2° — El cargo consignado
en el artículo 1° deberá ser cubierto conforme a los requisitos y
sistemas de selección vigentes según lo establecido, respectivamente,
en los Títulos II, Capítulos III, IV y VIII y IV del SISTEMA NACIONAL
DE EMPLEO PUBLICO (SINEP), aprobado por el Convenio Colectivo de
Trabajo Sectorial homologado por el Decreto N° 2098 del 3 de diciembre
de 2008, en el término de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles, contados a
partir del dictado de la presente medida.
Art. 3° — El gasto que demande
el cumplimiento de la presente medida será atendido con cargo a las
partidas específicas del presupuesto vigente de la Jurisdicción 30 -
MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE.
Art. 4° — Comuníquese,
publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y
archívese. — FERNANDEZ DE KIRCHNER. — Jorge M. Capitanich. — Aníbal F.
Randazzo.