PRESUPUESTO
Decreto 2794/2014
Apruébase el Plan de Acción y el
Presupuesto para el Ejercicio 2014 de la Superintendencia de Bienestar
de la Policía Federal Argentina.
Bs. As., 30/12/2014
VISTO el Expediente N° S02:0002775/2013 del Registro de la POLICÍA
FEDERAL ARGENTINA, organismo actuante en el ámbito de la SECRETARÍA DE
SEGURIDAD del MINISTERIO DE SEGURIDAD, la Ley de Administración
Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional N°
24.156 y sus modificaciones, el Decreto N° 1.776 del 29 de noviembre de
2007, y
CONSIDERANDO:
Que por el expediente citado en el Visto tramita la aprobación del Plan
de Acción y el Presupuesto para el Ejercicio 2014 formulado por la
SUPERINTENDENCIA DE BIENESTAR DE LA POLICÍA FEDERAL ARGENTINA,
organismo actuante en el ámbito de la SECRETARÍA DE SEGURIDAD del
MINISTERIO DE SEGURIDAD.
Que la Ley de Administración Financiera y de los Sistemas de Control
del Sector Público Nacional N° 24.156 y sus modificaciones contiene en
el Título II, Capítulo III, el Régimen Presupuestario de Empresas
Públicas, Fondos Fiduciarios y Entes Públicos no comprendidos en la
Administración Nacional.
Que el Decreto N° 1.776 del 29 de noviembre de 2007 aclaró que la
citada SUPERINTENDENCIA DE BIENESTAR queda comprendida dentro del
concepto de Obras Sociales Estatales a que alude el Artículo 3° del
Anexo al Decreto N° 1.731 del 7 de diciembre de 2004, resultándole de
aplicación en materia presupuestaria lo establecido por el Título II,
Capítulo III de la Ley N° 24.156 y sus modificaciones.
Que del mismo modo el Decreto N° 1.776/07 determinó en su Artículo 3°
que los proyectos de presupuesto de las Obras Sociales Estatales
enumeradas en el Artículo 1° de dicho decreto, previa opinión de las
Jurisdicciones Ministeriales correspondientes y de la OFICINA NACIONAL
DE PRESUPUESTO, dependiente de la SUBSECRETARÍA DE PRESUPUESTO de la
SECRETARÍA DE HACIENDA del MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS,
serán sometidos a la aprobación del PODER EJECUTIVO NACIONAL.
Que obra en el expediente señalado, el informe favorable sobre la
medida propiciada por parte de las instancias mencionadas en el
considerando precedente.
Que la presente medida se dicta en uso de las facultades establecidas
en el Artículo 49 de la Ley de Administración Financiera y de los
Sistemas de Control del Sector Público Nacional N° 24.156 y sus
modificaciones y en el Artículo 3° del Decreto N° 1.776/07.
Por ello,
LA PRESIDENTA DE LA NACIÓN ARGENTINA
DECRETA:
Artículo 1° — Apruébase el Plan
de Acción y el Presupuesto para el Ejercicio 2014 de la
SUPERINTENDENCIA DE BIENESTAR DE LA POLICÍA FEDERAL ARGENTINA,
organismo actuante en el ámbito de la SECRETARÍA DE SEGURIDAD del
MINISTERIO DE SEGURIDAD, de acuerdo al detalle que figura en los Anexos
I y II que forman parte del presente decreto.
Art. 2° — Estímanse en la suma
de PESOS UN MIL SEISCIENTOS NUEVE MILLONES TRESCIENTOS DOCE MIL SETENTA
Y SIETE ($ 1.609.312.077) los ingresos corrientes y fíjanse en la suma
de PESOS UN MIL CUATROCIENTOS SEIS MILLONES SEISCIENTOS SETENTA Y NUEVE
MIL TRESCIENTOS CINCUENTA Y SEIS ($ 1.406.679.356) los gastos
corrientes, y como consecuencia de ello apruébase el Resultado
Económico (AHORRO) estimado en PESOS DOSCIENTOS DOS MILLONES
SEISCIENTOS TREINTA Y DOS MIL SETECIENTOS VEINTIUNO ($ 202.632.721), de
acuerdo con el detalle que figura en las planillas del Anexo II al
presente decreto.
Art. 3° — Estímanse en la suma
de PESOS CERO ($ 0) los ingresos de capital y fíjanse en la suma de
PESOS TREINTA MILLONES NOVECIENTOS OCHENTA Y OCHO MIL TRESCIENTOS SEIS
($ 30.988.306) los gastos de capital, y como consecuencia de ello en
conjunción con el Resultado Económico establecido en el Artículo 2° del
presente decreto, estímase el Resultado Financiero (SUPERÁVIT) para el
Ejercicio 2014 en PESOS CIENTO SETENTA Y UN MILLONES SEISCIENTOS
CUARENTA Y CUATRO MIL CUATROCIENTOS QUINCE ($ 171.644.415), de acuerdo
con el detalle obrante en las planillas del Anexo II a la presente
medida.
Art. 4° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del
Registro Oficial y archívese. — FERNANDEZ DE KIRCHNER. — Jorge M.
Capitanich. — Axel Kicillof. — María C. Rodriguez.
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Decreto se publican en la
edición web del BORA — www.boletinoficial.gov.ar— y también podrán ser
consultados en la Sede Central de esta Dirección Nacional (Suipacha 767
- Ciudad Autónoma de Buenos Aires).
(Nota Infoleg:
Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la
edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el
siguiente link: Anexos)