JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS
Decreto 2797/2014
Dase por designado el Subsecretario de Promoción del Desarrollo Sustentable.
Bs. As., 30/12/2014
VISTO el Expediente N° CUDAP: EXP-JGM: 0058241/2014, del Registro de la
JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, la Ley N° 26.895 y el Decreto N°
1840 de fecha 10 de octubre de 1986 y sus modificatorios y
complementarios, y
CONSIDERANDO:
Que por la Ley N° 26.895 se aprobó el Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2014.
Que por el expediente citado en el Visto, se tramita la designación
como Subsecretario de Promoción del Desarrollo Sustentable de la
SECRETARÍA DE AMBIENTE Y DESARROLLO SUSTENTABLE de la JEFATURA DE
GABINETE DE MINISTROS del Doctor D. Juan Marcelo SANG (D.N.I. N°
23.273.416).
Que, asimismo por el Decreto N° 1840 de fecha 10 de octubre de 1986 y
sus modificatorios y complementarios, se prevé un régimen especial de
compensación de los mayores gastos en que incurran los funcionarios
convocados para cumplir funciones políticas, cuando su residencia
permanente se encuentre a más de CIEN (100) kilómetros de la sede de
sus funciones.
Que el referido funcionario ha acreditado su domicilio en la Provincia
del CHACO, por medio de su documento de identidad, alcanzándole los
beneficios acordados por el citado decreto.
Que la presente medida se dicta en virtud de las atribuciones
emergentes del artículo 99, incisos 1 y 7 de la CONSTITUCION NACIONAL.
Por ello,
LA PRESIDENTA DE LA NACIÓN ARGENTINA
DECRETA:
Artículo 1° — Dase por
designado, a partir del 1° de enero de 2014, como Subsecretario de
Promoción del Desarrollo Sustentable de la SECRETARÍA DE AMBIENTE Y
DESARROLLO SUSTENTABLE de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS al
Doctor D. Juan Marcelo SANG (D.N.I. N° 23.273.416).
Art. 2° — Inclúyese, al
funcionario citado en el artículo precedente en los beneficios
acordados por el Decreto N° 1840 de fecha 10 de octubre de 1986 y sus
modificatorios y complementarios, a partir del primer día del mes
siguiente al de la fecha de dictado de la presente medida y mientras su
residencia permanente se encuentre a una distancia superior a los CIEN
(100) kilómetros de la sede de sus funciones.
Art. 3° — El gasto que demande
el cumplimiento de la presente medida será atendido con cargo a las
partidas específicas vigentes del Presupuesto de la Jurisdicción 25 -
JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, de conformidad con la Ley de
Presupuesto General de la Administración Nacional N° 26.895 - Servicio
Administrativo Financiero N° 317 de la SECRETARÍA DE AMBIENTE Y
DESARROLLO SUSTENTABLE de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.
Art. 4° — Comuníquese,
publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y
archívese. — FERNANDEZ DE KIRCHNER. — Jorge M. Capitanich.