JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS

Decreto 2797/2014

Dase por designado el Subsecretario de Promoción del Desarrollo Sustentable.

Bs. As., 30/12/2014

VISTO el Expediente N° CUDAP: EXP-JGM: 0058241/2014, del Registro de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, la Ley N° 26.895 y el Decreto N° 1840 de fecha 10 de octubre de 1986 y sus modificatorios y complementarios, y

CONSIDERANDO:

Que por la Ley N° 26.895 se aprobó el Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2014.

Que por el expediente citado en el Visto, se tramita la designación como Subsecretario de Promoción del Desarrollo Sustentable de la SECRETARÍA DE AMBIENTE Y DESARROLLO SUSTENTABLE de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS del Doctor D. Juan Marcelo SANG (D.N.I. N° 23.273.416).

Que, asimismo por el Decreto N° 1840 de fecha 10 de octubre de 1986 y sus modificatorios y complementarios, se prevé un régimen especial de compensación de los mayores gastos en que incurran los funcionarios convocados para cumplir funciones políticas, cuando su residencia permanente se encuentre a más de CIEN (100) kilómetros de la sede de sus funciones.

Que el referido funcionario ha acreditado su domicilio en la Provincia del CHACO, por medio de su documento de identidad, alcanzándole los beneficios acordados por el citado decreto.

Que la presente medida se dicta en virtud de las atribuciones emergentes del artículo 99, incisos 1 y 7 de la CONSTITUCION NACIONAL.

Por ello,

LA PRESIDENTA DE LA NACIÓN ARGENTINA

DECRETA:

Artículo 1° — Dase por designado, a partir del 1° de enero de 2014, como Subsecretario de Promoción del Desarrollo Sustentable de la SECRETARÍA DE AMBIENTE Y DESARROLLO SUSTENTABLE de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS al Doctor D. Juan Marcelo SANG (D.N.I. N° 23.273.416).

Art. 2° — Inclúyese, al funcionario citado en el artículo precedente en los beneficios acordados por el Decreto N° 1840 de fecha 10 de octubre de 1986 y sus modificatorios y complementarios, a partir del primer día del mes siguiente al de la fecha de dictado de la presente medida y mientras su residencia permanente se encuentre a una distancia superior a los CIEN (100) kilómetros de la sede de sus funciones.

Art. 3° — El gasto que demande el cumplimiento de la presente medida será atendido con cargo a las partidas específicas vigentes del Presupuesto de la Jurisdicción 25 - JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, de conformidad con la Ley de Presupuesto General de la Administración Nacional N° 26.895 - Servicio Administrativo Financiero N° 317 de la SECRETARÍA DE AMBIENTE Y DESARROLLO SUSTENTABLE de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.

Art. 4° — Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — FERNANDEZ DE KIRCHNER. — Jorge M. Capitanich.