MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA
SECRETARÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA
Resolución 26/2015
Bs. As., 5/2/2015
VISTO el Expediente N° S05:0072045/2014 del Registro del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA, y
CONSIDERANDO:
Que la SECRETARÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA del MINISTERIO DE
AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA tiene entre sus objetivos, facilitar la
integración con los distintos sectores del quehacer agropecuario,
agroindustrial, forestal y alimentario.
Que en este sentido, desde la citada Secretaría se generó la necesidad
de desarrollar aplicaciones web “apps” para el contexto territorial y
social presente del sector agropecuario, focalizando en la problemática
de atender las necesidades de la generación conocida como Nativos
Digitales, facilitando a su vez, el acercamiento a estas nuevas
tecnologías a los denominados Inmigrantes Digitales.
Que el desarrollo de “apps” apunta a adaptar los saberes generados y
contenidos del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA y de sus
organismos descentralizados a estas nuevas tecnologías de información y
comunicación, para acompañar a estas generaciones en la transformación
de sus prácticas, hábitos y usos tecnológicos.
Que de esta manera se pretende impulsar la inclusión social, el
acercamiento al conocimiento y el acompañamiento en el desarrollo de
las personas desde el punto de vista de su calidad de vida, de la
capacidad de producción, de hacer negocios y tomar decisiones,
mejorando de esta forma sus posibilidades para la generación de valor
para sus familias y los ambientes en los que viven.
Que el valor de la información y servicios a ofrecer mediante estas
aplicaciones web es de suma importancia para productores agropecuarios,
considerando que este sector tiene necesidades insatisfechas para
acceder a contenidos de información mediante las Nuevas Tecnologías de
la Información y Comunicación (NTICs).
Que existe un faltante de desarrollos y aplicaciones de Tecnologías de
la Información y Comunicación (NTICs) para el campo, las cuales se
pretenden impulsar mediante la presente medida, las que estarían
disponibles para su descarga gratuita en la Web para dispositivos
móviles, lo cual implicaría el acceso a información y servicios
específicos para el agro mediante las NTICs de manera ubicua.
Que es de interés de la mencionada Secretaría poner a disposición de la
sociedad un servicio de aplicaciones móviles “apps” para el sector
agropecuario.
Que en este contexto se determinó, como alternativa de interés social,
llevar a cabo un “Concurso de ideas de Agro Aplicaciones”, en el cual
se premien las DIEZ (10) ideas más innovadoras y se otorguen menciones
especiales a aquellas que obtengan una alta calificación, para
posteriormente proveer de los recursos necesarios para el desarrollo de
las mismas.
Que en consecuencia corresponde dictar el acto que fije las bases para la participación en el citado concurso.
Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE
AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA ha tomado la intervención de su
competencia.
Que el suscripto es competente para dictar el presente acto, en virtud
de las facultades que le otorgan los Decretos Nros. 1.344 de fecha 4 de
octubre de 2007 y 357 de fecha 21 de febrero de 2002, sus
modificatorios y complementarios.
Por ello,
EL SECRETARIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA
RESUELVE:
ARTÍCULO 1° — Convócase a Concurso para el desarrollo de aplicaciones
web “apps” para dispositivos móviles que agreguen valor a los procesos
productivos y aporten conocimiento de la actividad agropecuaria a
productores, escuelas y público en general.
ARTÍCULO 2° — Denomínase a la presente convocatoria con el título de CONCURSO DE IDEAS DE AGROAPLICACIONES.
ARTÍCULO 3° — Apruébanse las BASES Y CONDICIONES DEL CONCURSO DE IDEAS
DE AGROAPLICACIONES que, como Anexo, forma parte integrante de la
presente resolución.
ARTÍCULO 4° — La participación en el presente concurso implica el
conocimiento y aceptación de todo lo establecido en las Bases y
Condiciones del mismo.
ARTÍCULO 5° — La SECRETARÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA (en
adelante SAGYP) podrá articular con instituciones vinculadas a
temáticas agropecuarias y de Nuevas Tecnologías de la Información y
Comunicación (NTICs) y/o Universidades, el desarrollo del presente
Concurso.
ARTÍCULO 6° — JURADO. Se convoca a profesionales destacados del sector
para participar como jurados de las ideas. El mismo estará integrado
por el Ingeniero Agrónomo Don José Luis BOFFI (M.I. N° 12.600.094) y
Don Nicolás Sebastián COLANERO (M.I. N° 29.957.586) por la SAGYP; Don
Alejandro CRISAFULLI (M.I. N° 13.461.152) por el INSTITUTO NACIONAL DE
TECNOLOGÍA AGROPECUARIA (INTA) organismo descentralizado en
jurisdicción del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA; el
Ingeniero Agrónomo Don Gabriel Alberto TINGHITELLA (M.I. N° 26.762.450)
por la ASOCIACIÓN ARGENTINA DE CONSORCIOS DE EXPERIMENTACIÓN AGRÍCOLA
(AACREA) y el Doctor Esteban Zindel FEUERSTEIN (M.I. N° 17.577.735) por
la FUNDACIÓN SADOSKY.
ARTÍCULO 7° — EVALUACIÓN DE LAS PROPUESTAS. La SECRETARÍA DE
AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA recibe todas las ideas que participan
del concurso. Realiza una primera evaluación y separa las ideas por
puntaje en DOS (2) grupos de acuerdo a la matriz de puntaje de las
propuestas que figura en el Anexo. El grupo de las mejores ideas será
conformado por aquellas ideas que reciben puntaje igual o superior al
OCHENTA POR CIENTO (80%), y el grupo de las restantes ideas, conformado
por las ideas que reciben un puntaje menor al OCHENTA POR CIENTO (80%).
Las mejores ideas se comparten con el jurado para que realicen una
segunda evaluación y clasificación final. Las ideas presentadas se
ordenarán por puntaje de mayor a menor. Las DIEZ (10) ideas de mayor
puntaje serán las seleccionadas para ser premiadas y las restantes que
superen el OCHENTA POR CIENTO (80%) de calificación reciben un diploma
de mención especial. El resultado del concurso debe definirse dentro de
los SESENTA (60) días posteriores al cierre de recepción de ideas.
ARTÍCULO 8° — PREMIOS. Se otorgarán premios por un valor total de PESOS
DOSCIENTOS SESENTA MIL ($ 260.000.-). Las DIEZ (10) mejores ideas
reciben premios según la siguiente escala: 1er puesto: PESOS CINCUENTA
MIL ($ 50.000.-); 2do puesto: PESOS CUARENTA MIL ($ 40.000.-); 3er
puesto: PESOS TREINTA MIL ($ 30.000.-); 4to al 10mo puesto: PESOS
VEINTE MIL ($ 20.000.-). Las restantes ideas que superen OCHENTA POR
CIENTO (80%) de puntaje reciben un diploma de mención especial.
ARTÍCULO 9° — El resultado del concurso se publicará en la web:
www.minagri.gob.ar. Los ganadores del concurso de ideas que reciban
premios o mención especial, serán contactados por llamado telefónico y
correo electrónico para informarles del resultado del concurso. En caso
que el concurso no reciba al menos DIEZ (10) ideas, se le otorgarán
premios a todas ellas siempre que superen el OCHENTA POR CIENTO (80%)
de puntaje.
ARTÍCULO 10. — PROPIEDAD INTELECTUAL. La sola aceptación de las bases
del presente llamado, implica automáticamente que los derechos
patrimoniales de la propiedad intelectual que pudieren generar aquellos
proyectos que SAGyP decida apoyar e implementar, serán de propiedad de
SAGyP. Ésta queda autorizada a implementar el proyecto propuesto de la
forma que mejor lo entienda conveniente a sus intereses. El proponente
garantiza bajo su exclusiva responsabilidad que el contenido que envía
y presenta no infringe derechos de propiedad intelectual de terceros,
derechos de autor, marcas comerciales, secreto comercial, privacidad y
publicidad, y que el contenido no es ilegal ni se ha creado y/o enviado
de una forma que infrinja alguna obligación contractual que pueda tener
con un tercero.
ARTÍCULO 11. — Los gastos ocasionados por el cumplimiento de lo
establecido en la presente medida serán sufragados con cargo a la
Jurisdicción 52 - MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA, Fuente
de Financiamiento 11 - Tesoro Nacional, Ejercicio 2015.
ARTÍCULO 12. — Publíquese durante el plazo de DOS (2) días en el
Boletín Oficial en la Primera Sección y en DOS (2) diarios de mayor
circulación.
ARTÍCULO 13. — La entrega de premios se realizará en lugar y fecha a convenir por la SAGYP, lo cual será comunicado en la web.
ARTÍCULO 14. — Regístrese, comuníquese, publíquese, dése a la Dirección
Nacional del Registro Oficial y archívese. — Dr. R. GABRIEL DELGADO,
Secretario de Agricultura, Ganadería y Pesca.
ANEXO
BASES Y CONDICIONES
OBJETO
Recibir ideas de Agro aplicaciones para dispositivos móviles, con el
propósito de convertir algunas de éstas en desarrollos futuros de
aplicaciones disponibles para el público de forma libre y gratuita.
ESTRATEGIA
Desarrollar un Concurso de Agro aplicaciones en el cual se premien las
DIEZ (10) mejores ideas innovadoras y reciban mención especial aquellas
con un puntaje superior al OCHENTA POR CIENTO (80%). El mismo estará
organizado por la SECRETARÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA (en
adelante SAGYP) e instituciones vinculadas que trabajen sobre temáticas
agropecuarias y de TICs.
TEMAS SOBRE LOS CUALES DESARROLLAR APLICACIONES
Las ideas de Agro aplicaciones para dispositivos móviles deben
considerar cualquier tema relacionado con la actividad agropecuaria,
agroindustrial, cadenas agroindustriales, pesca y temáticas educativas
relacionadas con el sector agropecuario y/o pesquero.
PARTICIPANTES:
Podrá participar cualquier persona física mayor de edad o grupo de
personas que conformen un grupo de trabajo, para concursar con su idea
y plan de desarrollo de una Agro aplicación para dispositivos móviles.
Cada persona individual o grupo puede presentar más de una idea
proyecto, completando cada una de las ideas con su respectiva
documentación obligatoria.
Podrán participar extranjeros que acrediten al menos DOS (2) años de
residencia en la REPÚBLICA ARGENTINA. Extranjeros con menos de DOS (2)
años de residencia en la REPÚBLICA ARGENTINA pueden presentar la idea
formando parte de un grupo en el que su representante sea argentino y
mayor de edad.
En el caso de presentaciones de alumnos de secundaria o de personas
menores a DIECIOCHO (18) años, deberá registrar a un adulto mayor de
edad que lo represente.
Se promueve la presentación de ideas por equipos de trabajo
interdisciplinario por sobre las presentaciones de ideas por personas
individuales.
Al inscribirse acepta que, en caso de resultar premiado o con mención
especial, la SAGYP pueda difundir por los medios que considere
adecuado, su nombre, foto y video de los ganadores. PERÍODO. La
convocatoria tendrá un período de duración de SESENTA (60) días que se
inicia a partir del lanzamiento de la primera comunicación oficial del
concurso; sea ésta gráfica, televisiva o virtual en la página web o en
redes sociales. La fecha de cierre de la convocatoria será anunciada
debidamente como parte del comunicado.
INSCRIPCIÓN: La inscripción al concurso se realiza exclusivamente
completando el formulario web publicado en concursoapps.magyp.gob.ar.
En caso de consultas comunicarse con el teléfono: 54 11 4363-6683 de
lunes a viernes de 10 a 17 horas o e-mail: appsagyp@magyp.gob.ar.
A los fines de asegurar la imparcialidad en la selección de las ideas
que reciban premios o menciones, al momento de inscribirse no se
solicitará nombre completo, se solicitará un nombre de usuario que
garantice su anonimato y número de DNI que será encriptado hasta el
momento de finalizar el concurso.
Una vez definidas las ideas premiadas o con mención, se publicará el
resultado del concurso en la página web y se contactará a los ganadores.
FORMA DE LA PRESENTACIÓN.
Las ideas se envían completando un formulario web de inscripción donde
se completan los datos de contacto, y características de la aplicación.
Si el concursante considera filmar un video para explicar la idea y el
funcionamiento previsto de la aplicación, tendrá un espacio para
completar la URL o dirección web del video. El video de hasta TRES (3)
minutos de duración debe subirse a Youtube.com o Vimeo.com. Videos con
duración superior a los TRES (3) minutos no serán considerados como
válidos para este concurso.
Si el concursante considera insuficiente el espacio del formulario web
para explicar la idea, podrá anexar archivos adjuntos al formulario web.
CONSULTAS
Los concursantes podrán solicitar por escrito e-mail o por teléfono
aclaraciones a estas bases, antes de la fecha de cierre de la recepción
de ideas.
Los concursantes podrán acceder en cualquier momento al formulario web
de su idea presentada, y realizar la edición o cambios que considere
necesario hasta la fecha de finalización de recepción de ideas.
Ingresará a los datos de su idea por medio del usuario y clave con que
se registró. Los concursantes podrán realizar todas las consultas
aclaratorias que consideren comunicándose a los medios previamente
detallados.
El Organismo Convocante publicará, en la fecha estipulada, las
respuestas a las consultas que considere pertinentes, así como toda
otra aclaración que crea necesaria para facilitar la interpretación y
aplicación uniforme de las presentes bases, de las cuales dichas
respuestas se considerarán parte.
CAUSALES DE RECHAZO FORMAL: cualquier idea recibida que no cumpla con
los requerimientos de la propuesta detallada en el Anexo, no será
considerada válida para participar del concurso.
EXCLUSIONES
No podrán presentar ideas aquellas personas que participan de la
organización de este concurso ni miembros del jurado, ni familiares
directos de los mismos.
No será considerada como válida aquella idea que ya fue presentada
previamente por otra persona o grupo y que además contiene exactamente
la misma información de respaldo.
No será considerada como válida la idea presentada por extranjeros que
acrediten menos de DOS (2) años de residencia en la REPÚBLICA ARGENTINA.
COMUNICACIÓN
El concurso se dará a conocer por los medios de comunicación de la
SAGYP, por medios gráficos, radiales y televisivos de programas
relacionados con la agroindustria, y por canales de comunicación que
los organizadores consideren. En la comunicación deberá figurar la
fecha de cierre del concurso, el e-mail de contacto, un teléfono de
contacto y el vínculo de acceso a la información de las bases y
condiciones del concurso.
PUNTAJE DE LAS PROPUESTAS
Las ideas de propuestas de aplicaciones tendrán un puntaje según los siguientes requisitos:
JURADO
El jurado, conformado de acuerdo a lo indicado en el Artículo 6° de la
presente resolución, dispondrá de una planilla con los coeficientes de
ponderación de cada ítem a calificar.
Se completará UNA (1) planilla por cada caso o idea presentada. En caso
que un mismo equipo presente más de UNA (1) idea, se considerarán a
éstas por separado, cada una con su planilla. La ideas presentadas se
ordenarán por puntaje de mayor a menor. Las DIEZ (10) ideas de mayor
puntaje serán las seleccionadas para ser premiadas y las restantes en
orden de calificación que superen o igualen el OCHENTA POR CIENTO
(80%), recibirán una mención especial.
DESARROLLO DE LAS APLICACIONES
El concurso de ideas de Agro aplicaciones no obliga a la SAGYP al
desarrollo de las ideas premiadas, ni de aquellas que reciban mención,
ni de las restantes ideas. La SAGYP tiene el derecho pero no la
obligación de realizar desarrollos futuros de ideas aportadas en este
concurso.
La SAGYP tiene el derecho de realizar desarrollos futuros de las ideas
aportadas, en un orden de prelación distinto al que recibieron en el
concurso.
MATERIAL A ENTREGAR POR LOS PARTICIPANTES DEL CONCURSO
Formulario web - Concurso de ideas de Agro aplicaciones
e. 11/02/2015 N° 7961/15 v. 11/02/2015