MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA

SECRETARÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA

Resolución 26/2015

Bs. As., 5/2/2015

VISTO el Expediente N° S05:0072045/2014 del Registro del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA, y

CONSIDERANDO:

Que la SECRETARÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA tiene entre sus objetivos, facilitar la integración con los distintos sectores del quehacer agropecuario, agroindustrial, forestal y alimentario.

Que en este sentido, desde la citada Secretaría se generó la necesidad de desarrollar aplicaciones web “apps” para el contexto territorial y social presente del sector agropecuario, focalizando en la problemática de atender las necesidades de la generación conocida como Nativos Digitales, facilitando a su vez, el acercamiento a estas nuevas tecnologías a los denominados Inmigrantes Digitales.

Que el desarrollo de “apps” apunta a adaptar los saberes generados y contenidos del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA y de sus organismos descentralizados a estas nuevas tecnologías de información y comunicación, para acompañar a estas generaciones en la transformación de sus prácticas, hábitos y usos tecnológicos.

Que de esta manera se pretende impulsar la inclusión social, el acercamiento al conocimiento y el acompañamiento en el desarrollo de las personas desde el punto de vista de su calidad de vida, de la capacidad de producción, de hacer negocios y tomar decisiones, mejorando de esta forma sus posibilidades para la generación de valor para sus familias y los ambientes en los que viven.

Que el valor de la información y servicios a ofrecer mediante estas aplicaciones web es de suma importancia para productores agropecuarios, considerando que este sector tiene necesidades insatisfechas para acceder a contenidos de información mediante las Nuevas Tecnologías de la Información y Comunicación (NTICs).

Que existe un faltante de desarrollos y aplicaciones de Tecnologías de la Información y Comunicación (NTICs) para el campo, las cuales se pretenden impulsar mediante la presente medida, las que estarían disponibles para su descarga gratuita en la Web para dispositivos móviles, lo cual implicaría el acceso a información y servicios específicos para el agro mediante las NTICs de manera ubicua.

Que es de interés de la mencionada Secretaría poner a disposición de la sociedad un servicio de aplicaciones móviles “apps” para el sector agropecuario.

Que en este contexto se determinó, como alternativa de interés social, llevar a cabo un “Concurso de ideas de Agro Aplicaciones”, en el cual se premien las DIEZ (10) ideas más innovadoras y se otorguen menciones especiales a aquellas que obtengan una alta calificación, para posteriormente proveer de los recursos necesarios para el desarrollo de las mismas.

Que en consecuencia corresponde dictar el acto que fije las bases para la participación en el citado concurso.

Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA ha tomado la intervención de su competencia.

Que el suscripto es competente para dictar el presente acto, en virtud de las facultades que le otorgan los Decretos Nros. 1.344 de fecha 4 de octubre de 2007 y 357 de fecha 21 de febrero de 2002, sus modificatorios y complementarios.

Por ello,

EL SECRETARIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA

RESUELVE:

ARTÍCULO 1° — Convócase a Concurso para el desarrollo de aplicaciones web “apps” para dispositivos móviles que agreguen valor a los procesos productivos y aporten conocimiento de la actividad agropecuaria a productores, escuelas y público en general.

ARTÍCULO 2° — Denomínase a la presente convocatoria con el título de CONCURSO DE IDEAS DE AGROAPLICACIONES.

ARTÍCULO 3° — Apruébanse las BASES Y CONDICIONES DEL CONCURSO DE IDEAS DE AGROAPLICACIONES que, como Anexo, forma parte integrante de la presente resolución.

ARTÍCULO 4° — La participación en el presente concurso implica el conocimiento y aceptación de todo lo establecido en las Bases y Condiciones del mismo.

ARTÍCULO 5° — La SECRETARÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA (en adelante SAGYP) podrá articular con instituciones vinculadas a temáticas agropecuarias y de Nuevas Tecnologías de la Información y Comunicación (NTICs) y/o Universidades, el desarrollo del presente Concurso.

ARTÍCULO 6° — JURADO. Se convoca a profesionales destacados del sector para participar como jurados de las ideas. El mismo estará integrado por el Ingeniero Agrónomo Don José Luis BOFFI (M.I. N° 12.600.094) y Don Nicolás Sebastián COLANERO (M.I. N° 29.957.586) por la SAGYP; Don Alejandro CRISAFULLI (M.I. N° 13.461.152) por el INSTITUTO NACIONAL DE TECNOLOGÍA AGROPECUARIA (INTA) organismo descentralizado en jurisdicción del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA; el Ingeniero Agrónomo Don Gabriel Alberto TINGHITELLA (M.I. N° 26.762.450) por la ASOCIACIÓN ARGENTINA DE CONSORCIOS DE EXPERIMENTACIÓN AGRÍCOLA (AACREA) y el Doctor Esteban Zindel FEUERSTEIN (M.I. N° 17.577.735) por la FUNDACIÓN SADOSKY.

ARTÍCULO 7° — EVALUACIÓN DE LAS PROPUESTAS. La SECRETARÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA recibe todas las ideas que participan del concurso. Realiza una primera evaluación y separa las ideas por puntaje en DOS (2) grupos de acuerdo a la matriz de puntaje de las propuestas que figura en el Anexo. El grupo de las mejores ideas será conformado por aquellas ideas que reciben puntaje igual o superior al OCHENTA POR CIENTO (80%), y el grupo de las restantes ideas, conformado por las ideas que reciben un puntaje menor al OCHENTA POR CIENTO (80%). Las mejores ideas se comparten con el jurado para que realicen una segunda evaluación y clasificación final. Las ideas presentadas se ordenarán por puntaje de mayor a menor. Las DIEZ (10) ideas de mayor puntaje serán las seleccionadas para ser premiadas y las restantes que superen el OCHENTA POR CIENTO (80%) de calificación reciben un diploma de mención especial. El resultado del concurso debe definirse dentro de los SESENTA (60) días posteriores al cierre de recepción de ideas.

ARTÍCULO 8° — PREMIOS. Se otorgarán premios por un valor total de PESOS DOSCIENTOS SESENTA MIL ($ 260.000.-). Las DIEZ (10) mejores ideas reciben premios según la siguiente escala: 1er puesto: PESOS CINCUENTA MIL ($ 50.000.-); 2do puesto: PESOS CUARENTA MIL ($ 40.000.-); 3er puesto: PESOS TREINTA MIL ($ 30.000.-); 4to al 10mo puesto: PESOS VEINTE MIL ($ 20.000.-). Las restantes ideas que superen OCHENTA POR CIENTO (80%) de puntaje reciben un diploma de mención especial.

ARTÍCULO 9° — El resultado del concurso se publicará en la web: www.minagri.gob.ar. Los ganadores del concurso de ideas que reciban premios o mención especial, serán contactados por llamado telefónico y correo electrónico para informarles del resultado del concurso. En caso que el concurso no reciba al menos DIEZ (10) ideas, se le otorgarán premios a todas ellas siempre que superen el OCHENTA POR CIENTO (80%) de puntaje.

ARTÍCULO 10. — PROPIEDAD INTELECTUAL. La sola aceptación de las bases del presente llamado, implica automáticamente que los derechos patrimoniales de la propiedad intelectual que pudieren generar aquellos proyectos que SAGyP decida apoyar e implementar, serán de propiedad de SAGyP. Ésta queda autorizada a implementar el proyecto propuesto de la forma que mejor lo entienda conveniente a sus intereses. El proponente garantiza bajo su exclusiva responsabilidad que el contenido que envía y presenta no infringe derechos de propiedad intelectual de terceros, derechos de autor, marcas comerciales, secreto comercial, privacidad y publicidad, y que el contenido no es ilegal ni se ha creado y/o enviado de una forma que infrinja alguna obligación contractual que pueda tener con un tercero.

ARTÍCULO 11. — Los gastos ocasionados por el cumplimiento de lo establecido en la presente medida serán sufragados con cargo a la Jurisdicción 52 - MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA, Fuente de Financiamiento 11 - Tesoro Nacional, Ejercicio 2015.

ARTÍCULO 12. — Publíquese durante el plazo de DOS (2) días en el Boletín Oficial en la Primera Sección y en DOS (2) diarios de mayor circulación.

ARTÍCULO 13. — La entrega de premios se realizará en lugar y fecha a convenir por la SAGYP, lo cual será comunicado en la web.

ARTÍCULO 14. — Regístrese, comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Dr. R. GABRIEL DELGADO, Secretario de Agricultura, Ganadería y Pesca.

ANEXO

BASES Y CONDICIONES

OBJETO

Recibir ideas de Agro aplicaciones para dispositivos móviles, con el propósito de convertir algunas de éstas en desarrollos futuros de aplicaciones disponibles para el público de forma libre y gratuita.

ESTRATEGIA

Desarrollar un Concurso de Agro aplicaciones en el cual se premien las DIEZ (10) mejores ideas innovadoras y reciban mención especial aquellas con un puntaje superior al OCHENTA POR CIENTO (80%). El mismo estará organizado por la SECRETARÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA (en adelante SAGYP) e instituciones vinculadas que trabajen sobre temáticas agropecuarias y de TICs.

TEMAS SOBRE LOS CUALES DESARROLLAR APLICACIONES

Las ideas de Agro aplicaciones para dispositivos móviles deben considerar cualquier tema relacionado con la actividad agropecuaria, agroindustrial, cadenas agroindustriales, pesca y temáticas educativas relacionadas con el sector agropecuario y/o pesquero.

PARTICIPANTES:

Podrá participar cualquier persona física mayor de edad o grupo de personas que conformen un grupo de trabajo, para concursar con su idea y plan de desarrollo de una Agro aplicación para dispositivos móviles. Cada persona individual o grupo puede presentar más de una idea proyecto, completando cada una de las ideas con su respectiva documentación obligatoria.

Podrán participar extranjeros que acrediten al menos DOS (2) años de residencia en la REPÚBLICA ARGENTINA. Extranjeros con menos de DOS (2) años de residencia en la REPÚBLICA ARGENTINA pueden presentar la idea formando parte de un grupo en el que su representante sea argentino y mayor de edad.

En el caso de presentaciones de alumnos de secundaria o de personas menores a DIECIOCHO (18) años, deberá registrar a un adulto mayor de edad que lo represente.

Se promueve la presentación de ideas por equipos de trabajo interdisciplinario por sobre las presentaciones de ideas por personas individuales.

Al inscribirse acepta que, en caso de resultar premiado o con mención especial, la SAGYP pueda difundir por los medios que considere adecuado, su nombre, foto y video de los ganadores. PERÍODO. La convocatoria tendrá un período de duración de SESENTA (60) días que se inicia a partir del lanzamiento de la primera comunicación oficial del concurso; sea ésta gráfica, televisiva o virtual en la página web o en redes sociales. La fecha de cierre de la convocatoria será anunciada debidamente como parte del comunicado.

INSCRIPCIÓN: La inscripción al concurso se realiza exclusivamente completando el formulario web publicado en concursoapps.magyp.gob.ar. En caso de consultas comunicarse con el teléfono: 54 11 4363-6683 de lunes a viernes de 10 a 17 horas o e-mail: appsagyp@magyp.gob.ar.

A los fines de asegurar la imparcialidad en la selección de las ideas que reciban premios o menciones, al momento de inscribirse no se solicitará nombre completo, se solicitará un nombre de usuario que garantice su anonimato y número de DNI que será encriptado hasta el momento de finalizar el concurso.

Una vez definidas las ideas premiadas o con mención, se publicará el resultado del concurso en la página web y se contactará a los ganadores.

FORMA DE LA PRESENTACIÓN.

Las ideas se envían completando un formulario web de inscripción donde se completan los datos de contacto, y características de la aplicación. Si el concursante considera filmar un video para explicar la idea y el funcionamiento previsto de la aplicación, tendrá un espacio para completar la URL o dirección web del video. El video de hasta TRES (3) minutos de duración debe subirse a Youtube.com o Vimeo.com. Videos con duración superior a los TRES (3) minutos no serán considerados como válidos para este concurso.

Si el concursante considera insuficiente el espacio del formulario web para explicar la idea, podrá anexar archivos adjuntos al formulario web.

CONSULTAS

Los concursantes podrán solicitar por escrito e-mail o por teléfono aclaraciones a estas bases, antes de la fecha de cierre de la recepción de ideas.

Los concursantes podrán acceder en cualquier momento al formulario web de su idea presentada, y realizar la edición o cambios que considere necesario hasta la fecha de finalización de recepción de ideas. Ingresará a los datos de su idea por medio del usuario y clave con que se registró. Los concursantes podrán realizar todas las consultas aclaratorias que consideren comunicándose a los medios previamente detallados.

El Organismo Convocante publicará, en la fecha estipulada, las respuestas a las consultas que considere pertinentes, así como toda otra aclaración que crea necesaria para facilitar la interpretación y aplicación uniforme de las presentes bases, de las cuales dichas respuestas se considerarán parte.

CAUSALES DE RECHAZO FORMAL: cualquier idea recibida que no cumpla con los requerimientos de la propuesta detallada en el Anexo, no será considerada válida para participar del concurso.

EXCLUSIONES

No podrán presentar ideas aquellas personas que participan de la organización de este concurso ni miembros del jurado, ni familiares directos de los mismos.

No será considerada como válida aquella idea que ya fue presentada previamente por otra persona o grupo y que además contiene exactamente la misma información de respaldo.

No será considerada como válida la idea presentada por extranjeros que acrediten menos de DOS (2) años de residencia en la REPÚBLICA ARGENTINA.

COMUNICACIÓN

El concurso se dará a conocer por los medios de comunicación de la SAGYP, por medios gráficos, radiales y televisivos de programas relacionados con la agroindustria, y por canales de comunicación que los organizadores consideren. En la comunicación deberá figurar la fecha de cierre del concurso, el e-mail de contacto, un teléfono de contacto y el vínculo de acceso a la información de las bases y condiciones del concurso.

PUNTAJE DE LAS PROPUESTAS

Las ideas de propuestas de aplicaciones tendrán un puntaje según los siguientes requisitos:

JURADO


El jurado, conformado de acuerdo a lo indicado en el Artículo 6° de la presente resolución, dispondrá de una planilla con los coeficientes de ponderación de cada ítem a calificar.

Se completará UNA (1) planilla por cada caso o idea presentada. En caso que un mismo equipo presente más de UNA (1) idea, se considerarán a éstas por separado, cada una con su planilla. La ideas presentadas se ordenarán por puntaje de mayor a menor. Las DIEZ (10) ideas de mayor puntaje serán las seleccionadas para ser premiadas y las restantes en orden de calificación que superen o igualen el OCHENTA POR CIENTO (80%), recibirán una mención especial.

DESARROLLO DE LAS APLICACIONES

El concurso de ideas de Agro aplicaciones no obliga a la SAGYP al desarrollo de las ideas premiadas, ni de aquellas que reciban mención, ni de las restantes ideas. La SAGYP tiene el derecho pero no la obligación de realizar desarrollos futuros de ideas aportadas en este concurso.

La SAGYP tiene el derecho de realizar desarrollos futuros de las ideas aportadas, en un orden de prelación distinto al que recibieron en el concurso.

MATERIAL A ENTREGAR POR LOS PARTICIPANTES DEL CONCURSO

Formulario web - Concurso de ideas de Agro aplicaciones




e. 11/02/2015 N° 7961/15 v. 11/02/2015