MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL
SECRETARÍA DE TRABAJO
Resolución 24/2015
Bs. As., 9/1/2015
VISTO el Expediente Nº 1.598.332/13 del registro del MINISTERIO DE
TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004), la
Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias y
CONSIDERANDO:
Que a fojas 2 del Expediente Nº 1.603.116/14, agregado a fojas 5 del
Expediente Nº 1.598.332/13, obra el Acuerdo celebrado entre la UNION
TRABAJADORES DE ENTIDADES DEPORTIVAS Y CIVILES, por el sector sindical,
y OBRA SOCIAL DE EMPRESARIOS, PROFESIONALES Y MONOTRIBUTISTAS
(O.S.D.E.P.Y.M.), y VIDAPYME ASOCIACIÓN CIVIL, por el sector
empresario, conforme a lo establecido en la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).
Que bajo el mentado Acuerdo las partes convienen una gratificación excepcional, con vigencia el mes de Enero del Año 2014.
Que los agentes negociales han ratificado el contenido y firmas allí
insertas, acreditando la personería y facultades para negociar
colectivamente invocadas, con las constancias obrantes en autos.
Que el ámbito de aplicación del presente se circunscribe a la
correspondencia entre la representatividad que ostenta el sector
empleador firmante y la entidad sindical signataria, emergente de su
personería gremial.
Que de la lectura de las cláusulas pactadas, no surge contradicción con la normativa laboral vigente.
Que la Asesoría Técnico Legal de la Dirección Nacional de Relaciones
del Trabajo de este Ministerio, ha tomado la intervención que le
compete.
Que asimismo se acreditan los recaudos formales establecidos por la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).
Que en virtud de lo expuesto, correspondería dictar el acto
administrativo de homologación de conformidad con los antecedentes
mencionados.
Que las facultades de la suscripta para resolver en las presentes
actuaciones, surgen de las atribuciones otorgadas por el Decreto Nº
900/95.
Por ello,
LA SECRETARIA DE TRABAJO
RESUELVE:
ARTÍCULO 1° — Declárase homologado el Acuerdo celebrado entre la UNION
TRABAJADORES DE ENTIDADES DEPORTIVAS Y CIVILES, por el sector sindical,
y OBRA SOCIAL DE EMPRESARIOS, PROFESIONALES Y MONOTRIBUTISTAS
(O.S.D.E.P.Y.M.), y VIDAPYME ASOCIACIÓN CIVIL, por el sector
empresario, que lucen a fojas 2 del Expediente Nº 1.603.116/14,
agregado a fojas 5 del Expediente Nº 1.598.332/13, conforme a lo
dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2004).
ARTÍCULO 2° — Regístrese la presente Resolución por la Dirección
General de Registro, Gestión y Archivo Documental dependiente de la
SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN. Cumplido, pase a la Dirección de
Negociación Colectiva a fin de que el Departamento Coordinación
registre el Acuerdo obrante a fojas 2 del Expediente Nº 1.603.116/14,
agregado a fojas 5 del Expediente Nº 1.598.332/13.
ARTÍCULO 3° — Notifíquese a las partes signatarias. Posteriormente, procédase a la guarda del presente legajo.
ARTÍCULO 4° — Hágase saber que en el supuesto de que este MINISTERIO DE
TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL no efectúe la publicación de
carácter gratuito del Acuerdo y Anexo homologados y de esta Resolución,
las partes deberán proceder de acuerdo a lo establecido en el Artículo
5 de la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).
ARTÍCULO 5° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del
Registro Oficial y archívese. — Dr. NOEMI RIAL, Secretaria de Trabajo.
Expediente Nº 1.598.332/13
Buenos Aires, 12 de enero de 2015
De conformidad con lo ordenado en la RESOLUCIÓN ST Nº 24/15 se ha
tomado razón del acuerdo obrante a fojas 2 del expediente Nº
1.603.116/14 agregado a foja 5 del expediente de referencia, quedando
registrado bajo el número 39/15. — JORGE ALEJANDRO INSUA, Registro de
Convenios Colectivos, Departamento Coordinación – D.N.R.T.
Lugar y fecha de celebración: Buenos Aires, 18 de diciembre de 2013.
Partes intervinientes: La Representación sindical: UNION TRABAJADORES
DE ENTIDADES DEPORTIVAS Y CIVILES (UTEDYC), con domicilio en Alberti
646, CABA, representada por su Secretario General Nacional Carlos
Orlando Bonjour, por su Secretario Gremial Nacional Jorge Ramos y por
su Sub Secretario Gremial Nacional Marcel Carretero, con el patrocinio
letrado de los Dres. Josefina ESTRELLA y Jorge Luis GINZO, y por la
otra la OBRA SOCIAL DE EMPRESARIOS, PROFESIONALES Y MONOTRIBUTISTAS
—OSDEPYM—, con domicilio en Reconquista 458, piso 2°, Ciudad Autónoma
de Buenos Aires, representada por su Director, Rubén Daniel Marano con
el patrocinio del Dr. Facundo Martín Rodriguez y VIDAPYME ASOCIACION
CIVIL, con domicilio en San Martín 379 Piso 7mo de la Ciudad Autónoma
de Buenos Aires, representada en este acto por su presidente Eduardo
Alberto Rossi Beguy, con el patrocinio letrado del Dr. Salomon Rubins
convienen celebrar el presente:
PRIMERA:
OSDEPYM y VIDAPYME abonarán a su personal dentro de la primera semana
del mes de enero del año 2014 una gratificación excepcional por
vacaciones cuya suma será igual al medio aguinaldo percibido en el mes
de diciembre del año 2013.
Las partes aclaran que la suma abonada es de carácter excepcional, cuya
decisión de pago obedece al esfuerzo y dedicación demostrada por el
personal en el cumplimiento de sus tareas y en las posibilidades y
expectativas con que cuenta la parte empleadora para poder afrontarla.
En la fecha arriba indicada, se suscriben tres (3) ejemplares de la presente, previa lectura y ratificación de su contenido.