MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL

SECRETARÍA DE TRABAJO

Resolución 24/2015

Bs. As., 9/1/2015

VISTO el Expediente Nº 1.598.332/13 del registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004), la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias y

CONSIDERANDO:

Que a fojas 2 del Expediente Nº 1.603.116/14, agregado a fojas 5 del Expediente Nº 1.598.332/13, obra el Acuerdo celebrado entre la UNION TRABAJADORES DE ENTIDADES DEPORTIVAS Y CIVILES, por el sector sindical, y OBRA SOCIAL DE EMPRESARIOS, PROFESIONALES Y MONOTRIBUTISTAS (O.S.D.E.P.Y.M.), y VIDAPYME ASOCIACIÓN CIVIL, por el sector empresario, conforme a lo establecido en la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).

Que bajo el mentado Acuerdo las partes convienen una gratificación excepcional, con vigencia el mes de Enero del Año 2014.

Que los agentes negociales han ratificado el contenido y firmas allí insertas, acreditando la personería y facultades para negociar colectivamente invocadas, con las constancias obrantes en autos.

Que el ámbito de aplicación del presente se circunscribe a la correspondencia entre la representatividad que ostenta el sector empleador firmante y la entidad sindical signataria, emergente de su personería gremial.

Que de la lectura de las cláusulas pactadas, no surge contradicción con la normativa laboral vigente.

Que la Asesoría Técnico Legal de la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo de este Ministerio, ha tomado la intervención que le compete.

Que asimismo se acreditan los recaudos formales establecidos por la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).

Que en virtud de lo expuesto, correspondería dictar el acto administrativo de homologación de conformidad con los antecedentes mencionados.

Que las facultades de la suscripta para resolver en las presentes actuaciones, surgen de las atribuciones otorgadas por el Decreto Nº 900/95.

Por ello,

LA SECRETARIA DE TRABAJO

RESUELVE:

ARTÍCULO 1° — Declárase homologado el Acuerdo celebrado entre la UNION TRABAJADORES DE ENTIDADES DEPORTIVAS Y CIVILES, por el sector sindical, y OBRA SOCIAL DE EMPRESARIOS, PROFESIONALES Y MONOTRIBUTISTAS (O.S.D.E.P.Y.M.), y VIDAPYME ASOCIACIÓN CIVIL, por el sector empresario, que lucen a fojas 2 del Expediente Nº 1.603.116/14, agregado a fojas 5 del Expediente Nº 1.598.332/13, conforme a lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2004).

ARTÍCULO 2° — Regístrese la presente Resolución por la Dirección General de Registro, Gestión y Archivo Documental dependiente de la SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN. Cumplido, pase a la Dirección de Negociación Colectiva a fin de que el Departamento Coordinación registre el Acuerdo obrante a fojas 2 del Expediente Nº 1.603.116/14, agregado a fojas 5 del Expediente Nº 1.598.332/13.

ARTÍCULO 3° — Notifíquese a las partes signatarias. Posteriormente, procédase a la guarda del presente legajo.

ARTÍCULO 4° — Hágase saber que en el supuesto de que este MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL no efectúe la publicación de carácter gratuito del Acuerdo y Anexo homologados y de esta Resolución, las partes deberán proceder de acuerdo a lo establecido en el Artículo 5 de la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).

ARTÍCULO 5° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Dr. NOEMI RIAL, Secretaria de Trabajo.

Expediente Nº 1.598.332/13

Buenos Aires, 12 de enero de 2015

De conformidad con lo ordenado en la RESOLUCIÓN ST Nº 24/15 se ha tomado razón del acuerdo obrante a fojas 2 del expediente Nº 1.603.116/14 agregado a foja 5 del expediente de referencia, quedando registrado bajo el número 39/15. — JORGE ALEJANDRO INSUA, Registro de Convenios Colectivos, Departamento Coordinación – D.N.R.T.

Lugar y fecha de celebración: Buenos Aires, 18 de diciembre de 2013.

Partes intervinientes: La Representación sindical: UNION TRABAJADORES DE ENTIDADES DEPORTIVAS Y CIVILES (UTEDYC), con domicilio en Alberti 646, CABA, representada por su Secretario General Nacional Carlos Orlando Bonjour, por su Secretario Gremial Nacional Jorge Ramos y por su Sub Secretario Gremial Nacional Marcel Carretero, con el patrocinio letrado de los Dres. Josefina ESTRELLA y Jorge Luis GINZO, y por la otra la OBRA SOCIAL DE EMPRESARIOS, PROFESIONALES Y MONOTRIBUTISTAS —OSDEPYM—, con domicilio en Reconquista 458, piso 2°, Ciudad Autónoma de Buenos Aires, representada por su Director, Rubén Daniel Marano con el patrocinio del Dr. Facundo Martín Rodriguez y VIDAPYME ASOCIACION CIVIL, con domicilio en San Martín 379 Piso 7mo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, representada en este acto por su presidente Eduardo Alberto Rossi Beguy, con el patrocinio letrado del Dr. Salomon Rubins convienen celebrar el presente:

PRIMERA:

OSDEPYM y VIDAPYME abonarán a su personal dentro de la primera semana del mes de enero del año 2014 una gratificación excepcional por vacaciones cuya suma será igual al medio aguinaldo percibido en el mes de diciembre del año 2013.

Las partes aclaran que la suma abonada es de carácter excepcional, cuya decisión de pago obedece al esfuerzo y dedicación demostrada por el personal en el cumplimiento de sus tareas y en las posibilidades y expectativas con que cuenta la parte empleadora para poder afrontarla.

En la fecha arriba indicada, se suscriben tres (3) ejemplares de la presente, previa lectura y ratificación de su contenido.