MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS
Resolución 71/2015
Bs. As., 4/3/2015
VISTO el Expediente N° S01:0243881/2014 del Registro del MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS, y
CONSIDERANDO:
Que por el expediente mencionado en el Visto tramita la aprobación del
Plan de Acción y Presupuesto para el Ejercicio 2015 formulado por
INTERCARGO SOCIEDAD ANÓNIMA COMERCIAL, actuante en el área de la
SECRETARÍA DE POLÍTICA ECONÓMICA Y PLANIFICACIÓN DEL DESARROLLO del
MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS.
Que la Ley de Administración Financiera y de los Sistemas de Control
del Sector Público Nacional N° 24.156 y sus modificaciones, contiene en
el Título II, Capítulo III, el Régimen presupuestario de Empresas
Públicas, Fondos Fiduciarios y Entes Públicos no comprendidos en la
Administración Nacional.
Que obra en el expediente señalado, el informe favorable sobre la
medida propiciada de la OFICINA NACIONAL DE PRESUPUESTO dependiente de
la SUBSECRETARÍA DE PRESUPUESTO de la SECRETARÍA DE HACIENDA del
MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS.
Que el Artículo 49 de la mencionada ley y el Decreto N° 1.344 de fecha
4 de octubre de 2007 por el cual se aprueba el Reglamento de la Ley de
Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector
Público Nacional N° 24.156, determinan que es facultad del MINISTERIO
DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS la aprobación de la presente medida.
Por ello,
EL MINISTRO DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS
RESUELVE:
ARTÍCULO 1° — Apruébase el Plan de Acción y Presupuesto para el
Ejercicio 2015 de la Empresa INTERCARGO SOCIEDAD ANÓNIMA COMERCIAL,
actuante en el área de la SECRETARÍA DE POLÍTICA ECONÓMICA Y
PLANIFICACIÓN DEL DESARROLLO del MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS
PÚBLICAS, de acuerdo al detalle que figura en los Anexos I y II,
adjuntos a la presente resolución, respectivamente.
ARTÍCULO 2° — Estímanse en la suma de PESOS UN MIL OCHENTA Y OCHO
MILLONES TRESCIENTOS TREINTA MIL CUATROCIENTOS TRECE ($ 1.088.330.413)
los ingresos de operación y fíjanse en la suma de PESOS NOVECIENTOS
NOVENTA Y SEIS MILLONES NOVECIENTOS CUARENTA Y CINCO MIL QUINIENTOS
SESENTA Y NUEVE ($ 996.945.569) los gastos de operación, y como
consecuencia de ello apruébase el Resultado Operativo (GANANCIA DE
OPERACIÓN) estimado en PESOS NOVENTA Y UN MILLONES TRESCIENTOS OCHENTA
Y CUATRO MIL OCHOCIENTOS CUARENTA Y CUATRO ($ 91.384.844), de acuerdo
al detalle que figura en las planillas del Anexo II, adjunto a la
presente resolución.
ARTÍCULO 3° — Estímanse en la suma de PESOS UN MIL NOVENTA Y CINCO
MILLONES CIENTO DIEZ MIL CUATROCIENTOS TRECE ($ 1.095.110.413) los
ingresos corrientes y fíjanse en la suma de PESOS UN MIL CIENTO DOS
MILLONES SETECIENTOS TREINTA Y UN MIL CUATROCIENTOS TREINTA Y CUATRO ($
1.102.731.434) los gastos corrientes, y como consecuencia de ello
apruébase el Resultado Económico (DESAHORRO) estimado en PESOS SIETE
MILLONES SEISCIENTOS VEINTIÚN MIL VEINTIUNO ($ 7.621.021), de acuerdo
con el detalle que figura en las planillas del Anexo II, adjunto a la
presente resolución.
ARTÍCULO 4° — Estímanse en la suma de PESOS CIENTO CUARENTA Y CUATRO
MILLONES SETECIENTOS TREINTA Y UN MIL TRESCIENTOS DIECIOCHO ($
144.731.318) los ingresos de capital y fíjanse en la suma de PESOS
SETENTA Y TRES MILLONES NOVECIENTOS UN MIL OCHOCIENTOS NOVENTA Y DOS ($
73.901.892) los gastos de capital, y como consecuencia de ello en
conjunción con el Resultado Económico establecido en el Artículo 3° de
la presente resolución, estímase el Resultado Financiero (SUPERÁVIT)
para el Ejercicio 2015 en PESOS SESENTA Y TRES MILLONES DOSCIENTOS OCHO
MIL CUATROCIENTOS CINCO ($ 63.208.405), de acuerdo con el detalle que
figura en las planillas del Anexo II, adjunto a la presente resolución.
ARTÍCULO 5° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del
Registro Oficial y archívese. — Dr. AXEL KICILLOF, Ministro de Economía
y Finanzas Públicas.
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la
edición web del BORA —www.boletinoficial.gov.ar— y también podrán ser
consultados en la Sede Central de esta Dirección Nacional (Suipacha 767
- Ciudad Autónoma de Buenos Aires).
(Nota Infoleg:
Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la
edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el
siguiente link: Anexos)