MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS

Resolución 71/2015

Bs. As., 4/3/2015

VISTO el Expediente N° S01:0243881/2014 del Registro del MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS, y

CONSIDERANDO:

Que por el expediente mencionado en el Visto tramita la aprobación del Plan de Acción y Presupuesto para el Ejercicio 2015 formulado por INTERCARGO SOCIEDAD ANÓNIMA COMERCIAL, actuante en el área de la SECRETARÍA DE POLÍTICA ECONÓMICA Y PLANIFICACIÓN DEL DESARROLLO del MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS.

Que la Ley de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional N° 24.156 y sus modificaciones, contiene en el Título II, Capítulo III, el Régimen presupuestario de Empresas Públicas, Fondos Fiduciarios y Entes Públicos no comprendidos en la Administración Nacional.

Que obra en el expediente señalado, el informe favorable sobre la medida propiciada de la OFICINA NACIONAL DE PRESUPUESTO dependiente de la SUBSECRETARÍA DE PRESUPUESTO de la SECRETARÍA DE HACIENDA del MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS.

Que el Artículo 49 de la mencionada ley y el Decreto N° 1.344 de fecha 4 de octubre de 2007 por el cual se aprueba el Reglamento de la Ley de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional N° 24.156, determinan que es facultad del MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS la aprobación de la presente medida.

Por ello,

EL MINISTRO DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS

RESUELVE:

ARTÍCULO 1° — Apruébase el Plan de Acción y Presupuesto para el Ejercicio 2015 de la Empresa INTERCARGO SOCIEDAD ANÓNIMA COMERCIAL, actuante en el área de la SECRETARÍA DE POLÍTICA ECONÓMICA Y PLANIFICACIÓN DEL DESARROLLO del MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS, de acuerdo al detalle que figura en los Anexos I y II, adjuntos a la presente resolución, respectivamente.

ARTÍCULO 2° — Estímanse en la suma de PESOS UN MIL OCHENTA Y OCHO MILLONES TRESCIENTOS TREINTA MIL CUATROCIENTOS TRECE ($ 1.088.330.413) los ingresos de operación y fíjanse en la suma de PESOS NOVECIENTOS NOVENTA Y SEIS MILLONES NOVECIENTOS CUARENTA Y CINCO MIL QUINIENTOS SESENTA Y NUEVE ($ 996.945.569) los gastos de operación, y como consecuencia de ello apruébase el Resultado Operativo (GANANCIA DE OPERACIÓN) estimado en PESOS NOVENTA Y UN MILLONES TRESCIENTOS OCHENTA Y CUATRO MIL OCHOCIENTOS CUARENTA Y CUATRO ($ 91.384.844), de acuerdo al detalle que figura en las planillas del Anexo II, adjunto a la presente resolución.

ARTÍCULO 3° — Estímanse en la suma de PESOS UN MIL NOVENTA Y CINCO MILLONES CIENTO DIEZ MIL CUATROCIENTOS TRECE ($ 1.095.110.413) los ingresos corrientes y fíjanse en la suma de PESOS UN MIL CIENTO DOS MILLONES SETECIENTOS TREINTA Y UN MIL CUATROCIENTOS TREINTA Y CUATRO ($ 1.102.731.434) los gastos corrientes, y como consecuencia de ello apruébase el Resultado Económico (DESAHORRO) estimado en PESOS SIETE MILLONES SEISCIENTOS VEINTIÚN MIL VEINTIUNO ($ 7.621.021), de acuerdo con el detalle que figura en las planillas del Anexo II, adjunto a la presente resolución.

ARTÍCULO 4° — Estímanse en la suma de PESOS CIENTO CUARENTA Y CUATRO MILLONES SETECIENTOS TREINTA Y UN MIL TRESCIENTOS DIECIOCHO ($ 144.731.318) los ingresos de capital y fíjanse en la suma de PESOS SETENTA Y TRES MILLONES NOVECIENTOS UN MIL OCHOCIENTOS NOVENTA Y DOS ($ 73.901.892) los gastos de capital, y como consecuencia de ello en conjunción con el Resultado Económico establecido en el Artículo 3° de la presente resolución, estímase el Resultado Financiero (SUPERÁVIT) para el Ejercicio 2015 en PESOS SESENTA Y TRES MILLONES DOSCIENTOS OCHO MIL CUATROCIENTOS CINCO ($ 63.208.405), de acuerdo con el detalle que figura en las planillas del Anexo II, adjunto a la presente resolución.

ARTÍCULO 5° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Dr. AXEL KICILLOF, Ministro de Economía y Finanzas Públicas.

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA —www.boletinoficial.gov.ar— y también podrán ser consultados en la Sede Central de esta Dirección Nacional (Suipacha 767 - Ciudad Autónoma de Buenos Aires).

(Nota Infoleg: Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el siguiente link: Anexos)