Ministerio de Economía y Finanzas Públicas
DEUDA PÚBLICA
Resolución 172/2015
Modelo de Acuerdo Bilateral. Sustitución.
Bs. As., 25/3/2015
VISTO el Expediente N° S01:0229474/2014 del Registro del MINISTERIO DE
ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS y el Decreto N° 2.193 de fecha 19 de
noviembre de 2014, y
CONSIDERANDO:
Que mediante el Artículo 1° del Decreto N° 2.193 de fecha 19 de
noviembre de 2014 se aprobó el Modelo de Acuerdo Bilateral de
reestructuración de deudas a celebrarse entre la REPÚBLICA ARGENTINA y
el ESTADO DE ISRAEL, cuya copia en idioma inglés y su traducción
certificada al español obran como Anexo integrante del decreto
referido, en el marco de la Declaración Conjunta para la refinanciación
de la deuda en atraso de la REPÚBLICA ARGENTINA, suscripta el 29 de
mayo de 2014 entre la REPÚBLICA ARGENTINA y los países acreedores
nucleados en el Club de París.
Que fue advertido que en el Modelo de Acuerdo aprobado sólo consta la
traducción al español de su Anexo I, no figurando la respectiva versión
en idioma inglés, por lo que resulta necesario, a fin de instrumentar
la firma del acuerdo la rectificación de aquel error material.
Que en ese marco, y teniendo en cuenta que por el Artículo 3° del
citado decreto se facultó al señor Ministro de Economía y Finanzas
Públicas, o al funcionario o funcionarios que el mismo designe a
convenir y suscribir, en nombre y representación de la REPÚBLICA
ARGENTINA, modificaciones al Acuerdo Bilateral de reestructuración de
deudas en cuestión, siempre que las mismas no constituyan cambios
sustanciales en el objeto o destino de los fondos, ni deriven en un
incremento de su monto, corresponde sustituir el modelo aprobado por el
Artículo 1° del Decreto N° 2.193/2014 por el que obra como Anexo de la
presente, a efectos de rectificar el error material advertido.
Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE
ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS ha tomado la intervención que le compete.
Que la presente medida se dicta en virtud de las facultades conferidas
por el Artículo 3° del Decreto N° 2.193 de fecha 19 de noviembre de
2014.
Por ello,
EL MINISTRO DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS
RESUELVE:
Artículo 1° — Sustitúyese el
Modelo de Acuerdo Bilateral de reestructuración de deudas a celebrarse
entre la REPÚBLICA ARGENTINA y el ESTADO DE ISRAEL, aprobado mediante
el Artículo 1° del Decreto N° 2.193/2014, en el marco de la Declaración
Conjunta para la refinanciación de la deuda en atraso de la REPÚBLICA
ARGENTINA, suscripta el 29 de mayo de 2014 entre la REPÚBLICA ARGENTINA
y los países acreedores nucleados en el Club de París, por el que en
copia en idioma inglés y su traducción certificada al español obra como
Anexo de la presente medida.
Art. 2° — Comuníquese, publíquese, dese a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Axel Kicillof.
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la
edición web del BORA —www.boletinoficial.gov.ar— y también podrán ser
consultados en la Sede Central de esta Dirección Nacional (Suipacha 767
- Ciudad Autónoma de Buenos Aires).
(Nota Infoleg:
Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la
edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el
siguiente link: Anexos)