INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES
Resolución 696/2015
Bs. As., 19/3/2015
VISTO la Ley N° 17.741 (t.o. 2001) y sus modificatorias, y
CONSIDERANDO:
Que dentro de las medidas de fomento previstas por el artículo 3°
inciso a) de la Ley N° 17.741 (t.o. 2001) y sus modificatorias, se
encuentra la de auspiciar concursos y establecer premios, en tanto el
artículo 43° de la Ley N° 17.741 (t.o. 2001) faculta al INCAA a
producir películas de cortometraje cuyos anteproyectos seleccione en
llamados que realice con tal propósito.
Que el Concurso para la producción al que alude la presente resolución,
se inscribe en el marco para la promoción de nuevos proyectos de
cortometrajes de animación en el ámbito de la producción nacional.
Que es necesario establecer los requisitos y el procedimiento
correspondiente a fin de hacer efectivo el fomento aludido
precedentemente.
Que la participación en el presente concurso, implica la aceptación de
las Bases y Condiciones del mismo en su totalidad así como el
conocimiento de toda la normativa vigente al respecto.
Que se establece como obligación de los presentantes de los proyectos
que resulten ganadores del Concurso la de suscribir un convenio con el
INCAA, obligándose a cumplir con todos los requerimientos que se
explicitan en la presente Resolución.
Que a tales fines se considera conducente llamar a un Concurso de
Cortometrajes de Cine de Animación para directores, el cual recibirá la
denominación ANIMATE.
Que a efectos de una mejor eficiencia administrativa se considera
oportuna la entrega de parte de la presentación del proyecto en formato
digital.
Que en consecuencia corresponde dictar Resolución fijando las bases para la participación en los citados concursos.
Que la Gerencia de Asuntos Jurídicos y la Gerencia de Fomento han tomado intervención al respecto.
Que la facultad para el dictado de la presente surge de la Ley N° 17.741 (t.o. 2001) y sus modificatorias.
Que corresponde dictar Resolución al respecto.
Por ello,
LA PRESIDENTA DEL INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES
RESUELVE:
ARTICULO 1° — Llámese al PRIMER CONCURSO ANIMATE 2015, para directores,
a presentar PROYECTOS de CORTOMETRAJES DE CINE DE ANIMACIÓN.
ARTICULO 2° — Apruébense las BASES DEL PRIMER CONCURSO ANIMATE 2015 que
obra como Anexo I y los Anexos, II, III, IV y V, todos parte integrante
de la presente resolución.
ARTICULO 3° — La participación en el presente concurso implica el
conocimiento y aceptación de todo lo establecido en el Pliego de Bases
y Condiciones.
ARTICULO 4° — Cualquier hecho no previsto en el mismo será resuelto por el INCAA.
ARTICULO 5° — Regístrese, comuníquese, publíquese, dese a la Dirección
Nacional del Registro Oficial y archívese. — LUCRECIA CARDOSO,
Presidenta, Instituto Nacional de Cine y Artes Audiovisuales.
ANEXO I
BASES Y CONDICIONES
PRIMER CONCURSO ANIMATE 2015
CAPITULO 01. DEL OBJETO
Artículo 1°. EL INCAA, a través de la Gerencia de Fomento, convoca a
directores presentantes al PRIMER CONCURSO ANIMATE 2015, a presentar
proyectos de cortometrajes de cine de animación sobre ideas originales
y de temática libre, entendiéndose el mismo por técnicas 2D, CGI (3D),
Stop Motion o Técnicas Mixtas.
CAPITULO 02. DE LA CONVOCATORIA
Artículo 2°. Fíjese un período para la presentación de los proyectos,
desde el 20 DE MARZO DE 2015 hasta el 22 DE JUNIO DE 2015, como fechas
de apertura y cierre de las presentaciones del llamado a Concurso.
Artículo 3°. Los proyectos deberán presentarse en la Mesa de Entradas
del Instituto Nacional de Cine y Artes Audiovisuales - INCAA, o
enviarse por correo postal a Lima 319, Piso 1°, Código Postal C1073AAG.
En los casos de remisiones por vía postal se tomará la fecha de imposición de la Oficina de Correos que se trate.
No se aceptarán inscripciones presentadas o enviadas por correo, fuera del plazo establecido.
Artículo 4°. Los proyectos deberán presentarse con anterioridad al
inicio de la producción de la animación y cumplir con las presentes
Bases y Condiciones, con sus ANEXOS.
Además los proyectos que se presenten deberán contener los requisitos dispuestos en el Anexo II de la presente resolución.
Artículo 5°. Los interesados presentantes podrán presentar UN (1) proyecto.
En caso de incumplimiento de lo mencionado precedentemente, el proyecto
se tendrá por no presentado y si hubiese sido seleccionado como ganador
se tendrá por decaído el premio, debiendo el presentante restituir toda
suma que hubiese percibido.
Artículo 6°. La Gerencia de Fomento del INCAA examinará las
presentaciones de proyectos, a los efectos de establecer si se cumplen
todos los requisitos exigidos en la presente Resolución.
En caso de no haberse dado íntegro cumplimiento, se intimará a los
productores presentantes a fin de que completen los requisitos
faltantes dentro de un plazo de 10 días hábiles administrativos, a
contar desde la notificación de la intimación, ello bajo apercibimiento
de tener por no tener presentado el proyecto, lo que operará de pleno
derecho vencido dicho plazo.
De encontrarse reunidos los requisitos, la Gerencia de Fomento del
INCAA elevará los proyectos para su tratamiento al Jurado, que se crea
por el artículo 14° de la presente Resolución.
CAPITULO 03. DE LAS TECNICAS DE ANIMACIÓN
Artículo 7°. El presente concurso admitirá las siguientes técnicas de animación:
1) “2D”: Técnicas de animación bidimensional. Incluye dibujo animado
(analógico o digital), cut-out digital, pintura animada, etc.
2) “CGI (3D)”: Técnicas de animación tridimensional digital.
3) “Stop Motion”: Técnicas de animación tridimensional analógica.
Incluye animación de muñecos, objetos, plastilina, pixilación, cut-out
analógico, etc.
4) “Técnicas Mixtas”: Aquellas que involucren al menos dos de las técnicas anteriormente mencionadas.
Las técnicas de animación anteriormente mencionadas deben contemplar la
creación de un proyecto de CORTOMETRAJE DE CINE DE ANIMACIÓN de entre 6
y 12 minutos de duración, incluyendo créditos y rodantes; no pudiéndose
extender el corte final más que el tiempo de proyección indicado.
CAPITULO 04. DEL PREMIO
Artículo 8°. Serán CINCO (5) los proyectos ganadores del concurso, y DOS (2) los proyectos suplentes.
Artículo 9°. El premio consistirá en hasta la suma de PESOS QUINIENTOS
MIL ($500.000) para la producción total de cada uno de los
cortometrajes seleccionados.
Artículo 10°. El premio será abonado en 4 cuotas de la siguiente manera:
1°) EL TREINTA POR CIENTO (30%) una vez acreditado el inicio de la preproducción.
2°) EL CUARENTA POR CIENTO (40%) una vez acreditado inicio de la producción de la animación.
3°) EL VEINTE POR CIENTO (20%) una vez acreditado inicio de la postproducción.
4°) EL DIEZ POR CIENTO (10%) contra la entrega de la copia “A” en el organismo.
Artículo 11°. Previo a la liberación de cada cuota el presentante
deberá presentar rendición de gastos por los montos liquidados.
La totalidad del premio deberá estar rendido antes de la liquidación de
la última cuota. La rendición del mismo se hará de acuerdo a la
Resolución N° 439/2014/INCAA y de acuerdo al formato del Anexo IV de la
presente resolución.
Artículo 12°. La entrega final de la copia “A” deberá ser presentada mediante la entrega de un DCP 2K o superior.
Además se deberá entregar al INCAA un Disco Rígido Externo/Pendrive y
un soporte Blue-Ray de acuerdo a las características conforme surge del
Anexo III de la presente resolución.
CAPITULO 05. DE LOS PRESENTANTES
Artículo 13°. Los presentantes deberán cumplir con el presente pliego de Bases y Condiciones y sus anexos.
Los participantes podrán ser argentinos o extranjeros; en caso de ser
extranjero, el mismo deberá acreditar fehacientemente una residencia no
menor a 2 años en el país.
CAPITULO 06. DEL JURADO
Artículo 14°. La presidenta del INCAA designará un Jurado que estará
conformado por TRES (3) miembros, quienes deberán ser personalidades
destacadas en algunas de las especialidades de la producción
audiovisual de cine de animación o del mundo de la cultura.
CAPITULO 07. DE LA SELECCIÓN
Artículo 15°. Una vez convocados los Jurados tendrán un plazo de
NOVENTA (90) días para la selección de los proyectos ganadores y
suplentes.
Sin perjuicio de ello, una vez evaluada la totalidad del material
presentado, de considerarlo necesario, los jurados podrán convocar a
los presentantes de los proyectos preseleccionados a efectos de
realizar un pitching con anterioridad a la selección de los ganadores.
La decisión del Jurado será irrecurrible.
Artículo 16°. Habrá CINCO (5) proyectos ganadores y DOS (2) proyectos
suplentes, del PRIMER CONCURSO ANIMATE 2015 DE CORTOMETRAJES DE CINE
ANIMACIÓN para directores presentantes.
Artículo 17°. Los proyectos suplentes ocuparán el lugar de los
ganadores en caso de renuncia o incumplimiento de los presentantes
ganadores.
CAPITULO 08. DE LOS GANADORES Y EL CONVENIO
Artículo 18°. Los PRESENTANTES de los proyectos que resulten ganadores firmarán un convenio con el INCAA.
El incumplimiento del convenio a firmarse con los PRESENTANTES
ganadores del presente CONCURSO dará derecho al INCAA a declarar la
caducidad del proyecto y reclamar la devolución de las sumas que se
hubieran entregado más los intereses correspondientes, previa
intimación por 10 días corridos.
Artículo 19°. Los presentantes tendrán un plazo de UN (1) año a contar
desde el pago de la primera cuota del premio para entregar la copia “A”.
La falta de cumplimiento en término dará derecho al INCAA para que,
previa intimación por DIEZ (10) días corridos, declare la caducidad del
proyecto de que se trate y reclame la devolución de las sumas que se
hubieran entregado más los intereses correspondientes.
CAPITULO 09. DEL COORDINADOR CONSULTIVO
Artículo 20°. El INCAA designará un coordinador consultivo, que será un
profesional de reconocida trayectoria y prestigio en el ámbito de los
cortometrajes de animación.
Las funciones del mismo será la de ofrecer orientación profesional a
directores y técnicos principales de los cortometrajes y observar el
cumplimiento de las distintas etapas de la producción de la animación
del cortometraje.
CAPITULO 10. DE LAS DISPOSICIONES GENERALES
Artículo 21°.- La participación en el concurso implica la autorización
a favor del INCAA de lo dispuesto en el art. 20° de la Resolución N°
151/2013/INCAA (plan de fomento).
Artículo 22°.- La liberación de las sumas aportadas por el Organismo estará sujeta a disponibilidad presupuestaria.
Artículo 23°.- La mención en la presente de las Resoluciones N°
151/2013/INCAA (plan de fomento) y 439/2014/INCAA debe entenderse como
la obligación de dar cumplimiento a lo dispuesto por las mismas o
aquellas que las reemplacen en el futuro.
Artículo 24°. Para todos los efectos de la Resolución que aprueba las
presentes Bases y Condiciones, las partes se someten a la jurisdicción
de los Juzgados Nacionales del Fuero Contencioso Administrativo Federal.
Artículo 25°. Regístrese, comuníquese, publíquese, dese a la Dirección Nacional de Registro Oficial y archívese.
ANEXO II
REQUISITOS PARA LA PRESENTACION DE LOS PROYECTOS
Los Proyectos deberán presentarse en sobre cerrado, en forma personal
de 10 a 17 hs. ante la Mesa de Entradas del INCAA, o enviarse por
correo postal a Lima 319, Piso 1°, Código Postal C1073AAG, desde el 20
de MARZO de 2015 hasta el 22 de JUNIO de 2015 inclusive, tomándose para
este último caso la fecha de imposición de la oficina de correos
respectiva. El sobre deberá estar dirigido a:
CONCURSO DE CORTOMETRAJES DE ANIMACIÓN
“ANIMATE 2015”
Deberá consignarse en el exterior del sobre:
1) Título del Proyecto.
2) Técnica de Animación
3) Nombre y apellido de los presentantes, número de documento,
nacionalidad, domicilio, teléfonos, dirección de correo electrónico.
En su interior el sobre deberá contener:
En soporte digital (cd, dvd o pendrive) formato PDF con los siguientes materiales:
1) Ficha de datos personales según Anexo V de la presente Resolución.
2) Sinopsis corta de hasta 250 caracteres.
3) Sinopsis desarrollada de hasta UNA (1) carilla de 2000 caracteres.
4) Guión.
5) Diseño de personajes (bocetos, expresiones, giro de personajes, etc.).
6) Al menos 3 (TRES) piezas originales de arte conceptual, ambientes o fondos.
7) Referencias artísticas y estéticas que se tomen como influencia en el desarrollo visual de la película (opcional).
8) Storyboard de al menos 1/3 (UN TERCIO) del cortometraje.
9) Carta de motivación del director/es con fundamentación de propuesta estética y conceptual de hasta DOS (2) carillas.
10) Breve explicación de la técnica a utilizar y desglose de
requerimientos materiales para el desarrollo de la producción de hasta
DOS (2) carillas.
11) Curriculum vitae del director/es.
12) Presupuesto (Presupuesto desglosado por rubros, según lo
establecido en la Resolución 439/2014/INCAA, y de acuerdo al formato
del Anexo IV de la presente resolución. En caso que lo presupuestado
supere el monto del premio del Concurso, debe presentarse Plan
Económico según Resolución N° 439/2014/INCAA, con la constancia de los
aportes de capital, bienes o servicios a efectuar por el concursante o
por terceros, con cartas de intención de dichos aportes con firma
certificada).
13) Plan y Diseño de Producción (diagrama de tiempos de preproducción, rodaje y post-producción).
14) Plan Financiero (según lo establecido en la Resolución
439/2014/INCAA y de acuerdo al formato del Anexo IV de la presente
resolución, es el presupuesto dividido en las distintas etapas:
preproducción, rodaje y postproducción).
En el mismo cd, dvd o pendrive deberá incluirse una carpeta llamada “ANIMACIONES” conteniendo:
15) Prueba de animación vinculada al proyecto de al menos DIEZ (10)
segundos y/o muestra de trabajos de animación anteriores
(cortometrajes, reels, etc.) en formato Quicktime códec H264, mp4,
m,4v, mpeg, flv o avi.
En soporte papel deberá contener lo siguiente:
1) Ficha de datos personales según Anexo V de la presente Resolución.
2) Constancia de depósito del guion en la Dirección Nacional de Derecho de Autor, en copia autenticada.
3) Autorización del autor del guion (en caso de ser persona distintas
al/los presentantes). Las autorizaciones deberán contener las firmas de
los autorizantes certificadas por escribano público o entidad bancaria.
4) En el caso de presentantes extranjeros, documentación de la que
resulte la residencia de los últimos DOS (2) años en el país, pudiendo
consistir la misma en contrato de alquiler, boletas de pago de
impuestos o servicios, recibo de trabajo en relación de dependencia,
etc., debiendo resultar de dicha documentación la antigüedad de la
residencia requerida para participar en el concurso.
5) Declaración jurada según Resolución N° 2583/2009/INCAA.
6) Carta del/los presentantes que tendrá carácter de Declaración
Jurada, manifestando que no se ha iniciado la producción de la
animación del proyecto inscripto al presente concurso.
ANEXO III
REQUISITOS GENERALES PARA LA ENTREGA DE LA PELÍCULA EN EL SOPORTE DIGITAL OBLIGATORIO
Los puntos 1) y 2) son obligatorios para todos los supuestos.
1) DISCO RÍGIDO EXTERNO CON FORMATO NTFS (con conectividad USB 2.0 ó
3.0) o PENDRIVE USB 3.0, conteniendo DOS (2) archivos de la película en
formato HD y SD.
• Calidad HD
Quiqktime (.mov)
Resolución: 1920 x 1080 pixels
Codecs: Apple Pro Res 422 HQ o Avid DNxHD 185 o versiones superiores
Frame rate: 25 fps
Nivel de color: ITU-709
Canales de audio: 2 (estéreo)
Audio Sample Rate: 48 kHz
Audio Bit Depth: 16 ó 24 bits
• Calidad SD
Quicktime (.mov)
Video:
Compresión: DV50
Norma: PAL
Frame size: 720 x 576
Frame rate: 25 fps (50i)
Entrelazado: Lower first
Aspect Radio: 4:3
Audio
Codec: Big Endian (uncompressed) 16 bits
Frecuencia 48.000 Hz
Stereo
2) Soporte Blue-Ray, resolución 1920 x 1080, 25p, con sonido estéreo
2.0 obligatorio, y 5.1 ó 7.1 opcional, sin código de región, de la
película presentada.
ANEXO IV
ANEXO V
e. 27/03/2015 N° 20838/15 v. 27/03/2015