MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS
Resolución 181/2015
Bs. As., 27/3/2015
VISTO el Expediente N° S01:0265641/2014 del Registro del MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS, y
CONSIDERANDO:
Que por el expediente mencionado en el Visto tramita la aprobación del
Plan de Acción y Presupuesto para el Ejercicio 2015 formulado por la
empresa NACIÓN LEASING SOCIEDAD ANÓNIMA, actuante en el área del
MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS.
Que la Ley de Administración Financiera y de los Sistemas de Control
del Sector Público Nacional N° 24.156 y sus modificaciones, contiene en
el Título II, Capítulo III, el Régimen presupuestario de Empresas
Públicas, Fondos Fiduciarios y Entes Públicos no comprendidos en la
Administración Nacional.
Que obra en el expediente señalado, el informe favorable sobre la
medida propiciada de la OFICINA NACIONAL DE PRESUPUESTO dependiente de
la SUBSECRETARÍA DE PRESUPUESTO de la SECRETARÍA DE HACIENDA del
MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS.
Que el Artículo 49 de la mencionada ley y el Decreto N° 1.344 de fecha
4 de octubre de 2007 por el cual se aprueba el Reglamento de la Ley N°
24.156 y sus modificaciones, determinan que es facultad del MINISTERIO
DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS la aprobación de la presente medida.
Por ello,
EL MINISTRO DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS
RESUELVE:
ARTÍCULO 1° — Apruébase el Plan de Acción y Presupuesto para el
Ejercicio 2015 de la empresa NACIÓN LEASING SOCIEDAD ANÓNIMA actuante
en el área del MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS, de acuerdo
al detalle que figura en los Anexos I y II adjuntos a la presente
resolución, respectivamente.
ARTÍCULO 2° — Estímanse en la suma de PESOS TRESCIENTOS NOVENTA Y CINCO
MILLONES OCHENTA Y SIETE MIL TRESCIENTOS CUARENTA Y NUEVE ($
395.087.349) los ingresos de operación y fíjanse en la suma de PESOS
NOVENTA Y CUATRO MILLONES CUATROCIENTOS CINCUENTA Y SIETE MIL
OCHOCIENTOS SESENTA Y NUEVE ($ 94.457.869) los gastos de operación, y
como consecuencia de ello apruébase el Resultado Operativo (GANANCIA DE
OPERACIÓN) estimado en PESOS TRESCIENTOS MILLONES SEISCIENTOS
VEINTINUEVE MIL CUATROCIENTOS OCHENTA ($ 300.629.480), de acuerdo al
detalle que figura en las planillas del Anexo II a la presente
resolución.
ARTÍCULO 3° — Estímanse en la suma de PESOS TRESCIENTOS NOVENTA Y SIETE
MILLONES NOVECIENTOS UN MIL SETECIENTOS SETENTA Y DOS ($ 397.901.772)
los ingresos corrientes y fíjanse en la suma de PESOS TRESCIENTOS
CUARENTA MILLONES SEISCIENTOS TREINTA Y OCHO MIL SEISCIENTOS SESENTA Y
DOS ($ 340.638.662) los gastos corrientes, y como consecuencia de ello
apruébase el Resultado Económico (AHORRO) estimado en PESOS CINCUENTA Y
SIETE MILLONES DOSCIENTOS SESENTA Y TRES MIL CIENTO DIEZ ($
57.263.110), de acuerdo con el detalle que figura en las planillas del
Anexo II a la presente resolución.
ARTÍCULO 4° — Estímanse en la suma de PESOS SEISCIENTOS SESENTA Y SIETE
MIL CUATROCIENTOS TRES ($ 667.403) los ingresos de capital y fíjanse en
la suma de PESOS QUINIENTOS SETENTA Y CINCO MIL TREINTA Y TRES ($
575.033) los gastos de capital, y como consecuencia de ello en
conjunción con el Resultado Económico establecido en el Artículo 3° de
la presente resolución, estímase el Resultado Financiero (SUPERÁVIT)
para el Ejercicio 2015 en PESOS CINCUENTA Y SIETE MILLONES TRESCIENTOS
CINCUENTA Y CINCO MIL CUATROCIENTOS OCHENTA ($ 57.355.480), de acuerdo
con el detalle obrante en las planillas del Anexo II a la presente
resolución.
ARTÍCULO 5° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del
Registro Oficial y archívese. — Dr. AXEL KICILLOF, Ministro de Economía
y Finanzas Públicas.
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la
edición web del BORA —www.boletinoficial.gov.ar— y también podrán ser
consultados en la Sede Central de esta Dirección Nacional (Suipacha 767
- Ciudad Autónoma de Buenos Aires).
e. 06/04/2015 Nª 22635/15 v. 06/04/2015
(Nota Infoleg:
Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la
edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el
siguiente link: Anexos)