MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL
Decreto 705/2015
Dase por designado el Director Nacional para Adolescentes Infractores a la Ley Penal.
Bs. As., 28/4/2015
VISTO la Ley N° 27.008, los Decretos N° 491 del 12 de marzo de 2002, N°
20 del 10 de diciembre de 2007, N° 28 del 12 de diciembre de 2007 y N°
2098 del 3 de diciembre de 2008, y
CONSIDERANDO:
Que por las Leyes de Presupuesto General de la Administración Nacional
N° 26.895 y 27.008 se prorroga el congelamiento de los cargos vacantes
financiados existentes a la fecha de sanción de las mismas en las
Jurisdicciones y Entidades de la Administración Nacional y de los que
queden vacantes con posterioridad, salvo decisión fundada del JEFE DE
GABINETE DE MINISTROS.
Que las facultades otorgadas al JEFE DE GABINETE DE MINISTROS podrán ser asumidas por el PODER EJECUTIVO NACIONAL.
Que por el Decreto N° 491/02 el PODER EJECUTIVO NACIONAL reasumió el
control directo de todas las designaciones de personal, en el ámbito de
la Administración Pública Nacional, en cargos de planta permanente y no
permanente.
Que por el Decreto N° 20/07 se aprobó la estructura organizativa del
MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL hasta el primer nivel operativo.
Que por Decreto N° 28/07 se aprobó la estructura organizativa de primer
nivel operativo de la SECRETARIA NACIONAL DE NIÑEZ, ADOLESCENCIA Y
FAMILIA.
Que en el ámbito de la SECRETARIA NACIONAL DE NIÑEZ, ADOLESCENCIA Y
FAMILIA del MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL, se encuentra vacante el
cargo de Director Nacional para Adolescentes Infractores a la Ley
Penal, el cual resulta indispensable cubrir transitoriamente con el
objeto de asegurar el normal desenvolvimiento de la jurisdicción.
Que tal requerimiento implica resolver la cobertura de dicho cargo
mediante una excepción a las pautas generales de selección para el
acceso a la función, y por el término de ciento ochenta (180) días,
contados a partir de la fecha de la presente medida.
Que el Lic. José Antonio RODRIGUEZ (D.N.I. N° 12.557.045) reúne los
requisitos de idoneidad y experiencia necesarios para cubrir el
referido cargo.
Que ha tomado la intervención que le compete la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL.
Que la presente medida se dicta en ejercicio de las atribuciones
conferidas por el artículo 99, inciso 1 de la CONSTITUCION NACIONAL,
los artículos 7° y 10 de la Ley N° 26.895, los artículos 7° y 10 de la
Ley N° 27.008 y el artículo 1° del Decreto N° 491/02.
Por ello,
LA PRESIDENTA DE LA NACION ARGENTINA
DECRETA:
Artículo 1° — Dáse por
designado, a partir del 7 de diciembre de 2014, con carácter
transitorio y por el término de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles
contados a partir de la fecha de la presente medida, al agente Lic.
José Antonio RODRIGUEZ (D.N.I. N° 12.557.045) en el cargo Nivel A -
Grado 0, Función Ejecutiva II de Director Nacional para Adolescentes
Infractores a la Ley Penal, dependiente de la SUBSECRETARIA DE DERECHOS
PARA LA NIÑEZ, ADOLESCENCIA Y FAMILIA, dependiente de la SECRETARIA
NACIONAL DE NIÑEZ, ADOLESCENCIA Y FAMILIA del MINISTERIO DE DESARROLLO
SOCIAL, con autorización excepcional por no reunir los requisitos
mínimos de acceso al nivel establecidos en el artículo 14 del Sistema
Nacional de Empleo Público (SINEP) aprobado por el Convenio Colectivo
de Trabajo Sectorial, homologado por Decreto N° 2098 de fecha 3 de
diciembre de 2008 y autorizándose el correspondiente pago de la Función
Ejecutiva de Nivel II del Sistema Nacional de Empleo Público (SINEP),
con carácter de excepción a lo dispuesto por el artículo 7° de la Ley
N° 26.895 y el artículo 7° de la Ley N° 27.008.
Art. 2° — El cargo involucrado
en el artículo 1° deberá ser cubierto de conformidad con los requisitos
y sistemas de selección vigentes según lo establecido, en los Títulos
II, Capítulos III, IV, VIII y IV del Sistema Nacional de Empleo Público
(SINEP), aprobado por el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial
homologado por Decreto N° 2098/08, dentro del plazo de CIENTO OCHENTA
(180) días hábiles contados a partir de la fecha de la presente medida.
Art. 3° — El gasto que demande
el cumplimiento del presente decreto será atendido con cargo a las
partidas específicas del presupuesto de la SECRETARIA NACIONAL DE
NIÑEZ, ADOLESCENCIA Y FAMILIA del MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL.
Art. 4° — Comuníquese,
publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y
archívese. — FERNANDEZ DE KIRCHNER. — Aníbal D. Fernández. — Alicia M.
Kirchner.