COMISIÓN FEDERAL DE IMPUESTOS

Resolución 223/2015

Ciudad Autónoma de Buenos Aires, 24/4/2015

VISTO

El punto n° 3 del Orden del Día de la 116° Reunión de Plenario de Representantes, de fecha 22 de abril de 2015, y la Resolución de Comité Ejecutivo N° 845/15, y

CONSIDERANDO:

Que en el punto del orden del día indicado, se puso a consideración del Plenario de representantes la Resolución de Comité Ejecutivo N° 845/15;

Que la resolución referida aprueba el Pliego de Bases y Condiciones del Llamado a Concurso para el Cargo de Asesor Económico Financiero de la Comisión Federal de Impuestos y el Perfil del mismo;

Que en la 116° reunión de Plenario de Representantes, se dispuso ratificar la Resolución 845/15;

Que la presente se dicta en los términos del art. 4° del Reglamento Interno.

Por ello,

EL PLENARIO DE REPRESENTANTES DE LA COMISIÓN FEDERAL DE IMPUESTOS

RESUELVE:

ARTICULO 1° — Ratifícase la Resolución N° 845/15 de Comité Ejecutivo.

ARTICULO 2° — Establécese el cronograma de plazos dispuesto por la Comisión Consultiva, y agréguese como Anexo I a la presente Resolución, los anexos de la Resolución Comité Ejecutivo Nº 845/15 con las adecuaciones de plazos referidas.

ARTICULO 3° — REGÍSTRESE, COMUNÍQUESE, DESE a la Dirección Nacional del Registro Oficial para su publicación en el Boletín Oficial, PUBLÍQUESE en el Sector público de la página web del organismo, y oportunamente ARCHÍVESE. — Dr. JUAN CARLOS CHIRINO, Director Ejecutivo, Comisión Federal de Impuestos. — Cr. JORGE G. JIMÉNEZ, Presidente.

ANEXO

PLIEGO Y BASES DEL CONCURSO DE ASESOR ECONÓMICO - FINANCIERO DE LA COMISIÓN FEDERAL DE IMPUESTOS

Se llama a concurso, mediante Convocatoria Abierta, en el cual podrán participar todos los postulantes que se hubieren desempeñado o se desempeñen en Organismos del ámbito de la administración pública nacional o provincial, y que reúnan los requisitos mínimos para cubrir el cargo.

1.- DESCRIPCIÓN DEL PUESTO Y DEL PERFIL REQUERIDO.

Ver Perfil del Concurso.

2.- PROCESO DE SELECCIÓN.

Consistirá en: Evaluación de Antecedentes Curriculares y Laborales, y Evaluación mediante Entrevista Laboral. Cada una de las etapas se dará por aprobada o desaprobada siendo las mismas excluyentes en orden sucesivo.

a) Evaluación de Antecedentes Curriculares y Laborales: Consistirá en la evaluación de los Antecedentes Curriculares y de los Laborales pertinentes específicamente vinculados al cargo concursado, de acuerdo con los requisitos exigidos y conforme al Anexo I del presente. Accederán a la siguiente etapa quienes hayan obtenido al menos SESENTA (60) puntos promedio entre ambos ítems.

b) Evaluación Técnica y Laboral mediante Entrevista: Consistirá en la realización de UNA (1) entrevista basada en una Guía de Preguntas confeccionada al efecto por el Comité de Selección, mediante la cual se evaluarán los conocimientos técnicos requeridos y las demás competencias laborales exigidas en las Bases del Concurso. La Guía de Preguntas será las mismas para la totalidad de los postulantes que se evalúen en esta etapa. Aprobarán aquellos postulantes que hayan obtenido al menos SESENTA (60) puntos. Puntaje Máximo: CIEN (100) puntos.

3. FACTORES DE PONDERACIÓN, CALIFICACIÓN DE LOS POSTULANTES Y ORDEN DE MÉRITO.

Solamente integrarán el orden de mérito los aspirantes que aprueben todas las etapas del proceso de selección.

La calificación final es el producto de la sumatoria de los siguientes factores:

- Evaluación de antecedentes Curriculares y Laborales: 50%, repartidos de la siguiente manera: 20% por antecedentes de Formación y 30% por antecedentes Laborales.

- Evaluación Técnica y Laboral: 50%.

De tal modo que el mayor puntaje a obtener es 100 puntos y el menor puntaje a conseguir para integrar el Orden de Mérito es de 60 puntos. En caso de empate en las calificaciones totales entre DOS (2) o más postulantes se considerará el puntaje obtenido en la segunda etapa; de persistir la paridad se considerará el puntaje obtenido en la ponderación de los antecedentes laborales, de subsistir la igualdad, se ordenará según el puntaje correspondiente los Antecedentes de Formación.

El Comité de Selección elaborará el Orden de Mérito conforme a los resultados de las etapas, dejando constancia en el Acta respectiva.

4.- INTEGRANTES DEL COMITÉ DE SELECCIÓN.

El Comité de Selección está integrado por SEIS (6) miembros titulares designados Integrantes titulares:

I. Señor Presidente de la Comisión Federal de Impuestos.

II. Señor Representante Titular de la Provincia de Buenos Aires.

III. Señor Representante Titular de la Provincia de Córdoba.

IV. Señor Representante Titular de la Provincia de Entre Ríos.

V. Señor Representante Titular del Estado Nacional.

VI. Señor Representante Titular de la Provincia de Santa Fe.

El Curriculum Profesional de cada uno de los integrantes se encuentra disponible en la Comisión Federal de Impuestos a pedido de los interesados.

Para el caso que alguno de los Señores Representantes Titulares no pueda integrar el Comité de Selección, podrá designar, mediante nota o instrumento pertinente al Representante Suplente.

El Comité podrá sesionar con un mínimo de CUATRO (4) de sus miembros.

5.- RECUSACIÓN Y EXCUSACION CON EXPRESIÓN DE CAUSA.

Sólo se admitirán recusaciones y excusaciones con fundamento en las causales previstas en los artículos 17 y 30 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación, respectivamente. La recusación deberá ser deducida por el aspirante en el momento de su inscripción y la excusación de los miembros del Comité de Selección, en oportunidad del conocimiento de la lista definitiva de los inscriptos. Si la causal fuere sobreviniente o conocida con posterioridad, las recusaciones y excusaciones deberán interponerse antes de que el referido órgano se expida.

No será nunca motivo de excusación el parentesco con otros funcionarios que intervengan en cumplimiento de sus deberes.

Para el caso de existir causales de excusación o recusación de alguno de los miembros del Comité Selección este será reemplazado por el Representante Suplente de su misma jurisdicción.

6.- COLABORADORES DEL COMITÉ DE SELECCIÓN.


El Comité de Selección podrá convocar a técnicos, profesionales, docentes universitarios o entidades de reconocida solvencia para colaborar con el diseño, preparación y ejecución de las etapas previstas en el presente régimen. No obstante, la valoración de cada aspirante en cada etapa es responsabilidad indelegable de los integrantes del Comité de Selección.

7.- IMPUGNACIÓN.

Contra el Acta de Propuesta de Designación sólo podrá deducirse, en forma fundada y explicitando las causales, el recurso frente al Comité Ejecutivo y/o, en su caso, el Plenario de Representantes, siendo este último la máxima autoridad para la resolución del conflicto. Las impugnaciones sólo podrán basarse en error material, vicios de forma o de procedimiento, o en la existencia de arbitrariedad manifiesta. No serán consideradas las que constituyan una simple expresión de disconformidad del postulante con el puntaje obtenido”.

El plazo para interponer el recurso frente al Comité Ejecutivo es de DIEZ (10) días corridos, contados a partir de la notificación de la mentada Acta, debiendo ser tratado en la primera reunión posterior a su presentación.

El plazo para deducir el recurso frente al Plenario de Representantes es de DIEZ (10) días corridos, contados a partir de la notificación de la Resolución del Comité Ejecutivo, debiendo ser tratado en la primera reunión posterior a su presentación.

La interposición de los recursos mencionados precedentemente tendrá efecto devolutivo.

Si a raíz de una impugnación presentada contra la etapa de Evaluación de Antecedentes Curriculares y Laborales, el Comité Ejecutivo o el Plenario de Representantes de la Comisión Federal de Impuestos rectificaran el puntaje otorgado a un postulante, resultando éste igual o superior al exigido a los postulantes para acceder a la etapa de la Evaluación Técnica y Laboral, prevista en el apartado b) del artículo 2 del presente pliego, el Comité de Selección deberá entrevistar a dicho postulante y calificarlo conforme lo previsto en el referido apartado.

8.- CRONOGRAMA.

La Publicación será realizada a través de la página web de la Comisión Federal de Impuestos y en el Boletín Oficial. Asimismo se notificará de la Convocatoria a Organismos de similares características y a la Federación Argentina de Consejos Profesionales de Ciencias Económicas.

I.- La apertura de la inscripción:

Los aspirantes podrán realizar las consultas pertinentes respecto a la inscripción a partir del 27 de abril del 2015 al 15 de mayo de 2015.

La inscripción obligatoria, por vía impresa, se realizará a partir del día 5 de mayo de 2015 hasta el día 26 de mayo de 2015, de 12 a 18 hs., en calle Hipólito Yrigoyen 250 9° piso - oficina 929 (C.A.B.A).

II.- La nómina de inscriptos y la lista de admitidos y no admitidos estarán disponibles a partir del 1 de junio de 2015 en la página WEB de la Comisión Federal de Impuestos.

III.- La Evaluación de Antecedentes Curriculares y Laborales será efectuada el 4 de junio de 2015 y estará disponible en la página WEB de la Comisión Federal de Impuestos.

IV.- La Evaluación Laboral mediante entrevista será realizada a partir de la aprobación de la Evaluación anterior y hasta el 12 de junio de 2015. Los resultados de las mismas serán publicados en la web luego de 2 días de finalizada la etapa.

V.- El Orden de Mérito estará disponible en la página WEB de la Comisión Federal de Impuestos a partir del 15 de junio de 2015.

VI.- El Comité de Selección, elevará a las reuniones, convocadas al efecto, de Comité Ejecutivo y Plenario de Representantes de la Comisión Federal de Impuestos, el Acta de Propuesta de Designación, conforme surja del resultado del concurso.

La persona designada, mediante Resolución de Plenario de Representantes, deberá comenzar a prestar servicio dentro de los QUINCE (15) días corridos de notificado de la designación. Si vencido ese plazo no hubiere comenzado a prestar servicio, se designará al siguiente candidato en el orden de mérito.

9.- DOCUMENTACIÓN.

Para participar del Concurso el postulante deberá presentar:

a) Formulario de “Solicitud y Ficha de Inscripción” (Anexo II) debidamente completado y cuyos datos volcados por el postulante presentan carácter de declaración jurada. El Formulario debe ser firmado en todas sus hojas junto con UN (1) currículum vitae actualizado. El postulante sólo deberá declarar y certificar los antecedentes de formación y laborales que guarden directa relación con el perfil de requisitos para el puesto de trabajo que se postule.

b) Declaración jurada de satisfacer los requisitos previstos para el cargo que se postula (Anexo III). Deberá redactar la declaración jurada pertinente que establezca el cumplimiento de los requisitos exigidos para el cargo que se postula.

c) Declaración Jurada “Constancia de Recepción y Aceptación del Reglamento y Bases del Concurso” (Anexo IV), reconociendo aceptar las condiciones establecidas por la normativa que regula los procesos de selección en general, las condiciones específicas que regulan el proceso en el que se inscribe, la dirección de la página WEB en la que se divulgarán las informaciones, los resultados respectivos y las Bases del Concurso.

d) Fotocopia de los certificados de estudios formales y de la documentación que respalde toda otra información volcada en el Formulario “Solicitud y Ficha de Inscripción”. Los interesados deberán concurrir a la inscripción con la documentación original y copias que respalden la información declarada. Se procederá a su correspondiente constatación y certificación, no siendo necesario que dichas copias estén autenticadas por escribano. La ausencia de lo requerido o la falta de presentación de la documentación original llevará a no considerar el antecedente declarado.

e) Presentación de postulaciones: los postulantes deberán realizar obligatoriamente la presentación en forma impresa, así como constituir domicilio dentro del radio de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a los fines de practicar las correspondientes notificaciones.

10.- INFORMES.

Toda información relacionada con el presente podrá solicitarse en la sede del Comité de Selección calle Hipólito Yrigoyen 250 - 9° piso - oficina 929 (C.A.B.A.) de lunes a viernes de 12:00 hs. a 17:00 hs. y/o a través de los siguientes mails: nrozad@mecon.gov.ar; diego_valiero@entrerios.gov.ar; pchamorro@santafe.gov.ar

11.-OTRAS DISPOSICIONES.

- Todos los datos registrados en el trámite de inscripción tendrán carácter de declaración jurada y cualquier inexactitud que se compruebe dará lugar a la exclusión del postulante.

- Una vez entregada la Solicitud y Ficha de Inscripción, el interesado no podrá añadir información o documentación adicional, ni modificar los datos consignados.

- La inscripción deberá ser efectuada personalmente o por poder debidamente acreditado.

- La inscripción quedará invalidada por la falta de la firma del postulante en cada hoja del Formulario “Solicitud y Ficha de Inscripción” y de la Declaración Jurada.

- En las inscripciones que se realicen por poder o por correo el postulante deberá volver a firmar personalmente dichos formularios antes de su presentación a la primera prueba.

- Se deberá comunicar una dirección de correo electrónico, que en caso de no disponerse se genera gratuitamente de Internet, en la cual serán válidas todas las notificaciones que se produzcan como consecuencia del proceso de selección.

- Quedará excluido del proceso de selección sin más trámite quien no concurriera a las actividades previstas para la realización de las etapas del presente proceso de selección.

- Los postulantes que no integren el Orden de Mérito Definitivo podrán retirar las documentaciones presentadas luego de la publicación del mismo, en la sede de la Comisión Federal de Impuestos. Luego de 45 días de guarda, si la documentación no es retirada será destruida.







e. 06/05/2015 N° 31930/15 v. 06/05/2015