COMISIÓN FEDERAL DE IMPUESTOS
Resolución 223/2015
Ciudad Autónoma de Buenos Aires, 24/4/2015
VISTO
El punto n° 3 del Orden del Día de la 116° Reunión de Plenario de
Representantes, de fecha 22 de abril de 2015, y la Resolución de Comité
Ejecutivo N° 845/15, y
CONSIDERANDO:
Que en el punto del orden del día indicado, se puso a consideración del
Plenario de representantes la Resolución de Comité Ejecutivo N° 845/15;
Que la resolución referida aprueba el Pliego de Bases y Condiciones del
Llamado a Concurso para el Cargo de Asesor Económico Financiero de la
Comisión Federal de Impuestos y el Perfil del mismo;
Que en la 116° reunión de Plenario de Representantes, se dispuso ratificar la Resolución 845/15;
Que la presente se dicta en los términos del art. 4° del Reglamento Interno.
Por ello,
EL PLENARIO DE REPRESENTANTES DE LA COMISIÓN FEDERAL DE IMPUESTOS
RESUELVE:
ARTICULO 1° — Ratifícase la Resolución N° 845/15 de Comité Ejecutivo.
ARTICULO 2° — Establécese el cronograma de plazos dispuesto por la
Comisión Consultiva, y agréguese como Anexo I a la presente Resolución,
los anexos de la Resolución Comité Ejecutivo Nº 845/15 con las
adecuaciones de plazos referidas.
ARTICULO 3° — REGÍSTRESE, COMUNÍQUESE, DESE a la Dirección Nacional del
Registro Oficial para su publicación en el Boletín Oficial, PUBLÍQUESE
en el Sector público de la página web del organismo, y oportunamente
ARCHÍVESE. — Dr. JUAN CARLOS CHIRINO, Director Ejecutivo, Comisión
Federal de Impuestos. — Cr. JORGE G. JIMÉNEZ, Presidente.
ANEXO
PLIEGO Y BASES DEL CONCURSO DE ASESOR ECONÓMICO - FINANCIERO DE LA COMISIÓN FEDERAL DE IMPUESTOS
Se llama a concurso, mediante Convocatoria Abierta, en el cual podrán
participar todos los postulantes que se hubieren desempeñado o se
desempeñen en Organismos del ámbito de la administración pública
nacional o provincial, y que reúnan los requisitos mínimos para cubrir
el cargo.
1.- DESCRIPCIÓN DEL PUESTO Y DEL PERFIL REQUERIDO.
Ver Perfil del Concurso.
2.- PROCESO DE SELECCIÓN.
Consistirá en: Evaluación de Antecedentes Curriculares y Laborales, y
Evaluación mediante Entrevista Laboral. Cada una de las etapas se dará
por aprobada o desaprobada siendo las mismas excluyentes en orden
sucesivo.
a) Evaluación de Antecedentes Curriculares y Laborales: Consistirá en
la evaluación de los Antecedentes Curriculares y de los Laborales
pertinentes específicamente vinculados al cargo concursado, de acuerdo
con los requisitos exigidos y conforme al Anexo I del presente.
Accederán a la siguiente etapa quienes hayan obtenido al menos SESENTA
(60) puntos promedio entre ambos ítems.
b) Evaluación Técnica y Laboral mediante Entrevista: Consistirá en la
realización de UNA (1) entrevista basada en una Guía de Preguntas
confeccionada al efecto por el Comité de Selección, mediante la cual se
evaluarán los conocimientos técnicos requeridos y las demás
competencias laborales exigidas en las Bases del Concurso. La Guía de
Preguntas será las mismas para la totalidad de los postulantes que se
evalúen en esta etapa. Aprobarán aquellos postulantes que hayan
obtenido al menos SESENTA (60) puntos. Puntaje Máximo: CIEN (100)
puntos.
3. FACTORES DE PONDERACIÓN, CALIFICACIÓN DE LOS POSTULANTES Y ORDEN DE MÉRITO.
Solamente integrarán el orden de mérito los aspirantes que aprueben todas las etapas del proceso de selección.
La calificación final es el producto de la sumatoria de los siguientes factores:
- Evaluación de antecedentes Curriculares y Laborales: 50%, repartidos
de la siguiente manera: 20% por antecedentes de Formación y 30% por
antecedentes Laborales.
- Evaluación Técnica y Laboral: 50%.
De tal modo que el mayor puntaje a obtener es 100 puntos y el menor
puntaje a conseguir para integrar el Orden de Mérito es de 60 puntos.
En caso de empate en las calificaciones totales entre DOS (2) o más
postulantes se considerará el puntaje obtenido en la segunda etapa; de
persistir la paridad se considerará el puntaje obtenido en la
ponderación de los antecedentes laborales, de subsistir la igualdad, se
ordenará según el puntaje correspondiente los Antecedentes de Formación.
El Comité de Selección elaborará el Orden de Mérito conforme a los
resultados de las etapas, dejando constancia en el Acta respectiva.
4.- INTEGRANTES DEL COMITÉ DE SELECCIÓN.
El Comité de Selección está integrado por SEIS (6) miembros titulares designados Integrantes titulares:
I. Señor Presidente de la Comisión Federal de Impuestos.
II. Señor Representante Titular de la Provincia de Buenos Aires.
III. Señor Representante Titular de la Provincia de Córdoba.
IV. Señor Representante Titular de la Provincia de Entre Ríos.
V. Señor Representante Titular del Estado Nacional.
VI. Señor Representante Titular de la Provincia de Santa Fe.
El Curriculum Profesional de cada uno de los integrantes se encuentra
disponible en la Comisión Federal de Impuestos a pedido de los
interesados.
Para el caso que alguno de los Señores Representantes Titulares no
pueda integrar el Comité de Selección, podrá designar, mediante nota o
instrumento pertinente al Representante Suplente.
El Comité podrá sesionar con un mínimo de CUATRO (4) de sus miembros.
5.- RECUSACIÓN Y EXCUSACION CON EXPRESIÓN DE CAUSA.
Sólo se admitirán recusaciones y excusaciones con fundamento en las
causales previstas en los artículos 17 y 30 del Código Procesal Civil y
Comercial de la Nación, respectivamente. La recusación deberá ser
deducida por el aspirante en el momento de su inscripción y la
excusación de los miembros del Comité de Selección, en oportunidad del
conocimiento de la lista definitiva de los inscriptos. Si la causal
fuere sobreviniente o conocida con posterioridad, las recusaciones y
excusaciones deberán interponerse antes de que el referido órgano se
expida.
No será nunca motivo de excusación el parentesco con otros funcionarios que intervengan en cumplimiento de sus deberes.
Para el caso de existir causales de excusación o recusación de alguno
de los miembros del Comité Selección este será reemplazado por el
Representante Suplente de su misma jurisdicción.
6.- COLABORADORES DEL COMITÉ DE SELECCIÓN.
El Comité de Selección podrá convocar a técnicos, profesionales,
docentes universitarios o entidades de reconocida solvencia para
colaborar con el diseño, preparación y ejecución de las etapas
previstas en el presente régimen. No obstante, la valoración de cada
aspirante en cada etapa es responsabilidad indelegable de los
integrantes del Comité de Selección.
7.- IMPUGNACIÓN.
Contra el Acta de Propuesta de Designación sólo podrá deducirse, en
forma fundada y explicitando las causales, el recurso frente al Comité
Ejecutivo y/o, en su caso, el Plenario de Representantes, siendo este
último la máxima autoridad para la resolución del conflicto. Las
impugnaciones sólo podrán basarse en error material, vicios de forma o
de procedimiento, o en la existencia de arbitrariedad manifiesta. No
serán consideradas las que constituyan una simple expresión de
disconformidad del postulante con el puntaje obtenido”.
El plazo para interponer el recurso frente al Comité Ejecutivo es de
DIEZ (10) días corridos, contados a partir de la notificación de la
mentada Acta, debiendo ser tratado en la primera reunión posterior a su
presentación.
El plazo para deducir el recurso frente al Plenario de Representantes
es de DIEZ (10) días corridos, contados a partir de la notificación de
la Resolución del Comité Ejecutivo, debiendo ser tratado en la primera
reunión posterior a su presentación.
La interposición de los recursos mencionados precedentemente tendrá efecto devolutivo.
Si a raíz de una impugnación presentada contra la etapa de Evaluación
de Antecedentes Curriculares y Laborales, el Comité Ejecutivo o el
Plenario de Representantes de la Comisión Federal de Impuestos
rectificaran el puntaje otorgado a un postulante, resultando éste igual
o superior al exigido a los postulantes para acceder a la etapa de la
Evaluación Técnica y Laboral, prevista en el apartado b) del artículo 2
del presente pliego, el Comité de Selección deberá entrevistar a dicho
postulante y calificarlo conforme lo previsto en el referido apartado.
8.- CRONOGRAMA.
La Publicación será realizada a través de la página web de la Comisión
Federal de Impuestos y en el Boletín Oficial. Asimismo se notificará de
la Convocatoria a Organismos de similares características y a la
Federación Argentina de Consejos Profesionales de Ciencias Económicas.
I.- La apertura de la inscripción:
Los aspirantes podrán realizar las consultas pertinentes respecto a la
inscripción a partir del 27 de abril del 2015 al 15 de mayo de 2015.
La inscripción obligatoria, por vía impresa, se realizará a partir del
día 5 de mayo de 2015 hasta el día 26 de mayo de 2015, de 12 a 18 hs.,
en calle Hipólito Yrigoyen 250 9° piso - oficina 929 (C.A.B.A).
II.- La nómina de inscriptos y la lista de admitidos y no admitidos
estarán disponibles a partir del 1 de junio de 2015 en la página WEB de
la Comisión Federal de Impuestos.
III.- La Evaluación de Antecedentes Curriculares y Laborales será
efectuada el 4 de junio de 2015 y estará disponible en la página WEB de
la Comisión Federal de Impuestos.
IV.- La Evaluación Laboral mediante entrevista será realizada a partir
de la aprobación de la Evaluación anterior y hasta el 12 de junio de
2015. Los resultados de las mismas serán publicados en la web luego de
2 días de finalizada la etapa.
V.- El Orden de Mérito estará disponible en la página WEB de la Comisión Federal de Impuestos a partir del 15 de junio de 2015.
VI.- El Comité de Selección, elevará a las reuniones, convocadas al
efecto, de Comité Ejecutivo y Plenario de Representantes de la Comisión
Federal de Impuestos, el Acta de Propuesta de Designación, conforme
surja del resultado del concurso.
La persona designada, mediante Resolución de Plenario de
Representantes, deberá comenzar a prestar servicio dentro de los QUINCE
(15) días corridos de notificado de la designación. Si vencido ese
plazo no hubiere comenzado a prestar servicio, se designará al
siguiente candidato en el orden de mérito.
9.- DOCUMENTACIÓN.
Para participar del Concurso el postulante deberá presentar:
a) Formulario de “Solicitud y Ficha de Inscripción” (Anexo II)
debidamente completado y cuyos datos volcados por el postulante
presentan carácter de declaración jurada. El Formulario debe ser
firmado en todas sus hojas junto con UN (1) currículum vitae
actualizado. El postulante sólo deberá declarar y certificar los
antecedentes de formación y laborales que guarden directa relación con
el perfil de requisitos para el puesto de trabajo que se postule.
b) Declaración jurada de satisfacer los requisitos previstos para el
cargo que se postula (Anexo III). Deberá redactar la declaración jurada
pertinente que establezca el cumplimiento de los requisitos exigidos
para el cargo que se postula.
c) Declaración Jurada “Constancia de Recepción y Aceptación del
Reglamento y Bases del Concurso” (Anexo IV), reconociendo aceptar las
condiciones establecidas por la normativa que regula los procesos de
selección en general, las condiciones específicas que regulan el
proceso en el que se inscribe, la dirección de la página WEB en la que
se divulgarán las informaciones, los resultados respectivos y las Bases
del Concurso.
d) Fotocopia de los certificados de estudios formales y de la
documentación que respalde toda otra información volcada en el
Formulario “Solicitud y Ficha de Inscripción”. Los interesados deberán
concurrir a la inscripción con la documentación original y copias que
respalden la información declarada. Se procederá a su correspondiente
constatación y certificación, no siendo necesario que dichas copias
estén autenticadas por escribano. La ausencia de lo requerido o la
falta de presentación de la documentación original llevará a no
considerar el antecedente declarado.
e) Presentación de postulaciones: los postulantes deberán realizar
obligatoriamente la presentación en forma impresa, así como constituir
domicilio dentro del radio de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a los
fines de practicar las correspondientes notificaciones.
10.- INFORMES.
Toda información relacionada con el presente podrá solicitarse en la
sede del Comité de Selección calle Hipólito Yrigoyen 250 - 9° piso -
oficina 929 (C.A.B.A.) de lunes a viernes de 12:00 hs. a 17:00 hs. y/o
a través de los siguientes mails: nrozad@mecon.gov.ar;
diego_valiero@entrerios.gov.ar; pchamorro@santafe.gov.ar
11.-OTRAS DISPOSICIONES.
- Todos los datos registrados en el trámite de inscripción tendrán
carácter de declaración jurada y cualquier inexactitud que se compruebe
dará lugar a la exclusión del postulante.
- Una vez entregada la Solicitud y Ficha de Inscripción, el interesado
no podrá añadir información o documentación adicional, ni modificar los
datos consignados.
- La inscripción deberá ser efectuada personalmente o por poder debidamente acreditado.
- La inscripción quedará invalidada por la falta de la firma del
postulante en cada hoja del Formulario “Solicitud y Ficha de
Inscripción” y de la Declaración Jurada.
- En las inscripciones que se realicen por poder o por correo el
postulante deberá volver a firmar personalmente dichos formularios
antes de su presentación a la primera prueba.
- Se deberá comunicar una dirección de correo electrónico, que en caso
de no disponerse se genera gratuitamente de Internet, en la cual serán
válidas todas las notificaciones que se produzcan como consecuencia del
proceso de selección.
- Quedará excluido del proceso de selección sin más trámite quien no
concurriera a las actividades previstas para la realización de las
etapas del presente proceso de selección.
- Los postulantes que no integren el Orden de Mérito Definitivo podrán
retirar las documentaciones presentadas luego de la publicación del
mismo, en la sede de la Comisión Federal de Impuestos. Luego de 45 días
de guarda, si la documentación no es retirada será destruida.