CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Acordada 15/2015
Acordada N° 11/2015. Declaración.
Expediente N° 4034/00
En Buenos Aires, a los 13 días del mes de mayo del año 2015, los señores Ministros que suscriben la presente,
CONSIDERARON:
Que mediante las acordadas N° 19 del 16 de octubre de 2012 y N° 11 del
21 de abril de 2015, esta Corte designó a los miembros que actualmente
se desempeñan como Presidente y Vicepresidenta, y la continuidad de
dichas autoridades a partir del primero de enero de 2016.
Que esas designaciones fueron efectuadas con arreglo a la tradición más
antigua en el ejercicio de esta atribución y reconocida por ley (ley
13.998, de 1950, art. 21; decreto ley 1285/58, ratificado por ley
14.467, art. 21), y que se ha mantenido inalterada en todas las
composiciones de esta Corte hasta la presente fecha.
Que con particular referencia a la elección de las autoridades que se
desempeñarían a partir del 1° de enero de 2016, en el acuerdo ordinario
celebrado por el Tribunal el 14 de abril de 2015 los cuatro ministros
presentes deliberaron, inicialmente, sobre la necesidad de proceder a
llevar a cabo esas designaciones, concordando en una respuesta
afirmativa; decisión que se sustentó en una prudente ponderación de
razones de diversa naturaleza, concernientes tanto a la seguridad
jurídica —con la consecuente previsibilidad— en el Gobierno del Poder
Judicial en el marco de sus relaciones institucionales con los otros
Poderes de la Nación, con las Autoridades de Provincia y con la
Sociedad Civil; como en preservar y profundizar la ingente actuación
que la Corte viene llevando a cabo en defensa de la necesaria
independencia del Poder Judicial que exige el sistema republicano de
gobierno.
Que tras esa definición, en el acuerdo del mencionado 14 de abril, los
jueces y la jueza que integran el Tribunal deliberaron y consideraron
diversas propuestas sobre las autoridades a designar, concluyendo en el
modo que instrumenta la acordada suscripta por todos los miembros el
día del siguiente acuerdo ordinario del Tribunal, celebrado el 21 de
abril de 2015.
Que en supuestos extremos el Tribunal ha cumplido en corregir, mediante
la adecuada declaración de nulidad, situaciones resultantes de la falta
del debido acuerdo que exige el dictado de sus sentencias y otra clase
de decisiones (Fallos 233:172 y 293:698), al no haber participado ni
ser debidamente citados todos sus miembros al acuerdo respectivo.
Que esos antecedentes carecen de toda analogía con la situación que dio
lugar a la acordada N° 11/2015, en la medida en que ella fue precedida
del acuerdo celebrado por todos los miembros del Tribunal, a la par que
da cuenta fidedigna de la deliberación llevada a cabo y de los
resultados obtenidos, siendo indiferente para su validez el lugar de la
Ciudad de Buenos Aires en que fue en definitiva firmada por los
ministros y por la señora ministra, en la medida en que ha sido una
práctica inveterada del Tribunal —mantenida hasta su última
composición— la irrelevancia de que sus decisiones tomadas con arreglo
a las normas establecidas fuesen suscriptas dentro o fuera del Salón de
Acuerdos del Tribunal.
Por ello,
Acordaron:
Declarar que en la designación de autoridades efectuada por la acordada
N° 11/15 se ha puesto en ejercicio la atribución reconocida por esta
Corte por el decreto ley 1285/58, ratificado por ley 14.467,
celebrándose el acuerdo que ella instrumenta con arreglo a las normas
establecidas.
Todo lo cual dispusieron, ordenando que se comunique, publique en el
Boletín Oficial y en la página web del Tribunal y registre en el libro
correspondiente, por ante mí, que doy fe. — Ricardo L. Lorenzetti. —
Elena I. Highton de Nolasco. — Carlos S. Fayt. — Juan C. Maqueda.