MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL

SECRETARÍA DE TRABAJO

Resolución 393/2015

Bs. As., 7/4/2015

VISTO el Expediente N° 1.085.340/04 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley N° 14.250 (t.o. 2004), la Ley N° 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, y

CONSIDERANDO:

Que a fojas 1403/1405 del Expediente N° 1.085.340/04 obra el acuerdo, celebrado entre la FEDERACIÓN DEL PERSONAL JERÁRQUICO Y PROFESIONAL DE LA SECRETARIA DE ESTADO DE COMUNICACIONES Y ENCOTESA -FEJEPROC, la ASOCIACIÓN ARGENTINA DE TRABAJADORES DE LAS COMUNICACIONES (AATRAC), la FEDERACIÓN OBREROS Y EMPLEADOS DE CORREOS Y TELECOMUNICACIONES, la FEDERACIÓN DE OBREROS Y EMPLEADOS DEL CORREO OFICIAL Y PRIVADOS (FOECOP), la FEDERACIÓN ARGENTINA DE TRABAJADORES DE PRENSA, la SOCIEDAD ARGENTINA DE LOCUTORES (SAL), la UNIÓN DE TRABAJADORES DE PRENSA DE BUENOS AIRES, el CIRCULO SINDICAL DE LA PRENSA Y LA COMUNICACIÓN DE CÓRDOBA, el SINDICATO DE PRENSA DE ROSARIO y la ASOCIACIÓN DE PRENSA DE TUCUMÁN por la parte sindical y la RADIO Y TELEVISIÓN ARGENTINA SOCIEDAD DEL ESTADO —RTA SE— continuadora del SISTEMA NACIONAL DE MEDIOS PÚBLICOS SOCIEDAD DEL ESTADO por la parte empleadora, a foja 1410 obra su anexo I y a fojas 1542/1544 y 1549/1551 sus actas complementarias, en el marco del Convenio Colectivo de Trabajo de Empresa N° 32/75 “E”, de conformidad con lo establecido por la Ley N° 14.250 (t.o. 2.004).

Que mediante dichos instrumentos, las partes pactaron incrementos salariales para los trabajadores de la empleadora, con vigencia desde el 1 de agosto de 2011, conforme los detalles allí impuestos.

Que asimismo se peticiona la homologación del acuerdo obrante a fojas 1548/1551 de las presentes actuaciones, celebrado entre las mismas partes individualizadas en el primer considerando.

Que bajo dicho acuerdo las partes pactaron nuevas condiciones económicas para los trabajadores de la empleadora, en el marco del Convenio Colectivo de Trabajo de Empresa N° 32/75 “E”, conforme los detalles allí impuestos.

Que el CÍRCULO SINDICAL DE LA PRENSA Y LA COMUNICACIÓN DE CÓRDOBA no ha suscripto ni el anexo I de foja 1410 ni el acuerdo obrante a fojas 1548/1551 del Expediente citado en el Visto, a pesar de encontrarse debidamente intimado y notificado para ello, no ha comparecido.

Que la COMISIÓN TÉCNICA ASESORA DE POLÍTICA SALARIAL DEL SECTOR PÚBLICO ha tomado la intervención que le compete según consta a fojas 1584/1585 de las presentes actuaciones.

Que el ámbito de aplicación de los presentes se circunscribe a la representatividad del sector empresario firmante y el alcance de representación de las entidades sindicales signatarias emergente de sus personerías gremiales.

Que la Asesoría Legal de la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo de este Ministerio, tomó la intervención que le compete.

Que se acreditan los recaudos formales exigidos por la Ley N° 14.250 (t.o. 2004).

Que por lo expuesto, corresponde dictar el pertinente acto administrativo de homologación, de conformidad con los antecedentes mencionados.

Que una vez dictado el presente acto administrativo homologando el acuerdo alcanzado, se remitirán las presentes actuaciones a la Dirección Nacional de Regulaciones del Trabajo, a fin de evaluar la procedencia de fijar el promedio de las remuneraciones, del cual surge el tope indemnizatorio establecido en el artículo 245 de la Ley N° 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias.

Que la presente se dicta en uso de las facultades previstas en el artículo 10 del Decreto N° 200/88 y sus modificatorios.

Por ello,

LA SECRETARIA DE TRABAJO

RESUELVE:

ARTICULO 1° — Declárase homologado el acuerdo celebrado entre la FEDERACIÓN DEL PERSONAL JERÁRQUICO Y PROFESIONAL DE LA SECRETARIA DE ESTADO DE COMUNICACIONES Y ENCOTESA -FEJEPROC, la ASOCIACIÓN ARGENTINA DE TRABAJADORES DE LAS COMUNICACIONES (AATRAC), la FEDERACIÓN OBREROS Y EMPLEADOS DE CORREOS Y TELECOMUNICACIONES, la FEDERACIÓN DE OBREROS Y EMPLEADOS DEL CORREO OFICIAL Y PRIVADOS (FOECOP), la FEDERACIÓN ARGENTINA DE TRABAJADORES DE PRENSA, la SOCIEDAD ARGENTINA DE LOCUTORES (SAL), la UNIÓN DE TRABAJADORES DE PRENSA DE BUENOS AIRES, el CIRCULO SINDICAL DE LA PRENSA Y LA COMUNICACIÓN DE CÓRDOBA, el SINDICATO DE PRENSA DE ROSARIO y la ASOCIACIÓN DE PRENSA DE TUCUMÁN por la parte sindical y la RADIO Y TELEVISIÓN ARGENTINA SOCIEDAD DEL ESTADO —RTA SE— continuadora del SISTEMA NACIONAL DE MEDIOS PÚBLICOS SOCIEDAD DEL ESTADO por la parte empleadora, obrante a fojas 1403/1405 del Expediente N° 1.085.340/04, conjuntamente con el anexo I obrante a foja 1410 y con sus actas complementarias que lucen a fojas 1542/1544 y 1549/1551 del Expediente N° 1.085.340/04, de conformidad con lo establecido por la Ley 14.250 (t.o. 2.004).

ARTICULO 2° — Declárase homologado el acuerdo celebrado entre la FEDERACIÓN DEL PERSONAL JERÁRQUICO Y PROFESIONAL DE LA SECRETARIA DE ESTADO DE COMUNICACIONES Y ENCOTESA -FEJEPROC, la ASOCIACIÓN ARGENTINA DE TRABAJADORES DE LAS COMUNICACIONES (AATRAC), la FEDERACIÓN OBREROS Y EMPLEADOS DE CORREOS Y TELECOMUNICACIONES, la FEDERACIÓN DE OBREROS Y EMPLEADOS DEL CORREO OFICIAL Y PRIVADOS (FOECOP), la FEDERACIÓN ARGENTINA DE TRABAJADORES DE PRENSA, la SOCIEDAD ARGENTINA DE LOCUTORES (SAL), la UNIÓN DE TRABAJADORES DE PRENSA DE BUENOS AIRES, el SINDICATO DE PRENSA DE ROSARIO y la ASOCIACIÓN DE PRENSA DE TUCUMÁN por la parte sindical y la RADIO Y TELEVISIÓN ARGENTINA SOCIEDAD DEL ESTADO —RTA SE— continuadora del SISTEMA NACIONAL DE MEDIOS PÚBLICOS SOCIEDAD DEL ESTADO por la parte empleadora, obrante a fojas 1548/1551 del Expediente N° 1.085.340/04, de conformidad con lo establecido por la Ley 14.250 (t.o. 2.004).

ARTICULO 3° — Regístrese la presente Resolución por la Dirección General de Registro, Gestión y Archivo Documental dependiente de la SUBSECRETARIA DE COORDINACIÓN. Cumplido, pase a la Dirección de Negociación Colectiva a fin de que el Departamento Coordinación registre el acuerdo obrante a fojas 1403/1405 conjuntamente con el anexo I obrante a fojas 1410 y con sus actas complementarias que lucen a fojas 1542/1544 y 1549/1551, y registre el acuerdo obrante a fojas 1548/1551, todos del Expediente N° 1.085.340/04.

ARTICULO 4° — Notifíquese a las partes signatarias. Posteriormente pase a la Dirección Nacional de Regulaciones del Trabajo a fin de evaluar la procedencia de fijar el promedio de las remuneraciones, del cual surge el tope indemnizatorio, de acuerdo a lo establecido en el artículo 245 de la Ley N° 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias. Finalmente, procédase a la guarda del presente legajo conjuntamente con el Convenio Colectivo de Trabajo de Empresa N° 32/75 “E”.

ARTICULO 5° — Hágase saber que en el supuesto que este MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL no efectúe la publicación de carácter gratuito de los instrumentos homologados, resultará aplicable lo dispuesto en el tercer párrafo del Artículo 5° de la Ley N° 14.250 (t.o. 2004).

ARTICULO 6° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Dra. NOEMI RIAL, Secretaria de Trabajo.

Expediente N° 1.085.340/04

Buenos Aires, 08 de abril de 2015

De conformidad con lo ordenado en la RESOLUCION ST N° 393/15 se ha tomado razón del acuerdo obrante a fojas 1403/1405 conjuntamente con el Anexo I obrante a fojas 1410 y con sus actas complementarias que lucen a fojas 1542/1544 y 1549/1551 del expediente principal y del acuerdo obrante a fojas 1548/1551 del expediente de referencia, quedando registrados bajo los números 394/15 y 395/15 respectivamente. — Lic. ALEJANDRO INSUA, Registro de Convenios Colectivos, Departamento Coordinación – D.N.R.T.

ANEXO I



Expediente N° 1.085.340/04

En la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a los dos días del mes de julio de dos mil doce siendo las 13.00 hs comparecen en el MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL - Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo, por ante mí Lic. Marta B BRISA, Secretaria de Conciliación del Departamento de Relaciones Laborales N° 2 y presidente de la Comisión Negociadora constituida para la renovación de la CCT 32/75 E (RADIO NACIONAL), mediante DISPOSICIÓN D.N.R.T. N° 10/04, obrante a fs. 121/123, y DISPOSICIÓN DNRT N° 43 del 11/05/05 de fs. 397/400, los integrantes de la misma, por la FEDERACION del PERSONAL JERARQUICO Y PROFESIONAL DE LA SECRETARIA DE ESTADO DE COMUNICACIONES Y ENCOTESA-FEJEPROC, señor Horacio ZUNGRI y José Luis ORTIZ. Por ASOCIACIÓN ARGENTINA TRABAJADORES DE LAS COMUNICACIONES - AATRAC los señores David FURLAND y Daniel IBAÑEZ y Dr. Jorge G. SORIA. Por la FEDERACION OBREROS Y EMPLEADOS DE CORREOS Y TELECOMUNICACIONES-FOECYT, comparece señor Juan Carlos PUGLELLI. Por la FEDERACION DE OBREROS Y EMPLEADOS del CORREO OFICIAL Y PRIVADOS-FOECOP señor Francisco SAVOINI, denuncia nuevo domicilio Esparza 85 – CABA. Por FEDERACION ARGENTINA TRABAJADORES DE PRENSA-FATPREN señor Javier VICENTE. Por SOCIEDAD ARGENTINA DE LOCUTORES señora María Dolores LOPEZ. Por UNION TRABAJADORES DE PRENSA DE BUENOS AIRES UTPBA señores Fernando PEDERNERA y Carlos SAGLUL. Por el CIRCULO SINDICAL DE LA PRENSA Y LA COMUNICACIÓN DE CÓRDOBA (CISPREN) NO COMPARECE. Por SINDICATO DE PRENSA DE ROSARIO, señora Stella HERNANDEZ. Por ASOCIACIÓN DE PRENSA DE TUCUMÁN llamado NO COMPARECE - Y por la otra parte RADIO Y TELEVISION ARGENTINA SOCIEDAD DEL ESTADO-RTA S.E. - RADIO NACIONAL lo hacen el Dr. Carlos G. GUERRA y Lic. Roberto LUACES paritarios ratificados mediante RESOLUCIÓN N° 03/10 RTA S.E. (según expediente N° 1.368.030/10. agregado como fs. 1035. Por COMISION TÉCNICA ASESORA DE POLÍTICA SALARIAL DEL SECTOR PÚBLICO (CTAPS SP) señor Daniel SUAREZ.

Se deja constancia que el acuerdo salarial anterior es el obrante a fs. 1411/1414. -vigencia desde 1/05/2011 al 30/04/2012.

Declarado abierto el acto por el funcionario actuante se procede a requerir a las partes el cumplimiento del Dictamen de la Asesoría Técnico legal N° 2291 obrante a fs. 1527/1531 y proveído fs. 1532 Asimismo teniendo en cuenta las múltiples audiencias celebradas, la reiteración del ofrecimiento salarial por parte de RADIO NACIONAL en audiencia anterior de fecha 21/06/12, (acta fojas 1537/1540) de incremento 10% a partir 1/05/12 y 10% a partir del 1/07/12 Quedando pendiente tema ropa, se requiere a las partes manifiesten a continuación, teniendo en cuenta la exhortación formulada.

• Asimismo y en virtud del dictamen N° 2291 las partes deben manifestar si requieren la homologación del acuerdo anterior de fs. 1403/1405 y planilla salarial 1410, reiteración acta 1411/1414 y Anexo I de fs. 1419. De todo ello se envió copia a la C.T.A.P.S. SP para que se expida en el ámbito de su competencia, según constancias fs. 1451 (cédula diligenciada en fecha 15/12/11). Cedida la palabra ambas partes MANIFIESTAN que solicitan su homologación. Firmando las entidades gremiales presentes, de conformidad en este acto únicamente la escala salarial de fs. 1410.

A continuación y luego de un intercambio de opiniones entre las partes y cedida la palabra ambas partes de común acuerdo MANIFIESTAN: que solicitan un cuarto intermedio para el 10 de julio de 2012 a las horas 13 horas.

También se requiere a las partes que de aceptarse el incremento ofrecido adjunten en próxima audiencia las escalas salariales correspondientes, que deben ser ratificadas por todos los negociadores.

Se procede a entregar copia del acta de la presente audiencia a la representación de la Comisión Técnica de Política Salarial Sector Público.

En virtud de las manifestaciones vertidas por las partes, las numerosas audiencias celebradas nuevamente se exhorta a las mismas a continuar negociando de buena fe y con la mejor voluntad, a fin de lograr consenso y mantener las buenas relaciones laborales. A tal efecto se designa audiencia para el día 10 de julio de 2012 a las 13.00 hs, quedando las partes debidamente notificadas en este acto. Dando por finalizado el mismo siendo las 14.15 hs, firmando los comparecientes al pie de la presente en señal de conformidad por ante mí que así lo certifico.

Expediente N° 1.085.340/04

En la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a los diez días del mes de julio de dos mil doce siendo las 13.00 hs comparecen en el MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL - Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo, por ante mí Lic. Marta B BRISA, Secretaria de Conciliación del Departamento de Relaciones Laborales N° 2 y presidente de la Comisión Negociadora constituida para la renovación de la CCT 32/75 E (RADIO NACIONAL), mediante DISPOSICIÓN D.N.R.T. N° 10/04, obrante a fs. 121/123, y DISPOSICIÓN DNRT N° 43 del 11/05/05 de fs. 397/400, los integrantes de la misma, por la FEDERACION del PERSONAL JERARQUICO Y PROFESIONAL DE LA SECRETARIA DE ESTADO DE COMUNICACIONES Y ENCOTESA-FEJEPROC señor Horacio ZUNGRI. Por ASOCIACIÓN ARGENTINA TRABAJADORES DE LAS COMUNICACIONES - AATRAC los señores David FURLAND y Daniel IBAÑEZ y Dr. Jorge G. SORIA. Por la FEDERACION OBREROS Y EMPLEADOS DE CORREOS Y TELECOMUNICACIONES-FOECYT, comparece señor Juan Carlos PUGLELLI Por la FEDERACION DE OBREROS Y EMPLEADOS del CORREO OFICIAL Y PRIVADOS-FOECOP señor Francisco SAVOINI, denuncia nuevo domicilio Esparza 85 – CABA. Por FEDERACION ARGENTINA TRABAJADORES DE PRENSA-FATPREN señor Javier VICENTE. Por SOCIEDAD ARGENTINA DE LOCUTORES señora María Dolores LOPEZ Por UNION TRABAJADORES DE PRENSA DE BUENOS AIRES UTPBA señores Fernando PEDERNERA y Carlos SAGLUL. Por el CIRCULO SINDICAL DE LA PRENSA Y LA COMUNICACIÓN DE CÓRDOBA (CISPREN) NO COMPARECE. Por SINDICATO DE PRENSA DE ROSARIO, el señor Edgardo CARMONA -Secretario General- Por ASOCIACIÓN DE PRENSA DE TUCUMÁN el señor Oscar GIGENA -Secretario General- Y por la otra parte RADIO Y TELEVISION ARGENTINA SOCIEDAD DEL ESTADO-RTA S.E. - RADIO NACIONAL lo hacen el Dr. Carlos G. GUERRA y Lic. Roberto LUACES paritarios ratificados mediante RESOLUCIÓN N° 03/10 RTA S.E. (según expediente N° 1.368.030/10. agregado como fs. 1035. Por COMISION TÉCNICA ASESORA DE POLÍTICA SALARIAL DEL SECTOR PÚBLICO (CTAPS SP) señor Dr. Máximo CAMOGLI - DNI 25.020.184.

Se deja constancia que el acuerdo salarial anterior es el obrante a fs. 1411/1414. -vigencia desde 1/05/2011 al 30/04/2012.

Declarado abierto el acto por el funcionario actuante y teniendo en cuenta las múltiples audiencias celebradas, la reiteración del ofrecimiento salarial por parte de RADIO NACIONAL en audiencia anterior de fecha 21/06/12, (acta fojas 1537/1540) de incremento 10% a partir 1/05/12 y 10% a partir del 1/07/12, el tema ropa de trabajo y en virtud del cuarto intermedio solicitado por las partes, se requiere a las mismas manifiesten a continuación.

• Asimismo y en virtud del dictamen N° 2291 las partes deben manifestar si requieren la homologación del acuerdo anterior de fs. 1403/1405 y planilla salarial 1410, reiteración acta 1411/1414 y Anexo I de fs. 1419. De todo ello se envió copia a la C.T.A.P.S. SP para que se expida en el ámbito de su competencia, según constancias fs. 1451 (cédula diligenciada en fecha 15/12/11). Cedida la palabra ambas partes MANIFIESTAN, que solicitan su homologación. Las entidades gremiales en audiencia anterior firmaron únicamente la escala salarial de fs. 1410. No así el Anexo I de fs. 1419 por ser una propuesta de la empresa, no acordada.

A continuación y luego de un intercambio de opiniones entre las partes y cedida la palabra la parte EMPRESARIA MANIFIESTA: que reiteran el ofrecimiento de incremento salarial formulado en audiencia anterior, de abonar un incremento salarial del 10% a partir del 1/05/2012 y el 10% a partir del 1/07/2012.

Cedida la palabra las representaciones gremiales presentes de común acuerdo MANIFIESTAN, que aceptan el ofrecimiento formulado precedentemente por la empresa R.T.A. SE (RADIO NACIONAL).

Asimismo adjuntan la planilla salarial correspondiente (ANEXO I) que se agrega a fojas 1548 firmando la misma de conformidad todos los comparecientes en este acto y solicitando ambas partes la homologación del presente acuerdo.

Se procede a entregar copia del acuerdo salarial y planilla Anexo I a la representación de la Comisión Técnica Asesora de Política Salarial Sector Público, requiriendo el actuante se expidan en el ámbito de su competencia, en virtud de la homologación solicitada por las partes y siendo necesario dictamen previo de esa Comisión. Reiterando lo mismo con relación al acuerdo salarial anterior, atento la homologación solicitada de dicho acuerdo y la notificación cursada a fs. 1451.

En virtud del acuerdo salarial arribado en autos, se comunica a las partes que previo a elevar las actuaciones a la superioridad a fin de considerar la viabilidad de la homologación solicitada, debe expedirse la Comisión Técnica Asesoría de Política Salarial del Sector Público. Dando por finalizado el presente acto siendo las 14.15. hs, firmando los comparecientes al pie de la presente en señal de conformidad por ante mí que así lo certifico.

ANEXO I



Expediente N° 1.085.340/04

En la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a los diez días del mes de julio de dos mil doce siendo las 13.00 hs comparecen en el MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL - Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo, por ante mí Lic. Marta B BRISA, Secretaria de Conciliación del Departamento de Relaciones Laborales N° 2 y presidente de la Comisión Negociadora constituida para la renovación de la CCT 32/75 E (RADIO NACIONAL), mediante DISPOSICIÓN D.N.R.T. N° 10/04, obrante a fs. 121/123, y DISPOSICIÓN DNRT N° 43 del 11/05/05 de fs. 397/400, los integrantes de la misma, por la FEDERACION del PERSONAL JERARQUICO Y PROFESIONAL DE LA SECRETARIA DE ESTADO DE COMUNICACIONES Y ENCOTESA-FEJEPROC señor Horacio ZUNGRI. Por ASOCIACIÓN ARGENTINA TRABAJADORES DE LAS COMUNICACIONES-AATRAC los señores David FURLAND y Daniel IBAÑEZ y Dr. Jorge G. SORIA. Por la FEDERACION OBREROS Y EMPLEADOS DE CORREOS Y TELECOMUNICACIONES-FOECYT, comparece señor Juan Carlos PUGLELLI Por la FEDERACION DE OBREROS Y EMPLEADOS del CORREO OFICIAL Y PRIVADOS-FOECOP señor Francisco SAVOINI, denuncia nuevo domicilio Esparza 85 - CABA. Por FEDERACION ARGENTINA TRABAJADORES DE PRENSA-FATPREN señor Javier VICENTE. Por SOCIEDAD ARGENTINA DE LOCUTORES señora María Dolores LOPEZ Por UNION TRABAJADORES DE PRENSA DE BUENOS AIRES - UTPBA señores Fernando PEDERNERA y Carlos SAGLUL. Por el CIRCULO SINDICAL DE LA PRENSA Y LA COMUNICACIÓN DE CÓRDOBA (CISPREN) NO COMPARECE. Por SINDICATO DE PRENSA DE ROSARIO, el señor Edgardo CARMONA - Secretario General. Por ASOCIACIÓN DE PRENSA DE TUCUMÁN el señor Oscar GIGENA Secretario General - Y por la otra parte RADIO Y TELEVISION ARGENTINA SOCIEDAD DEL ESTADO-RTA S.E. - RADIO NACIONAL lo hacen el Dr. Carlos G. GUERRA y Lic. Roberto LUACES paritarios ratificados mediante RESOLUCIÓN N° 03/10 RTA S.E. (según expediente N° 1.368.030/10. agregado como fs. 1035. Por COMISION TÉCNICA ASESORA DE POLÍTICA SALARIAL DEL SECTOR PÚBLICO (CTAPS SP) señor Dr. Máximo CAMOGLI - DNI 25.020.184.

Se deja constancia que el acuerdo salarial anterior es el obrante a fs. 1411/1414. -vigencia desde 1/05/2011 al 30/04/2012.

Declarado abierto el acto por el funcionario actuante y teniendo en cuenta las múltiples audiencias celebradas, la reiteración del ofrecimiento salarial por parte de RADIO NACIONAL en audiencia anterior de fecha 21/06/12, (acta fojas 1537/1540) de incremento 10% a partir 1/05/12 y 10% a partir del 1/07/12, el tema ropa de trabajo y en virtud del cuarto intermedio solicitado por las partes, se requiere a las mismas manifiesten a continuación.

• Asimismo y en virtud del dictamen N° 2291 las partes deben manifestar si requieren la homologación del acuerdo anterior de fs. 1403/1405 y planilla salarial 1410, reiteración acta 1411/1414 y Anexo I de fs. 1419. De todo ello se envió copia a la C.T.A.P.S. SP para que se expida en el ámbito de su competencia, según constancias fs. 1451 (cédula diligenciada en fecha 15/12/11). Cedida la palabra ambas partes MANIFIESTAN que solicitan su homologación. Las entidades gremiales en audiencia anterior firmaron únicamente la escala salarial de fs. 1410. No así el Anexo I de fs. 1419 por ser una propuesta de la empresa, no acordada.

A continuación y luego de un intercambio de opiniones entre las partes y cedida la palabra la parte EMPRESARIA MANIFIESTA: que reiteran el ofrecimiento de incremento salarial formulado en audiencia anterior, de abonar un incremento salarial del 10% a partir del 1/05/2012 y el 10% a partir del 1/07/2012.

Cedida la palabra las representaciones gremiales presentes de común acuerdo MANIFIESTAN que aceptan el ofrecimiento formulado precedentemente por la empresa R.T.A. SE (RADIO NACIONAL).

Asimismo adjuntan la planilla salarial correspondiente (ANEXO I) que se agrega a fojas 1548 firmando la misma de conformidad todos los comparecientes en este acto y solicitando ambas partes la homologación del presente acuerdo.

Se procede a entregar copia del acuerdo salarial y planilla Anexo I a la representación de la Comisión Técnica Asesora de Política Salarial Sector Público requiriendo el actuante se expidan en el ámbito de su competencia en virtud de la homologación solicitada por las partes y siendo necesario dictamen previo de esa Comisión. Reiterando lo mismo con relación al acuerdo salarial anterior, atento la homologación solicitada de dicho acuerdo y la notificación cursada a fs. 1451.

En virtud del acuerdo salarial arribado en autos, se comunica a las partes que previo a elevar las actuaciones a la superioridad a fin de considerar la viabilidad de la homologación solicitada, debe expedirse la Comisión Técnica Asesoría de Política Salarial del Sector Público. Dando por finalizado y presente acto siendo las 14.15. hs, firmando los comparecientes al pie de la presente en señal de conformidad por ante mí que así lo certifico.