MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL
SECRETARÍA DE TRABAJO
Resolución 393/2015
Bs. As., 7/4/2015
VISTO el Expediente N° 1.085.340/04 del Registro del MINISTERIO DE
TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley N° 14.250 (t.o. 2004), la
Ley N° 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, y
CONSIDERANDO:
Que a fojas 1403/1405 del Expediente N° 1.085.340/04 obra el acuerdo,
celebrado entre la FEDERACIÓN DEL PERSONAL JERÁRQUICO Y PROFESIONAL DE
LA SECRETARIA DE ESTADO DE COMUNICACIONES Y ENCOTESA -FEJEPROC, la
ASOCIACIÓN ARGENTINA DE TRABAJADORES DE LAS COMUNICACIONES (AATRAC), la
FEDERACIÓN OBREROS Y EMPLEADOS DE CORREOS Y TELECOMUNICACIONES, la
FEDERACIÓN DE OBREROS Y EMPLEADOS DEL CORREO OFICIAL Y PRIVADOS
(FOECOP), la FEDERACIÓN ARGENTINA DE TRABAJADORES DE PRENSA, la
SOCIEDAD ARGENTINA DE LOCUTORES (SAL), la UNIÓN DE TRABAJADORES DE
PRENSA DE BUENOS AIRES, el CIRCULO SINDICAL DE LA PRENSA Y LA
COMUNICACIÓN DE CÓRDOBA, el SINDICATO DE PRENSA DE ROSARIO y la
ASOCIACIÓN DE PRENSA DE TUCUMÁN por la parte sindical y la RADIO Y
TELEVISIÓN ARGENTINA SOCIEDAD DEL ESTADO —RTA SE— continuadora del
SISTEMA NACIONAL DE MEDIOS PÚBLICOS SOCIEDAD DEL ESTADO por la parte
empleadora, a foja 1410 obra su anexo I y a fojas 1542/1544 y 1549/1551
sus actas complementarias, en el marco del Convenio Colectivo de
Trabajo de Empresa N° 32/75 “E”, de conformidad con lo establecido por
la Ley N° 14.250 (t.o. 2.004).
Que mediante dichos instrumentos, las partes pactaron incrementos
salariales para los trabajadores de la empleadora, con vigencia desde
el 1 de agosto de 2011, conforme los detalles allí impuestos.
Que asimismo se peticiona la homologación del acuerdo obrante a fojas
1548/1551 de las presentes actuaciones, celebrado entre las mismas
partes individualizadas en el primer considerando.
Que bajo dicho acuerdo las partes pactaron nuevas condiciones
económicas para los trabajadores de la empleadora, en el marco del
Convenio Colectivo de Trabajo de Empresa N° 32/75 “E”, conforme los
detalles allí impuestos.
Que el CÍRCULO SINDICAL DE LA PRENSA Y LA COMUNICACIÓN DE CÓRDOBA no ha
suscripto ni el anexo I de foja 1410 ni el acuerdo obrante a fojas
1548/1551 del Expediente citado en el Visto, a pesar de encontrarse
debidamente intimado y notificado para ello, no ha comparecido.
Que la COMISIÓN TÉCNICA ASESORA DE POLÍTICA SALARIAL DEL SECTOR PÚBLICO
ha tomado la intervención que le compete según consta a fojas 1584/1585
de las presentes actuaciones.
Que el ámbito de aplicación de los presentes se circunscribe a la
representatividad del sector empresario firmante y el alcance de
representación de las entidades sindicales signatarias emergente de sus
personerías gremiales.
Que la Asesoría Legal de la Dirección Nacional de Relaciones del
Trabajo de este Ministerio, tomó la intervención que le compete.
Que se acreditan los recaudos formales exigidos por la Ley N° 14.250 (t.o. 2004).
Que por lo expuesto, corresponde dictar el pertinente acto
administrativo de homologación, de conformidad con los antecedentes
mencionados.
Que una vez dictado el presente acto administrativo homologando el
acuerdo alcanzado, se remitirán las presentes actuaciones a la
Dirección Nacional de Regulaciones del Trabajo, a fin de evaluar la
procedencia de fijar el promedio de las remuneraciones, del cual surge
el tope indemnizatorio establecido en el artículo 245 de la Ley N°
20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias.
Que la presente se dicta en uso de las facultades previstas en el artículo 10 del Decreto N° 200/88 y sus modificatorios.
Por ello,
LA SECRETARIA DE TRABAJO
RESUELVE:
ARTICULO 1° — Declárase homologado el acuerdo celebrado entre la
FEDERACIÓN DEL PERSONAL JERÁRQUICO Y PROFESIONAL DE LA SECRETARIA DE
ESTADO DE COMUNICACIONES Y ENCOTESA -FEJEPROC, la ASOCIACIÓN ARGENTINA
DE TRABAJADORES DE LAS COMUNICACIONES (AATRAC), la FEDERACIÓN OBREROS Y
EMPLEADOS DE CORREOS Y TELECOMUNICACIONES, la FEDERACIÓN DE OBREROS Y
EMPLEADOS DEL CORREO OFICIAL Y PRIVADOS (FOECOP), la FEDERACIÓN
ARGENTINA DE TRABAJADORES DE PRENSA, la SOCIEDAD ARGENTINA DE LOCUTORES
(SAL), la UNIÓN DE TRABAJADORES DE PRENSA DE BUENOS AIRES, el CIRCULO
SINDICAL DE LA PRENSA Y LA COMUNICACIÓN DE CÓRDOBA, el SINDICATO DE
PRENSA DE ROSARIO y la ASOCIACIÓN DE PRENSA DE TUCUMÁN por la parte
sindical y la RADIO Y TELEVISIÓN ARGENTINA SOCIEDAD DEL ESTADO —RTA SE—
continuadora del SISTEMA NACIONAL DE MEDIOS PÚBLICOS SOCIEDAD DEL
ESTADO por la parte empleadora, obrante a fojas 1403/1405 del
Expediente N° 1.085.340/04, conjuntamente con el anexo I obrante a foja
1410 y con sus actas complementarias que lucen a fojas 1542/1544 y
1549/1551 del Expediente N° 1.085.340/04, de conformidad con lo
establecido por la Ley 14.250 (t.o. 2.004).
ARTICULO 2° — Declárase homologado el acuerdo celebrado entre la
FEDERACIÓN DEL PERSONAL JERÁRQUICO Y PROFESIONAL DE LA SECRETARIA DE
ESTADO DE COMUNICACIONES Y ENCOTESA -FEJEPROC, la ASOCIACIÓN ARGENTINA
DE TRABAJADORES DE LAS COMUNICACIONES (AATRAC), la FEDERACIÓN OBREROS Y
EMPLEADOS DE CORREOS Y TELECOMUNICACIONES, la FEDERACIÓN DE OBREROS Y
EMPLEADOS DEL CORREO OFICIAL Y PRIVADOS (FOECOP), la FEDERACIÓN
ARGENTINA DE TRABAJADORES DE PRENSA, la SOCIEDAD ARGENTINA DE LOCUTORES
(SAL), la UNIÓN DE TRABAJADORES DE PRENSA DE BUENOS AIRES, el SINDICATO
DE PRENSA DE ROSARIO y la ASOCIACIÓN DE PRENSA DE TUCUMÁN por la parte
sindical y la RADIO Y TELEVISIÓN ARGENTINA SOCIEDAD DEL ESTADO —RTA SE—
continuadora del SISTEMA NACIONAL DE MEDIOS PÚBLICOS SOCIEDAD DEL
ESTADO por la parte empleadora, obrante a fojas 1548/1551 del
Expediente N° 1.085.340/04, de conformidad con lo establecido por la
Ley 14.250 (t.o. 2.004).
ARTICULO 3° — Regístrese la presente Resolución por la Dirección
General de Registro, Gestión y Archivo Documental dependiente de la
SUBSECRETARIA DE COORDINACIÓN. Cumplido, pase a la Dirección de
Negociación Colectiva a fin de que el Departamento Coordinación
registre el acuerdo obrante a fojas 1403/1405 conjuntamente con el
anexo I obrante a fojas 1410 y con sus actas complementarias que lucen
a fojas 1542/1544 y 1549/1551, y registre el acuerdo obrante a fojas
1548/1551, todos del Expediente N° 1.085.340/04.
ARTICULO 4° — Notifíquese a las partes signatarias. Posteriormente pase
a la Dirección Nacional de Regulaciones del Trabajo a fin de evaluar la
procedencia de fijar el promedio de las remuneraciones, del cual surge
el tope indemnizatorio, de acuerdo a lo establecido en el artículo 245
de la Ley N° 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias. Finalmente,
procédase a la guarda del presente legajo conjuntamente con el Convenio
Colectivo de Trabajo de Empresa N° 32/75 “E”.
ARTICULO 5° — Hágase saber que en el supuesto que este MINISTERIO DE
TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL no efectúe la publicación de
carácter gratuito de los instrumentos homologados, resultará aplicable
lo dispuesto en el tercer párrafo del Artículo 5° de la Ley N° 14.250
(t.o. 2004).
ARTICULO 6° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del
Registro Oficial y archívese. — Dra. NOEMI RIAL, Secretaria de Trabajo.
Expediente N° 1.085.340/04
Buenos Aires, 08 de abril de 2015
De conformidad con lo ordenado en la RESOLUCION ST N° 393/15 se ha
tomado razón del acuerdo obrante a fojas 1403/1405 conjuntamente con el
Anexo I obrante a fojas 1410 y con sus actas complementarias que lucen
a fojas 1542/1544 y 1549/1551 del expediente principal y del acuerdo
obrante a fojas 1548/1551 del expediente de referencia, quedando
registrados bajo los números 394/15 y 395/15 respectivamente. — Lic.
ALEJANDRO INSUA, Registro de Convenios Colectivos, Departamento
Coordinación – D.N.R.T.
ANEXO I
Expediente N° 1.085.340/04
En la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a los dos días del mes de julio
de dos mil doce siendo las 13.00 hs comparecen en el MINISTERIO DE
TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL - Dirección Nacional de Relaciones
del Trabajo, por ante mí Lic. Marta B BRISA, Secretaria de Conciliación
del Departamento de Relaciones Laborales N° 2 y presidente de la
Comisión Negociadora constituida para la renovación de la CCT 32/75 E
(RADIO NACIONAL), mediante DISPOSICIÓN D.N.R.T. N° 10/04, obrante a fs.
121/123, y DISPOSICIÓN DNRT N° 43 del 11/05/05 de fs. 397/400, los
integrantes de la misma, por la FEDERACION del PERSONAL JERARQUICO Y
PROFESIONAL DE LA SECRETARIA DE ESTADO DE COMUNICACIONES Y
ENCOTESA-FEJEPROC, señor Horacio ZUNGRI y José Luis ORTIZ. Por
ASOCIACIÓN ARGENTINA TRABAJADORES DE LAS COMUNICACIONES - AATRAC los
señores David FURLAND y Daniel IBAÑEZ y Dr. Jorge G. SORIA. Por la
FEDERACION OBREROS Y EMPLEADOS DE CORREOS Y TELECOMUNICACIONES-FOECYT,
comparece señor Juan Carlos PUGLELLI. Por la FEDERACION DE OBREROS Y
EMPLEADOS del CORREO OFICIAL Y PRIVADOS-FOECOP señor Francisco SAVOINI,
denuncia nuevo domicilio Esparza 85 – CABA. Por FEDERACION ARGENTINA
TRABAJADORES DE PRENSA-FATPREN señor Javier VICENTE. Por SOCIEDAD
ARGENTINA DE LOCUTORES señora María Dolores LOPEZ. Por UNION
TRABAJADORES DE PRENSA DE BUENOS AIRES UTPBA señores Fernando PEDERNERA
y Carlos SAGLUL. Por el CIRCULO SINDICAL DE LA PRENSA Y LA COMUNICACIÓN
DE CÓRDOBA (CISPREN) NO COMPARECE. Por SINDICATO DE PRENSA DE ROSARIO,
señora Stella HERNANDEZ. Por ASOCIACIÓN DE PRENSA DE TUCUMÁN llamado NO
COMPARECE - Y por la otra parte RADIO Y TELEVISION ARGENTINA SOCIEDAD
DEL ESTADO-RTA S.E. - RADIO NACIONAL lo hacen el Dr. Carlos G. GUERRA y
Lic. Roberto LUACES paritarios ratificados mediante RESOLUCIÓN N° 03/10
RTA S.E. (según expediente N° 1.368.030/10. agregado como fs. 1035. Por
COMISION TÉCNICA ASESORA DE POLÍTICA SALARIAL DEL SECTOR PÚBLICO (CTAPS
SP) señor Daniel SUAREZ.
Se deja constancia que el acuerdo salarial anterior es el obrante a fs. 1411/1414. -vigencia desde 1/05/2011 al 30/04/2012.
Declarado abierto el acto por el funcionario actuante se procede a
requerir a las partes el cumplimiento del Dictamen de la Asesoría
Técnico legal N° 2291 obrante a fs. 1527/1531 y proveído fs. 1532
Asimismo teniendo en cuenta las múltiples audiencias celebradas, la
reiteración del ofrecimiento salarial por parte de RADIO NACIONAL en
audiencia anterior de fecha 21/06/12, (acta fojas 1537/1540) de
incremento 10% a partir 1/05/12 y 10% a partir del 1/07/12 Quedando
pendiente tema ropa, se requiere a las partes manifiesten a
continuación, teniendo en cuenta la exhortación formulada.
• Asimismo y en virtud del dictamen N° 2291 las partes deben manifestar
si requieren la homologación del acuerdo anterior de fs. 1403/1405 y
planilla salarial 1410, reiteración acta 1411/1414 y Anexo I de fs.
1419. De todo ello se envió copia a la C.T.A.P.S. SP para que se expida
en el ámbito de su competencia, según constancias fs. 1451 (cédula
diligenciada en fecha 15/12/11). Cedida la palabra ambas partes
MANIFIESTAN que solicitan su homologación. Firmando las entidades
gremiales presentes, de conformidad en este acto únicamente la escala
salarial de fs. 1410.
A continuación y luego de un intercambio de opiniones entre las partes
y cedida la palabra ambas partes de común acuerdo MANIFIESTAN: que
solicitan un cuarto intermedio para el 10 de julio de 2012 a las horas
13 horas.
También se requiere a las partes que de aceptarse el incremento
ofrecido adjunten en próxima audiencia las escalas salariales
correspondientes, que deben ser ratificadas por todos los negociadores.
Se procede a entregar copia del acta de la presente audiencia a la
representación de la Comisión Técnica de Política Salarial Sector
Público.
En virtud de las manifestaciones vertidas por las partes, las numerosas
audiencias celebradas nuevamente se exhorta a las mismas a continuar
negociando de buena fe y con la mejor voluntad, a fin de lograr
consenso y mantener las buenas relaciones laborales. A tal efecto se
designa audiencia para el día 10 de julio de 2012 a las 13.00 hs,
quedando las partes debidamente notificadas en este acto. Dando por
finalizado el mismo siendo las 14.15 hs, firmando los comparecientes al
pie de la presente en señal de conformidad por ante mí que así lo
certifico.
Expediente N° 1.085.340/04
En la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a los diez días del mes de julio
de dos mil doce siendo las 13.00 hs comparecen en el MINISTERIO DE
TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL - Dirección Nacional de Relaciones
del Trabajo, por ante mí Lic. Marta B BRISA, Secretaria de Conciliación
del Departamento de Relaciones Laborales N° 2 y presidente de la
Comisión Negociadora constituida para la renovación de la CCT 32/75 E
(RADIO NACIONAL), mediante DISPOSICIÓN D.N.R.T. N° 10/04, obrante a fs.
121/123, y DISPOSICIÓN DNRT N° 43 del 11/05/05 de fs. 397/400, los
integrantes de la misma, por la FEDERACION del PERSONAL JERARQUICO Y
PROFESIONAL DE LA SECRETARIA DE ESTADO DE COMUNICACIONES Y
ENCOTESA-FEJEPROC señor Horacio ZUNGRI. Por ASOCIACIÓN ARGENTINA
TRABAJADORES DE LAS COMUNICACIONES - AATRAC los señores David FURLAND y
Daniel IBAÑEZ y Dr. Jorge G. SORIA. Por la FEDERACION OBREROS Y
EMPLEADOS DE CORREOS Y TELECOMUNICACIONES-FOECYT, comparece señor Juan
Carlos PUGLELLI Por la FEDERACION DE OBREROS Y EMPLEADOS del CORREO
OFICIAL Y PRIVADOS-FOECOP señor Francisco SAVOINI, denuncia nuevo
domicilio Esparza 85 – CABA. Por FEDERACION ARGENTINA TRABAJADORES DE
PRENSA-FATPREN señor Javier VICENTE. Por SOCIEDAD ARGENTINA DE
LOCUTORES señora María Dolores LOPEZ Por UNION TRABAJADORES DE PRENSA
DE BUENOS AIRES UTPBA señores Fernando PEDERNERA y Carlos SAGLUL. Por
el CIRCULO SINDICAL DE LA PRENSA Y LA COMUNICACIÓN DE CÓRDOBA (CISPREN)
NO COMPARECE. Por SINDICATO DE PRENSA DE ROSARIO, el señor Edgardo
CARMONA -Secretario General- Por ASOCIACIÓN DE PRENSA DE TUCUMÁN el
señor Oscar GIGENA -Secretario General- Y por la otra parte RADIO Y
TELEVISION ARGENTINA SOCIEDAD DEL ESTADO-RTA S.E. - RADIO NACIONAL lo
hacen el Dr. Carlos G. GUERRA y Lic. Roberto LUACES paritarios
ratificados mediante RESOLUCIÓN N° 03/10 RTA S.E. (según expediente N°
1.368.030/10. agregado como fs. 1035. Por COMISION TÉCNICA ASESORA DE
POLÍTICA SALARIAL DEL SECTOR PÚBLICO (CTAPS SP) señor Dr. Máximo
CAMOGLI - DNI 25.020.184.
Se deja constancia que el acuerdo salarial anterior es el obrante a fs. 1411/1414. -vigencia desde 1/05/2011 al 30/04/2012.
Declarado abierto el acto por el funcionario actuante y teniendo en
cuenta las múltiples audiencias celebradas, la reiteración del
ofrecimiento salarial por parte de RADIO NACIONAL en audiencia anterior
de fecha 21/06/12, (acta fojas 1537/1540) de incremento 10% a partir
1/05/12 y 10% a partir del 1/07/12, el tema ropa de trabajo y en virtud
del cuarto intermedio solicitado por las partes, se requiere a las
mismas manifiesten a continuación.
• Asimismo y en virtud del dictamen N° 2291 las partes deben manifestar
si requieren la homologación del acuerdo anterior de fs. 1403/1405 y
planilla salarial 1410, reiteración acta 1411/1414 y Anexo I de fs.
1419. De todo ello se envió copia a la C.T.A.P.S. SP para que se expida
en el ámbito de su competencia, según constancias fs. 1451 (cédula
diligenciada en fecha 15/12/11). Cedida la palabra ambas partes
MANIFIESTAN, que solicitan su homologación. Las entidades gremiales en
audiencia anterior firmaron únicamente la escala salarial de fs. 1410.
No así el Anexo I de fs. 1419 por ser una propuesta de la empresa, no
acordada.
A continuación y luego de un intercambio de opiniones entre las partes
y cedida la palabra la parte EMPRESARIA MANIFIESTA: que reiteran el
ofrecimiento de incremento salarial formulado en audiencia anterior, de
abonar un incremento salarial del 10% a partir del 1/05/2012 y el 10% a
partir del 1/07/2012.
Cedida la palabra las representaciones gremiales presentes de común
acuerdo MANIFIESTAN, que aceptan el ofrecimiento formulado
precedentemente por la empresa R.T.A. SE (RADIO NACIONAL).
Asimismo adjuntan la planilla salarial correspondiente (ANEXO I) que se
agrega a fojas 1548 firmando la misma de conformidad todos los
comparecientes en este acto y solicitando ambas partes la homologación
del presente acuerdo.
Se procede a entregar copia del acuerdo salarial y planilla Anexo I a
la representación de la Comisión Técnica Asesora de Política Salarial
Sector Público, requiriendo el actuante se expidan en el ámbito de su
competencia, en virtud de la homologación solicitada por las partes y
siendo necesario dictamen previo de esa Comisión. Reiterando lo mismo
con relación al acuerdo salarial anterior, atento la homologación
solicitada de dicho acuerdo y la notificación cursada a fs. 1451.
En virtud del acuerdo salarial arribado en autos, se comunica a las
partes que previo a elevar las actuaciones a la superioridad a fin de
considerar la viabilidad de la homologación solicitada, debe expedirse
la Comisión Técnica Asesoría de Política Salarial del Sector Público.
Dando por finalizado el presente acto siendo las 14.15. hs, firmando
los comparecientes al pie de la presente en señal de conformidad por
ante mí que así lo certifico.
ANEXO I
Expediente N° 1.085.340/04
En la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a los diez días del mes de julio
de dos mil doce siendo las 13.00 hs comparecen en el MINISTERIO DE
TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL - Dirección Nacional de Relaciones
del Trabajo, por ante mí Lic. Marta B BRISA, Secretaria de Conciliación
del Departamento de Relaciones Laborales N° 2 y presidente de la
Comisión Negociadora constituida para la renovación de la CCT 32/75 E
(RADIO NACIONAL), mediante DISPOSICIÓN D.N.R.T. N° 10/04, obrante a fs.
121/123, y DISPOSICIÓN DNRT N° 43 del 11/05/05 de fs. 397/400, los
integrantes de la misma, por la FEDERACION del PERSONAL JERARQUICO Y
PROFESIONAL DE LA SECRETARIA DE ESTADO DE COMUNICACIONES Y
ENCOTESA-FEJEPROC señor Horacio ZUNGRI. Por ASOCIACIÓN ARGENTINA
TRABAJADORES DE LAS COMUNICACIONES-AATRAC los señores David FURLAND y
Daniel IBAÑEZ y Dr. Jorge G. SORIA. Por la FEDERACION OBREROS Y
EMPLEADOS DE CORREOS Y TELECOMUNICACIONES-FOECYT, comparece señor Juan
Carlos PUGLELLI Por la FEDERACION DE OBREROS Y EMPLEADOS del CORREO
OFICIAL Y PRIVADOS-FOECOP señor Francisco SAVOINI, denuncia nuevo
domicilio Esparza 85 - CABA. Por FEDERACION ARGENTINA TRABAJADORES DE
PRENSA-FATPREN señor Javier VICENTE. Por SOCIEDAD ARGENTINA DE
LOCUTORES señora María Dolores LOPEZ Por UNION TRABAJADORES DE PRENSA
DE BUENOS AIRES - UTPBA señores Fernando PEDERNERA y Carlos SAGLUL. Por
el CIRCULO SINDICAL DE LA PRENSA Y LA COMUNICACIÓN DE CÓRDOBA (CISPREN)
NO COMPARECE. Por SINDICATO DE PRENSA DE ROSARIO, el señor Edgardo
CARMONA - Secretario General. Por ASOCIACIÓN DE PRENSA DE TUCUMÁN el
señor Oscar GIGENA Secretario General - Y por la otra parte RADIO Y
TELEVISION ARGENTINA SOCIEDAD DEL ESTADO-RTA S.E. - RADIO NACIONAL lo
hacen el Dr. Carlos G. GUERRA y Lic. Roberto LUACES paritarios
ratificados mediante RESOLUCIÓN N° 03/10 RTA S.E. (según expediente N°
1.368.030/10. agregado como fs. 1035. Por COMISION TÉCNICA ASESORA DE
POLÍTICA SALARIAL DEL SECTOR PÚBLICO (CTAPS SP) señor Dr. Máximo
CAMOGLI - DNI 25.020.184.
Se deja constancia que el acuerdo salarial anterior es el obrante a fs. 1411/1414. -vigencia desde 1/05/2011 al 30/04/2012.
Declarado abierto el acto por el funcionario actuante y teniendo en
cuenta las múltiples audiencias celebradas, la reiteración del
ofrecimiento salarial por parte de RADIO NACIONAL en audiencia anterior
de fecha 21/06/12, (acta fojas 1537/1540) de incremento 10% a partir
1/05/12 y 10% a partir del 1/07/12, el tema ropa de trabajo y en virtud
del cuarto intermedio solicitado por las partes, se requiere a las
mismas manifiesten a continuación.
• Asimismo y en virtud del dictamen N° 2291 las partes deben manifestar
si requieren la homologación del acuerdo anterior de fs. 1403/1405 y
planilla salarial 1410, reiteración acta 1411/1414 y Anexo I de fs.
1419. De todo ello se envió copia a la C.T.A.P.S. SP para que se expida
en el ámbito de su competencia, según constancias fs. 1451 (cédula
diligenciada en fecha 15/12/11). Cedida la palabra ambas partes
MANIFIESTAN que solicitan su homologación. Las entidades gremiales en
audiencia anterior firmaron únicamente la escala salarial de fs. 1410.
No así el Anexo I de fs. 1419 por ser una propuesta de la empresa, no
acordada.
A continuación y luego de un intercambio de opiniones entre las partes
y cedida la palabra la parte EMPRESARIA MANIFIESTA: que reiteran el
ofrecimiento de incremento salarial formulado en audiencia anterior, de
abonar un incremento salarial del 10% a partir del 1/05/2012 y el 10% a
partir del 1/07/2012.
Cedida la palabra las representaciones gremiales presentes de común
acuerdo MANIFIESTAN que aceptan el ofrecimiento formulado
precedentemente por la empresa R.T.A. SE (RADIO NACIONAL).
Asimismo adjuntan la planilla salarial correspondiente (ANEXO I) que se
agrega a fojas 1548 firmando la misma de conformidad todos los
comparecientes en este acto y solicitando ambas partes la homologación
del presente acuerdo.
Se procede a entregar copia del acuerdo salarial y planilla Anexo I a
la representación de la Comisión Técnica Asesora de Política Salarial
Sector Público requiriendo el actuante se expidan en el ámbito de su
competencia en virtud de la homologación solicitada por las partes y
siendo necesario dictamen previo de esa Comisión. Reiterando lo mismo
con relación al acuerdo salarial anterior, atento la homologación
solicitada de dicho acuerdo y la notificación cursada a fs. 1451.
En virtud del acuerdo salarial arribado en autos, se comunica a las
partes que previo a elevar las actuaciones a la superioridad a fin de
considerar la viabilidad de la homologación solicitada, debe expedirse
la Comisión Técnica Asesoría de Política Salarial del Sector Público.
Dando por finalizado y presente acto siendo las 14.15. hs, firmando los
comparecientes al pie de la presente en señal de conformidad por ante
mí que así lo certifico.