MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL
SECRETARÍA DE TRABAJO
Resolución 579/2015
Bs. As., 4/5/2015
VISTO el Expediente N° 1.650.785/14 del Registro del MINISTERIO DE
TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley N° 14.250 (t.o. 2004), la
Ley N° 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, y
CONSIDERANDO:
Que a fojas 2/3 del Expediente N° 1.650.785/14, obra el acuerdo
celebrado entre la ASOCIACIÓN DEL PERSONAL JERÁRQUICO DEL AGUA Y LA
ENERGÍA (A.P.J.A.E.), por la parte sindical, y la empresa
HIDROELÉCTRICA FUTALEUFÚ SOCIEDAD ANÓNIMA, por la parte empleadora, de
conformidad con lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva N°
14.250 (t.o. 2004).
Que mediante dicho acuerdo los agentes negociadores convienen nuevas
condiciones salariales en el marco del Convenio Colectivo de Trabajo de
Empresa N° 1347/13 “E”, conforme surge de los términos del texto
pactado.
Que el ámbito de aplicación del mentado acuerdo se corresponde con la
actividad principal de la parte empleadora signataria y la
representatividad de la entidad sindical firmante, emergente de su
personería gremial.
Que las partes acreditan la representación que invocan con la
documentación agregada en autos y ratifican en todos sus términos el
mentado instrumento.
Que asimismo se acreditan los recaudos formales exigidos por la Ley N° 14.250 (t.o. 2004).
Que de la lectura de las cláusulas pactadas, no surge contradicción con la normativa laboral vigente.
Que la Asesoría Técnico Legal de la Dirección Nacional de Relaciones
del Trabajo de este Ministerio, ha tomado la intervención que le
compete.
Que por lo expuesto, corresponde dictar el pertinente acto
administrativo de homologación, de conformidad con los antecedentes
mencionados.
Que una vez dictado el presente acto administrativo homologatorio, se
remitirán las presentes actuaciones a la Dirección Nacional de
Regulaciones del Trabajo, a fin de evaluar la procedencia de fijar el
promedio de las remuneraciones, del cual surge el tope indemnizatorio
establecido en el artículo 245 de la Ley N° 20.744 (t.o. 1976) y sus
modificatorias.
Que la presente se dicta en uso de las facultades previstas en el artículo 10 del Decreto N° 200/88 y sus modificatorios.
Por ello,
LA SECRETARIA DE TRABAJO
RESUELVE:
ARTÍCULO 1° — Declárase homologado el acuerdo celebrado entre la
ASOCIACIÓN DEL PERSONAL JERÁRQUICO DEL AGUA Y LA ENERGÍA (A.P.J.A.E.),
por la parte sindical, y la empresa HIDROELÉCTRICA FUTALEUFÚ SOCIEDAD
ANÓNIMA, por la parte empleadora, obrante a fojas 2/3 del Expediente N°
1.650.785/14, conforme a lo dispuesto en la Ley de Negociación
Colectiva N° 14.250 (t.o. 2004).
ARTÍCULO 2° — Regístrese la presente Resolución por la Dirección
General de Registro, Gestión y Archivo Documental dependiente de la
SUBSECRETARIA DE COORDINACIÓN. Cumplido, pase a la Dirección de
Negociación Colectiva a fin que el Departamento Coordinación registre
el instrumento obrante a fojas 2/3 del Expediente N° 1.650.785/14.
ARTÍCULO 3° — Notifíquese a las partes signatarias. Posteriormente pase
a la Dirección Nacional de Regulaciones del Trabajo a fin de evaluar la
procedencia de fijar el promedio de las remuneraciones, del cual surge
el tope indemnizatorio, de acuerdo a lo establecido en el artículo 245
de la Ley N° 20.744 (t.o 1976) y sus modificatorias. Finalmente,
procédase a la guarda del presente conjuntamente con el Convenio
Colectivo de Trabajo de Empresa N° 1347/13 “E”.
ARTÍCULO 4° — Hágase saber que en el supuesto que el MINISTERIO DE
TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL no efectúe la publicación gratuita
del acuerdo homologado, resultará aplicable lo dispuesto en el tercer
párrafo del Artículo 5° de la Ley N° 14.250 (t.o. 2004).
ARTÍCULO 5° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del
Registro Oficial y archívese. — Dra. NOEMI RIAL, Secretaria de Trabajo.
Expediente N° 1.650.785/14
Buenos Aires, 05 de mayo de 2015
De conformidad con lo ordenado en la RESOLUCION ST N° 579/15 se ha
tomado razón del acuerdo obrante a fojas 2/3 del expediente de
referencia, quedando registrado bajo el número 541/15. — Lic. ALEJANDRO
INSUA, Registro de Convenios Colectivos Departamento Coordinación -
D.N.R.T.
En la ciudad de Buenos Aires, el 17 de Octubre 2014, reunidas por una
parte la empresa HIDROELÉCTRICA FUTALEUFÚ SA (HFSA) con domicilio
societario en Marcelo T. de Alvear 590 3er piso de Capital Federal,
representada en este acto por el Dr. Eduardo Zamorano DNI: 7.616.400 en
adelante denominada “La Empresa” y por la otra parte La ASOCIACIÓN DEL
PERSONAL JERÁRQUICO DEL AGUA y LA ENERGÍA, con domicilio en Moreno 1140
1er Piso de Capital Federal, representada por su Vicepresidente Don
Norberto R. Manzano DNI: 13.489.678 y el Sub-Secretario de Relaciones
Laborales Don Juan F. Baraldo DNI: 16.407.139 en adelante denominada
“La Asociación” respectivamente, todos ellos denominados en forma
conjunta e indistinta LAS PARTES, quienes DECLARAN:
a) Que las Partes han acordado un aumento en las remuneraciones para
los trabajadores encuadrados en el CCT 1347/13 “E” aplicable al
establecimiento de la EMPRESA sito en la calle Roca N° 790 de la ciudad
de Esquel provincia de Chubut.
b) Que la intención de las Partes es instrumentar el aumento antes
mencionado, y presentar este acuerdo ante el Ministerio de Trabajo,
Empleo y Seguridad Social de la Nación para su homologación;
c) Que la presente declaración forma parte integrante del acuerdo.
Por lo expuesto, LAS PARTES ACUERDAN:
PRIMERO.-
Las partes acuerdan otorgar un incremento remuneratorio equivalente al
trece por ciento (13%) a partir del primero de Octubre del corriente
año, sobre los salarios básicos convencionales que percibieron al
treinta de septiembre (30/09), al personal representado por La
Asociación.
Se acompaña mediante ANEXO que forma parte de la presente, el nuevo
Sueldo Básico Mensual que surge del acuerdo alcanzado y el vigente a la
firma del presente acuerdo para los distintos Niveles Funcionales del
CCT.
SEGUNDO.-
Toda vez que el presente acuerdo modifica parcialmente acuerdos
convencionales preexistentes, LAS PARTES solicitarán su homologación en
los términos previstos en la Ley 14.250.
En el lugar y fecha consignados en el encabezamiento de la presente se
suscriben en prueba de conformidad (3) ejemplares iguales de 1 hoja,
una (1) para cada una de LAS PARTES y el tercero para ser presentado
ante la autoridad de aplicación. Conste.
ANEXO
A) Escala salarial anterior reemplazada;
B) Escala salarial nueva;