JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS
Decreto 1171/2015
Dase por prorrogada designación del Director Nacional de Articulación Regional.
Bs. As., 23/06/2015
VISTO el Expediente N° CUDAP: EXP-JGM: 0018255/2015 del Registro de la
JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, las Leyes Nros. 26.895 y 27.008, los
Decretos Nros. 491 del 12 de marzo de 2002, 1952 del 15 de octubre de
2012 y 1400 del 21 de agosto de 2014 y lo solicitado por la SECRETARÍA
DE INTEGRACIÓN NACIONAL de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, y
CONSIDERANDO:
Que por las Leyes Nros. 26.895 y 27.008 se aprobaron los Presupuestos
Generales de la Administración Nacional para los Ejercicios 2014 y
2015, respectivamente.
Que mediante el Decreto N° 1952 del 15 de octubre de 2012 se dio por
designado transitoriamente, por el término de CIENTO OCHENTA (180) días
hábiles, al agente D. Rodrigo Alexis LASALLE como Director Nacional de
Articulación Regional de la SUBSECRETARÍA DE EJECUCIÓN OPERATIVA de la
SECRETARÍA DE INTEGRACIÓN NACIONAL de la JEFATURA DE GABINETE DE
MINISTROS y cuya última prórroga se efectuó mediante el Decreto N° 1400
del 21 de agosto de 2014.
Que resulta necesario efectuar una nueva prórroga de la designación
citada precedentemente por el término de CIENTO OCHENTA (180) días
hábiles.
Que el cargo aludido no constituye asignación de recurso extraordinario alguno.
Que mediante el Decreto N° 491 del 12 de marzo de 2002 se estableció,
entre otros aspectos, que toda designación de personal, en el ámbito de
la Administración Pública, centralizada y descentralizada, en cargos de
Planta Permanente y no Permanente será efectuada por el PODER EJECUTIVO
NACIONAL a propuesta de la jurisdicción correspondiente.
Que el Decreto N° 601 del 11 de abril de 2002 y su modificatorio, en su
artículo 6°, establece que los proyectos de decreto que propicien
designaciones, contrataciones que no impliquen renovación o prórroga y
reincorporación de personal en el ámbito de la Administración Pública
Nacional deberán ser acompañados por la documentación detallada en la
Circular de la SECRETARÍA LEGAL Y TÉCNICA de la PRESIDENCIA DE LA
NACIÓN N° 4 del 15 de marzo de 2002.
Que el agente involucrado en la presente medida, se encuentra
exceptuado de lo establecido en el referido artículo 6° del Decreto N°
601/02 y su modificatorio reglamentario del Decreto N° 491/02, por
haber dado cumplimiento oportunamente a tales disposiciones.
Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS de la SECRETARÍA LEGAL Y
TÉCNICA de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN ha tomado la intervención
correspondiente.
Que la presente medida se dicta en virtud de las atribuciones
emergentes de los artículos 99, inciso 1 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL y
1° del Decreto N° 491/02.
Por ello,
LA PRESIDENTA DE LA NACIÓN ARGENTINA
DECRETA:
Artículo 1° — Dase por
prorrogada, a partir del 31 de diciembre de 2014 —fecha de su
vencimiento— y por el término de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles
contados a partir del dictado de la presente medida, la designación
transitoria efectuada en los términos del Decreto N° 1952 del 15 de
octubre de 2012 y cuya última prórroga operó mediante el Decreto N°
1400 del 21 de agosto de 2014, del agente D. Rodrigo Alexis LASALLE
(D.N.I. N° 24.535.188) como Director Nacional de Articulación Regional
de la SUBSECRETARÍA DE EJECUCIÓN OPERATIVA de la SECRETARÍA DE
INTEGRACIÓN NACIONAL de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, en un
cargo Nivel A - Grado 0, autorizándose el correspondiente pago de la
Función Ejecutiva Nivel I del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO
(SINEP), aprobado por el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial
homologado por el Decreto N° 2098 del 3 de diciembre de 2008 y sus
modificatorios, y con autorización excepcional por no reunir los
requisitos establecidos en el artículo 14 del Título II Capitulo III
del Convenio citado precedentemente.
Art. 2° — El cargo involucrado
deberá ser cubierto conforme los requisitos y sistemas de selección
vigentes según lo establecido, respectivamente, en los Títulos II,
Capítulos III, IV y VIII; y IV del Convenio Colectivo de Trabajo
Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP),
homologado por el Decreto N° 2098/08 y sus modificatorios, dentro del
plazo de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles contados a partir del
dictado de la presente medida.
Art. 3° — El gasto que demande
el cumplimiento de lo dispuesto precedentemente se imputará con cargo a
los créditos de las partidas específicas del Presupuesto vigente de la
JURISDICCIÓN 25 - JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.
Art. 4° — Comuníquese,
publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y
archívese. — FERNÁNDEZ DE KIRCHNER. — Aníbal D. Fernández.