MINISTERIO DE SALUD
Decreto 1160/2015
Dase por designado el Director Nacional de Emergencias Sanitarias.
Bs. As., 17/06/2015
VISTO la Ley N° 27.008 que aprobara el Presupuesto General de la
Administración Nacional para el Ejercicio 2015, los Decretos N° 491 del
12 de marzo de 2002, N° 1343 del 4 de octubre de 2007 y sus
modificatorios y N° 2098 del 3 de diciembre de 2008 y sus
modificatorios y el Expediente N° 1-2002-8565/15-7 del registro del
MINISTERIO DE SALUD, y
CONSIDERANDO:
Que por el artículo 7° de la Ley N° 27.008, se estableció que las
Jurisdicciones y Entidades de la Administración Pública Nacional no
podrán cubrir los cargos vacantes financiados existentes a la fecha de
la sanción de dicha Ley, ni los que se produzcan con posterioridad a
dicha fecha, salvo decisión fundada del Jefe de Gabinete de Ministros.
Que por el artículo 10 de la mencionada Ley se dispuso que las
facultades conferidas por dicho acto legal al Jefe de Gabinete de
Ministros podrán ser asumidas por el PODER EJECUTIVO NACIONAL, en su
carácter de responsable político de la administración general del país
y en función de lo dispuesto en el inciso 10 del artículo 99 de la
CONSTITUCION NACIONAL.
Que mediante el Decreto N° 491/02 se estableció, entre otros aspectos,
que toda designación de personal, en el ámbito de la Administración
Pública, centralizada y descentralizada, en cargos de la planta
permanente, será efectuada por el PODER EJECUTIVO NACIONAL a propuesta
de la jurisdicción correspondiente.
Que por Decreto N° 1343/07 y sus modificatorios, se aprobó la nueva estructura organizativa del MINISTERIO DE SALUD.
Que en el ámbito de la SUBSECRETARIA DE PREVENCION Y CONTROL DE RIESGOS
de la SECRETARIA DE PROMOCION Y PROGRAMAS SANITARIOS del MINISTERIO DE
SALUD, se encuentra vacante el cargo de Director Nacional de
Emergencias Sanitarias Nivel A - Grado 0, Función Ejecutiva de Nivel I
del Sistema Nacional de Empleo Público (SINEP), aprobado por el
Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial homologado por el Decreto N°
2098 del 3 de diciembre de 2008 y sus modificatorios.
Que atento a la naturaleza de dicho cargo y a efectos de contribuir al
normal cumplimiento de las acciones que tiene asignadas la unidad
orgánica a la que corresponde el cargo en cuestión, resulta necesario
proceder a su cobertura transitoria, exceptuándolo a tal efecto de lo
dispuesto en el artículo 7° de la Ley N° 27.008.
Que a tal fin se han evaluado los antecedentes del doctor Dn. Nelson
Gabriel DONATO (D.N.I. N° 17.836.453), quien reúne las exigencias de
idoneidad y experiencia necesarias para cubrir el cargo de Director de
la Dirección Nacional de Emergencias Sanitarias, resultando necesario
exceptuarlo de lo dispuesto en el Título II, Capítulo III, artículo 14
del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO (SINEP), aprobado por el
CONVENIO COLECTIVO DE TRABAJO SECTORIAL homologado por el Decreto N°
2098 del 3 de diciembre de 2008 y sus modificatorios.
Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS del MINISTERIO DE SALUD, ha tomado la intervención que le compete.
Que la presente medida se dicta en virtud de las atribuciones
emergentes del artículo 99, inciso 1° de la CONSTITUCION NACIONAL, y de
lo dispuesto por los artículos 7° y 10 de la Ley N° 27.008 y el
artículo 1° del Decreto N° 491/02.
Por ello,
LA PRESIDENTA DE LA NACION ARGENTINA
DECRETA:
Artículo 1° — Dase por
designado con carácter transitorio desde el 20 de abril de 2015, por el
término de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles contados a partir del
dictado del presente Decreto, al doctor D. Nelson Gabriel DONATO
(D.N.I. N° 17.836.453), en el cargo de Director de la DIRECCIÓN
NACIONAL DE EMERGENCIAS SANITARIAS, unidad dependiente de la
SUBSECRETARIA DE PREVENCION Y CONTROL DE RIESGOS de la SECRETARIA DE
PROMOCION Y PROGRAMAS SANITARIOS del MINISTERIO DE SALUD, Nivel A Grado
0, autorizándose el correspondiente pago de la Función Ejecutiva de
Nivel I del CONVENIO COLECTIVO DE TRABAJO SECTORIAL del Sistema
Nacional de Empleo Público (SINEP) homologado por Decreto N° 2098/08 y
sus modificatorios, con autorización excepcional por no reunir los
requisitos mínimos establecidos en el artículo 14 del mismo, y con
carácter de excepción a lo dispuesto por el artículo 7° de la Ley N°
27.008.
Art. 2° — El cargo involucrado
deberá ser cubierto conforme los requisitos y sistemas de selección
vigentes según lo establecido, respectivamente, en los Títulos II
—Capítulos III, IV y VIII— y IV del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO
(SINEP), aprobado por el CONVENIO COLECTIVO DE TRABAJO SECTORIAL,
homologado por Decreto N° 2098/08 y sus modificatorios, dentro del
plazo de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles contados a partir del
dictado del presente Decreto.
Art. 3° — El gasto que demande
el cumplimiento de la presente medida será atendido con cargo a las
partidas específicas del presupuesto vigente de la Jurisdicción 80 -
MINISTERIO DE SALUD.
Art. 4° — Comuníquese,
publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y
archívese. — FERNÁNDEZ DE KIRCHNER. — Aníbal D. Fernández. — Daniel G.
Gollan.