MINISTERIO DE SALUD
Decreto 1346/2015
Dase por designado el Director Nacional de Equipos del Primer Nivel de Atención.
Bs. As., 07/07/2015
VISTO la Ley N° 27.008, los Decretos N° 491 del 12 de marzo de 2002, N°
1343 del 4 de octubre de 2007 y modificatorios y N° 2098 del 3 de
diciembre de 2008 y modificatorios y el Expediente N° 1-2002-10002/15-1
del registro del MINISTERIO DE SALUD, y
CONSIDERANDO:
Que por la citada ley se aprobó el Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2015.
Que por el artículo 7° de la misma, se estableció que las
jurisdicciones y entidades de la administración pública nacional no
podrán cubrir los cargos vacantes financiados existentes a la fecha de
la sanción de dicha ley, ni los que se produzcan con posterioridad a
dicha fecha, salvo decisión fundada del Jefe de Gabinete de Ministros.
Que por el artículo 10 de la referida ley se dispuso que las facultades
conferidas por dicho acto legal al Jefe de Gabinete de Ministros podrán
ser asumidas por el PODER EJECUTIVO NACIONAL, en su carácter de
responsable político de la administración general del país y en función
de lo dispuesto en el inciso 10 del artículo 99 de la CONSTITUCION
NACIONAL.
Que mediante el Decreto N° 491/02 quedó definido, entre otros aspectos,
que toda designación de personal, en el ámbito de la Administración
Pública, centralizada y descentralizada, en cargos de la planta
permanente, será efectuada por el PODER EJECUTIVO NACIONAL a propuesta
de la jurisdicción correspondiente.
Que por Decreto N° 1343/07 y sus modificatorios, se aprobó la nueva estructura organizativa del MINISTERIO DE SALUD.
Que en el ámbito de la SUBSECRETARIA DE EQUIDAD EN SALUD de la
SECRETARIA DE DETERMINANTES DE LA SALUD Y RELACIONES SANITARIAS del
MINISTERIO DE SALUD se encuentra vacante el cargo de Director Nacional
de Equipos del Primer Nivel de Atención, Nivel A - Grado 0, del Sistema
Nacional de Empleo Público (SINEP), aprobado por Convenio Colectivo de
Trabajo Sectorial, homologado por Decreto N° 2098 del 3 de diciembre de
2008 y modificatorios.
Que atento a la naturaleza de dicho cargo y a efectos de contribuir al
normal cumplimiento de las acciones que tiene asignadas la unidad
orgánica a la que corresponde el cargo en cuestión, resulta necesario
proceder a su cobertura transitoria, exceptuándolo a tal efecto de lo
dispuesto en el artículo 7° de la Ley N° 27.008.
Que a tal fin se han evaluado los antecedentes del doctor D. Rubén
Alejandro TREPICHIO (D.N.I. N° 17.612.243), quien cuenta con la
adecuada formación profesional y reúne las exigencias de idoneidad y
experiencia necesaria para cubrir el cargo de Director Nacional de
Equipos del Primer Nivel de Atención dependiente de la SUBSECRETARIA DE
EQUIDAD EN SALUD de la SECRETARIA DE DETERMINANTES DE LA SALUD Y
RELACIONES SANITARIAS del MINISTERIO DE SALUD.
Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS del MINISTERIO DE SALUD, ha tomado la intervención que le compete.
Que la presente medida se dicta en virtud de las atribuciones
emergentes del artículo 99, inciso 1 de la CONSTITUCION NACIONAL, y de
lo dispuesto por los artículos 7° y 10 de la Ley N° 27.008 y el
artículo 1° del Decreto N° 491/02.
Por ello,
LA PRESIDENTA DE LA NACION ARGENTINA
DECRETA:
Artículo 1° — Dase por
designado con carácter transitorio por el término de CIENTO OCHENTA
(180) días hábiles contados a partir del dictado del presente decreto,
al doctor D. Rubén Alejandro TREPICHIO (D.N.I. N° 17.612.243), en el
cargo de Director Nacional de Equipos del Primer Nivel de Atención
dependiente de la SUBSECRETARIA DE EQUIDAD EN SALUD de la SECRETARIA DE
DETERMINANTES DE LA SALUD Y RELACIONES SANITARIAS del MINISTERIO DE
SALUD, Nivel A, Grado 0, del Sistema Nacional de Empleo Público
(SINEP), aprobado por el CONVENIO COLECTIVO DE TRABAJO SECTORIAL
homologado por Decreto N° 2098/08 y modificatorios, y con carácter de
excepción a lo dispuesto por el artículo 7° de la Ley N° 27.008.
Art. 2° — El cargo involucrado
en el artículo 1° deberá ser cubierto de conformidad con los requisitos
y sistemas de selección vigentes, según lo establecido,
respectivamente, en los Títulos II, Capítulos III y IV, y IV, del
CONVENIO COLECTIVO DE TRABAJO SECTORIAL DEL PERSONAL DEL SISTEMA
NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO (SINEP) homologado por Decreto N° 2098/08 y
modificatorios, dentro del plazo de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles
contados a partir del dictado del presente decreto.
Art. 3° — El gasto que demande
el cumplimiento de la presente medida será atendido con cargo a las
partidas específicas del presupuesto vigente de la Jurisdicción 80
-MINISTERIO DE SALUD-.
Art. 4° — Comuníquese,
publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y
archívese. — FERNÁNDEZ DE KIRCHNER. — Aníbal D. Fernández. — Daniel G.
Gollan.