MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS
Resolución 579/2015
Bs. As., 16/07/2015
VISTO el Expediente N° S01:0251372/2014 del Registro del MINISTERIO DE PLANIFICACIÓN FEDERAL, INVERSIÓN PÚBLICA Y SERVICIOS, y
CONSIDERANDO:
Que por el expediente mencionado en el Visto tramita la aprobación del
Plan de Acción y Presupuesto para el Ejercicio 2015 formulado por AGUA
Y SANEAMIENTOS ARGENTINOS SOCIEDAD ANÓNIMA (AySA), actuante en el área
del MINISTERIO DE PLANIFICACIÓN FEDERAL, INVERSIÓN PÚBLICA Y SERVICIOS.
Que la Ley N° 24.156 de Administración Financiera y de los Sistemas de
Control del Sector Público Nacional y sus modificaciones, contiene en
el Título II, Capítulo III, el Régimen presupuestario de Empresas
Públicas, Fondos Fiduciarios y Entes Públicos no comprendidos en
Administración Nacional.
Que obra en el expediente señalado, el informe favorable sobre la
medida propiciada de la OFICINA NACIONAL DE PRESUPUESTO dependiente de
la SUBSECRETARIA DE PRESUPUESTO de la SECRETARIA DE HACIENDA del
MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PÚBLICAS.
Que el Artículo 49 de la mencionada ley y el Decreto N° 1.344 de fecha
4 de octubre de 2007 por el cual se aprueba el Reglamento de la Ley de
Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector
Público Nacional N° 24.156, determinan que es facultad del MINISTERIO
DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS la aprobación de la presente medida.
Por ello,
EL MINISTRO DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS
RESUELVE:
ARTÍCULO 1° — Apruébase el Plan de Acción y Presupuesto para el
Ejercicio 2015 de AGUA Y SANEAMIENTOS ARGENTINOS SOCIEDAD ANÓNIMA
(AySA), actuante en el área del MINISTERIO DE PLANIFICACIÓN FEDERAL,
INVERSIÓN PÚBLICA Y SERVICIOS, de acuerdo al detalle que figura en los
Anexos I y II, adjunto a la presente resolución, respectivamente.
ARTÍCULO 2° — Estímanse en la suma de PESOS DOS MIL SEISCIENTOS SETENTA
Y DOS MILLONES CUARENTA Y DOS MIL OCHOCIENTOS SESENTA Y CINCO ($
2.672.042.865) los ingresos de operación y fíjanse en la suma de PESOS
SEIS MIL SETECIENTOS DIECIOCHO MILLONES CIENTO NOVENTA MIL OCHOCIENTOS
OCHENTA Y NUEVE ($ 6.718.190.889) los gastos de operación, y como
consecuencia de ello apruébase el Resultado Operativo (PÉRDIDA DE
OPERACIÓN) estimado en PESOS CUATRO MIL CUARENTA Y SEIS MILLONES CIENTO
CUARENTA Y OCHO MIL VEINTICUATRO ($ 4.046.148.024), de acuerdo al
detalle que figura en las planillas del Anexo II, adjunto a la presente
resolución.
ARTÍCULO 3° — Estímanse en la suma de PESOS CINCO MIL SEISCIENTOS
SETENTA Y DOS MILLONES CUARENTA Y DOS MIL OCHOCIENTOS SESENTA Y CINCO
($ 5.672.042.865) los ingresos corrientes y fíjanse en la suma de PESOS
SIETE MIL TRESCIENTOS DIECINUEVE MILLONES CIENTO NOVENTA Y SIETE MIL
SETECIENTOS VEINTIDOS ($ 7.319.197.722) los gastos corrientes, y como
consecuencia de ello apruébase el Resultado Económico (PÉRDIDA)
estimado en PESOS UN MIL SEISCIENTOS CUARENTA Y SIETE MILLONES CIENTO
CINCUENTA Y CUATRO MIL OCHOCIENTOS CINCUENTA Y OCHO ($ 1.647.154.858),
de acuerdo con el detalle que figura en las planillas del Anexo II,
adjunto a la presente resolución.
ARTÍCULO 4° — Estímanse en la suma de PESOS SIETE MIL CUATROCIENTOS
VEINTE MILLONES OCHOCIENTOS SESENTA Y SEIS MIL OCHOCIENTOS TREINTA Y
UNO ($ 7.420.866.831) los ingresos de capital y fíjanse en la suma de
PESOS SIETE MIL TRESCIENTOS OCHENTA Y CINCO MILLONES OCHOCIENTOS
SESENTA Y SEIS MIL OCHOCIENTOS TREINTA Y UNO ($ 7.385.866.831) los
gastos de capital, y como consecuencia de ello en conjunción con el
Resultado Económico establecido en el Artículo 3° de la presente
resolución, estímase el Resultado Financiero (DÉFICIT) para el
Ejercicio 2015 en PESOS UN MIL SEISCIENTOS DOCE MILLONES CIENTO
CINCUENTA Y CUATRO MIL OCHOCIENTOS CINCUENTA Y SIETE ($ 1.612.154.857),
de acuerdo con el detalle obrante en las planillas del Anexo II,
adjunto a la presente resolución.
ARTICULO 5° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del
Registro Oficial y archívese. — Dr. AXEL KICILLOF, Ministro de Economía
y Finanzas Públicas.
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la
edición web del BORA —www.boletinoficial.gov.ar— y también podrán ser
consultados en la Sede Central de esta Dirección Nacional (Suipacha 767
- Ciudad Autónoma de Buenos Aires).
e. 23/07/2015 N° 128827/15 v. 23/07/2015
(Nota Infoleg:
Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la
edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el
siguiente link: Anexos)