PERSONAL MILITAR

Decreto 389/95

Estado Mayor General del Ejército. Promoción.

Bs. As., 28/8/95

VISTO lo informado por el señor Jefe del Estado Mayor General del Ejército, lo propuesto por el señor Ministro de Defensa, y

CONSIDERANDO:

Que el señor Mayor D. Rafael Mariano BRAGA (M. I. 8.447.824), perteneciente al Comando de la Guarnición Militar "Buenos Aires", fue clasificado por la Junta de Calificación de Oficiales — Año 1993, de "APTO PARA CONTINUAR EN SU GRADO".

Que oportunamente, el nombrado Oficial Jefe interpuso el reclamo correspondiente contra dicha clasificación impuesta por la citada Junta de Calificación de Oficiales, siendo desestimado en definitiva y última instancia por el señor Jefe del Estado Mayor General del Ejército.

Que, posteriormente interpuso un pedido de aclaración y reconsideración contra la propuesta discernida por la Junta Superior de Calificación de Oficiales — Año 1994, la que aconsejó desestimar el reclamo a la clasificación, el cual se consideró como un pedido de revisión por errores de hecho, al haberse considerado erróneamente el promedio actual del grado.

Que, por ende, por Resolución del señor Jefe del Estado Mayor General del Ejército de fecha 13 de setiembre de 1994 se hizo lugar al pedido de revisión, toda vez que se verificó un error numérico al transcribirse el promedio actual del grado, siendo clasificado como "APTO PARA EL GRADO INMEDIATO SUPERIOR" con el orden de mérito 128/1, entre los así clasificados.

Que en consecuencia, corresponde promover al grado inmediato superior con anterioridad al 31 de diciembre de 1993 al nombrado.

Que el PODER EJECUTIVO NACIONAL, se halla facultado para dictar la medida, en virtud de lo establecido por el artículo 45 de la Ley 19.101 — LEY PARA EL PERSONAL MILITAR y en uso de las facultades que le acuerda el artículo 99, inciso 12) de la CONSTITUCION NACIONAL.

Por ello.

EL PRESIDENTE DE LA NACION ARGENTINA

DECRETA:

Artículo 1° — Promuévese al Mayor D. Rafael Mariano BRAGA (M. I. 8.447.824) al grado de Teniente Coronel, con antigüedad al 31 de diciembre de 1993.

Art. 2° — Comuniqúese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — MENEM. — Oscar H. Camilión.