Ministerio de Economía y Obras y Servicios Públicos

DEUDA PUBLICA

Resolución 172/95

Dispónese la emisión de "Letras Externas a Mediano Plazo en Marcos Alemanes 2000 9,25%".

Bs. As., 24/8/95

VISTO el Expediente Nº 080-005390/95 del registro del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS, el Decreto Nº 373 de fecha 23 de agosto de 1995 y la Ley Nº 24.156, y

CONSIDERANDO:

Que dicho Decreto faculta al MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS a emitir títulos de deuda pública denominados "LETRAS EXTERNAS A MEDIANO PLAZO EN MARCOS ALEMANES" en una o varias series con el aditamento del año de vencimiento y de la tasa de interés aplicable por un valor nominal de hasta MARCOS ALEMANES UN MIL DOSCIENTOS CINCUENTA MILLONES (V.N. DEM. 1.250.000.000).

Que esa misma norma autoriza al MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS a designar las instituciones financieras participantes y a determinar los términos y condiciones de las mismas.

Que asimismo, el mencionado Decreto autoriza la implementación de operaciones financieras con productos derivados conforme a las prácticas de mercado para la administración del pasivo resultante de la colocación.

Que se ha llegado a un acuerdo para efectuar una colocación en el euromercado a CINCO (5) años de plazo, por un monto de VALOR NOMINAL MARCOS ALEMANES UN MIL MILLONES (V.N. DEM 1.000.000.000).

Que se ha considerado conveniente aceptar, dentro de las propuestas recibidas, la presentada por CS FIRST BOSTON EFFECTENBANK AKTIENGESELLSCHAFT y DEUTSCHE BANK AKTIENGESELLSCHAFT.

Que con el producido del desembolso el MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS deberá proceder a recomprar títulos valores emitidos por el Gobierno Nacional, tal como establece el Artículo 3º del Decreto 373/95.

Que la presente medida se dicta e virtud de las facultades conferidas por el Decreto Nº 373 de fecha 23 de agosto de 1995.

Por ello,

EL MINISTRO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS

RESUELVE:

Artículo 1º — Dispónese la emisión de "LETRAS EXTERNAS A MEDIANO PLAZO EN MARCOS ALEMANES 2000 9,25%" por un VALOR NOMINAL MARCOS ALEMANES UN MIL MILLONES (V.N. DEM 1.000.000.000), con fecha 29 de agosto de 1995. La colocación se realizará por intermedio de un sindicato de bancos encabezado por CS FIRST BOSTON EFFECTENBANK AKTIENGESELLSCHAFT y DEUTSCHE BANK AKTIENGESELLSCAHFT de acuerdo a las siguientes condiciones financieras: Monto: VALOR NOMINAL MARCOS ALEMANES UN MIL MILLONES (V.N. DEM 1.000.000.000).

Fecha de Colocación: 29 de agosto de 1995.

Vencimiento: 29 de agosto de 2000.

Amortización: íntegra al vencimiento.

Tasa de interés fija: NUEVE CON VEINTICINCO POR CIENTO ANUAL (9,25% pa.), pagadera anualmente.

Precio de emisión: CIENTO UNO CON CINCO POR CIENTO (101,5%)

Comisiones de colocación: DOS POR CIENTO (2%).

Comisiones de registración: CERO CON CINCO POR CIENTO (0,5%).

Gastos de colocación: hasta un importe máximo de MARCOS ALEMANES DOSCIENTOS CINCUENTA MIL (DEM 250.000).

Gastos de Traducción: hasta un importe máximo equivalente a PESOS CINCO MIL ($ 5.000).

Art. 2º — Apruébase en todas sus partes la documentación que en copia autenticada en idioma inglés y su traducción certificada al español obra en el Anexo como parte integrante de la presente Resolución.

Art. 3º — Desígnase a los señores Secretarios de Hacienda y de Finanzas, Bancos y Seguros a fin de que en forma conjunta, dispongan el procedimiento para la recompra de los títulos valores emitidos por el Gobierno Nacional, y asimismo resuelvan la realización de operaciones con instrumentos financieros derivados tales como pases y/u opciones de divisas, tasas de interés y títulos.

Art. 4º — Autorízase al Señor Subsecretario de Financiamiento, Licenciado Joaquín COTTANI, o al Asistente Técnico de la REPRESENTACION FINANCIERA DE LA REPUBLICA ARGENTINA en la Ciudad de WASHINGTON D.C. (ESTADOS UNIDOS DE AMERICA), Licenciada Noemí LA GRECA, o al Representante Financiero Alterno en EUROPA, Licenciada Susana OLGIATI, o al Director Nacional de Informaciones y Negociaciones Crediticias, Licenciado Federico Carlos MOLINA, a suscribir en forma indistinta, la documentación acorde sustancialmente con el texto aprobado en la presente, así como toda aquella documentación complementaria necesaria para implementar esta operación.

Art. 5º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Domingo F. Cavallo.

NOTA: Esta Resolución se publica sin Anexo, la documentación no publicada puede ser consultada en la Sede Central de esta Dirección Nacional (Suipacha 767, Capital Federal).