Resolución Nº 29l

Marzo 02 de 1992

B.O. 27.343 del 09-03-92

VISTO el Expediente Nº 603.011/92 del Registro de la SECRETARIA DE INDUSTRIA Y COMERCIO y el Decreto Nº 2.284 del 31 de octubre de 1991, y

CONSIDERANDO:

Que se han dispuesto medidas tendientes a desregular la operatoria en materia de importación, con el firme propósito de eliminar procedimientos que no se comparecen con la práctica moderna en el tema.

Que al mismo tiempo resulta válido homogeinezar la información de la operatoria importadora de modo tal que se puedan obtener proyecciones estadísticas que posibiliten evaluar la evolución del sector.

Que cabe dejar sin efecto sistemas que constituyan superposiciones con el propósito de obtener la optimización del sector importador.

Que se hace necesario generar modificaciones en la actual faz operativa, de modo tal que la evaluación de las importaciones pueda efectuarse de una manera rápida y dinámica.

Que el Servicio Jurídico permanente ha tomado la debida intervención.

Que la presente resolución se dicta en uso de las facultades conferidas por el Decreto Nº 101 del 16 de enero de 1985.

Por ello,

EL MINISTRO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS

RESUELVE:

ARTICULO 1º.- Deróganse la Resolución ex-M.E. Nº 190 del 27 de marzo de 1991 y sus normas reglamentarias.

ARTICULO 2º.- La presente resolución comenzará a regir a partir del día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial.

ARTICULO 3º.- Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.

Fdo. DR. DOMINGO F. CAVALLO