JUSTICIA
Ley Nº 23.138Créase un Juzgado Federal de Primera Instancia en la ciudad de Eldorado y una Cámara de Apelaciones con asiento en la ciudad de Posadas, provincia de Misiones.
Competencia y jurisdicción.
Sancionada: Setiembre 30 de 1984.
Promulgada de hecho: Noviembre 2 de 1984.
EL SENADO Y CAMARA DE DIPUTADOS DE LA NACION ARGENTINA, REUNIDOS EN CONGRESO, ETC., SANCIONAN CON FUERZA DE LEY:
ARTICULO 1° – Créase un juzgado federal de primera instancia con una (1) secretaría en lo civil y una (1) secretaría en lo Penal, en la ciudad de Eldorado, provincia de Misiones, con competencia en lo civil, comercial, penal y contencioso-administrativo, con jurisdicción en los departamentos de Eldorado, Montecarlo, Libertador General San Martín, Iguazú, Manuel Belgrano y San Pedro.
ARTICULO 2° – Créase una cámara de apelaciones con asiento en la ciudad de Posadas, provincia de Misiones, que tendrá jurisdicción apelada y ejercerá superintendencia sobre los juzgados federales de Posadas y Eldorado, y se integrará con tres (3) miembros y dos (2) secretarías.
El Ministerio Público será ejercido por un fiscal de Cámara y un defensor de menores, pobres, ausentes e incapaces.
ARTICULO 3° – La Corte Suprema de Justicia de la Nación, en ejercicio de las funciones que le compete proveerá lo necesario para la instalación y funcionamiento de los citados tribunales dentro de los ciento ochenta días de sancionada la presente.
ARTICULO 4° – Los sueldos y gastos que demande el cumplimiento de la presente ley, se tomarán de Rentas Generales, con imputación a la misma hasta tanto se incluyan en la ley de presupuesto.
ARTICULO 5° – Modifícase la competencia territorial establecida por el art. 1º, inciso a) de la ley 21.653.
ARTICULO 6° – Comuníquese al Poder Ejecutivo.
Dada en la Sala de Sesiones del Congreso Argentino, en Buenos Aires, a los treinta días del mes de setiembre del año mil novecientos ochenta y cuatro.
J.C. PUGLIESE V.H. MARTINEZ
Carlos A. Bejar Antonio J. Macris
–Registrada bajo el N° 23.138 –