Resolución Nº 413

Marzo 24 de 1992

VISTO el Expediente Nº 119/92 del Registro de la SECRETARIA DE TRANSPORTE del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS, y

CONSIDERANDO:

Que de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 6º de la Ley Nº 17.233 (t.o.) corresponde de-terminar anualmente la fecha de pago de la TASA NACIONAL DE FISCALIZACION DEL

TRANSPORTE.

Que las facultades para el dictado de la presente emanan de lo dispuesto por el Artículo 20, Pun-

to 59 de la Ley de Ministerios (T.O. 1983), modificada por su similar Nº 23.930.

Por ello,

EL MINISTRO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS

RESUELVE:

ARTICULO 1º.- Establécese el pago de la TASA NACIONAL DE FISCALIZACION DEL TRANSPORTE correspondiente al año 1992, para transporte de pasajeros de larga, corta y me- dia distancia y carga nacional e internacional en TRES (3) cuotas iguales, con vencimiento la primera de ellas el 15 de abril de 1992, la segunda el 19 de agosto de 1992 y la tercera el 19 de noviembre de 1992.

ARTICULO 2º.- Comuníquese a la DIRECCION GENERAL DE ADMINISTRACION y a las entidades representativas que agrupan a las empresas de autotransporte público.

ARTICULO 3º.- Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial

y archívese.- DOMINGO F. CAVALLO