DOCENTES

Derógase la Ley de facto 21.536 quedando anuladas todas las denominadas confirmaciones de profesores universitarios y los beneficios de estabilidad en el cargo obtenidos por aplicación del citado régimen.

LEY N° 23.115

Sancionada: Setiembre 30 de 1984.

Promulgada: Octubre 31 de 1984.

EL SENADO Y CAMARA DE DIPUTADOS DE LA NACION ARGENTINA, REUNIDOS EN CONGRESO, SANCIONAN CON FUERZA DE LEY:

ARTICULO 1° – Derógase la ley de facto 21.536.

ARTICULO 2° – A partir de la promulgación de la presente ley quedan anuladas de pleno derecho todas las denominadas confirmaciones de profesores universitarios y los beneficios de estabilidad en el cargo obtenidos por aplicación de la ley de facto 21.536, así como cualquier otro efecto derivado de ese régimen.

ARTICULO 3° – El personal comprendido proseguirá en el ejercicio de sus funciones con carácter interino hasta la provisión de su cátedra por concurso según la ley 23.068 y los estatutos universitarios vigentes.

ARTICULO 4° – Para el cómputo de los antecedentes docentes en los concursos universitarios las denominadas confirmaciones realizadas por ley 21.536 serán consideradas como interinatos.

ARTICULO 5° – Comuníquese al Poder Ejecutivo.

Dada en la Sala de Sesiones del Congreso Argentino, en Buenos Aires, a los treinta días del mes de setiembre del año mil novecientos ochenta y cuatro.

J.C. PUGLIESE

V.H. MARTINEZ

Carlos A. Bejar

Antonio J. Macris

 

–Registrada bajo el N° 23.115–