DOCENTES
Derógase la Ley de facto 21.536 quedando anuladas todas las denominadas confirmaciones de profesores universitarios y los beneficios de estabilidad en el cargo obtenidos por aplicación del citado régimen.
LEY N° 23.115
Sancionada: Setiembre 30 de 1984.
Promulgada: Octubre 31 de 1984.
EL SENADO Y CAMARA DE DIPUTADOS DE LA NACION ARGENTINA, REUNIDOS EN CONGRESO, SANCIONAN CON FUERZA DE LEY:
ARTICULO 1° – Derógase la ley de facto 21.536.
ARTICULO 2° – A partir de la promulgación de la presente ley quedan anuladas de pleno derecho todas las denominadas confirmaciones de profesores universitarios y los beneficios de estabilidad en el cargo obtenidos por aplicación de la ley de facto 21.536, así como cualquier otro efecto derivado de ese régimen.
ARTICULO 3° – El personal comprendido proseguirá en el ejercicio de sus funciones con carácter interino hasta la provisión de su cátedra por concurso según la ley 23.068 y los estatutos universitarios vigentes.
ARTICULO 4° – Para el cómputo de los antecedentes docentes en los concursos universitarios las denominadas confirmaciones realizadas por ley 21.536 serán consideradas como interinatos.
ARTICULO 5° – Comuníquese al Poder Ejecutivo.
Dada en la Sala de Sesiones del Congreso Argentino, en Buenos Aires, a los treinta días del mes de setiembre del año mil novecientos ochenta y cuatro.
J.C. PUGLIESE |
V.H. MARTINEZ |
Carlos A. Bejar |
Antonio J. Macris |
–Registrada bajo el N° 23.115–