HOMENAJES
Ley 24.529
Dispónese la construcción de un monumento símbolo a Carlos Gardel en homenaje a su memoria.
Sancionada: Agosto 9 de 1995.
Promulgada de Hecho: Setiembre 11 de 1995.
El Senado y Cámara de Diputados de la Nación Argentina reunidos en Congreso, etc., sancionan con fuerza de
Ley:
ARTICULO 1° — Dispónese la construcción de un monumento símbolo a Carlos Gardel en homenaje a su memoria.
ARTICULO 2° — El monumento será emplazado, en la Capital Federal, en la
Plaza Chile, en la esquina noroeste de la Avenida del Libertador y
Tagle.
ARTICULO 3° — La obra se hará por suscripción popular y estará a cargo
de la Academia Porteña del Lunfardo; la Municipalidad de la Ciudad de
Buenos Aires, será la autoridad de aplicación.
ARTICULO 4° — Comuníquese al Poder Ejecutivo. — ALBERTO R. PIERRI. —
CARLOS F. RUCKAUF. — Esther H. Pereyra Arandía de Pérez Pardo. —
Edgardo Piuzzi.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONGRESO ARGENTINO, EN BUENOS AIRES, A
LOS NUEVE DIAS DEL MES DE AGOSTO DEL AÑO MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y
CINCO.