HOMENAJES

Ley 24.529

Dispónese la construcción de un monumento símbolo a Carlos Gardel en homenaje a su memoria.

Sancionada: Agosto 9 de 1995.

Promulgada de Hecho: Setiembre 11 de 1995.

El Senado y Cámara de Diputados de la Nación Argentina reunidos en Congreso, etc., sancionan con fuerza de

Ley:

ARTICULO 1° — Dispónese la construcción de un monumento símbolo a Carlos Gardel en homenaje a su memoria.

ARTICULO 2° — El monumento será emplazado, en la Capital Federal, en la Plaza Chile, en la esquina noroeste de la Avenida del Libertador y Tagle.

ARTICULO 3° — La obra se hará por suscripción popular y estará a cargo de la Academia Porteña del Lunfardo; la Municipalidad de la Ciudad de Buenos Aires, será la autoridad de aplicación.

ARTICULO 4° — Comuníquese al Poder Ejecutivo. — ALBERTO R. PIERRI. — CARLOS F. RUCKAUF. — Esther H. Pereyra Arandía de Pérez Pardo. — Edgardo Piuzzi.

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONGRESO ARGENTINO, EN BUENOS AIRES, A LOS NUEVE DIAS DEL MES DE AGOSTO DEL AÑO MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y CINCO.