TRANSFERENCIAS

LEY Nº 22.958

Facúltase al PEN a transferir a título gratuito el dominio de un terreno fiscal actualmente afectado al patrimonio de ENCOTEL a la Municipalidad de Cintra, departamento Unión, provincia de Córdoba.

Buenos Aires, 27 de octubre de 1983.

EN uso de las atribuciones conferidas por el artículo 5º del Estatuto para el Proceso de Reorganización Nacional,

EL PRESIDENTE DE LA NACION ARGENTINA SANCIONA Y PROMULGA CON FUERZA DE

LEY:

ARTICULO 1º - Facúltase al Poder Ejecutivo Nacional a transferir a título gratuito a la Municipalidad de Cintra, departamento Unión, provincia de Córdoba, el dominio del terreno fiscal actualmente afectado al patrimonio de la Empresa Nacional de Correos y Telégrafos, ubicado en dicha localidad de once metros (11 m) de frente sobre el Boulevard Ceballos, por treinta y siete metros (37 metros) de fondo, contando con una superficie de cuatrocientos siete metros cuadrados (407 m2), caracterizado como Lote 5B de la Manzana 12, debidamente señalado en el plazo de Mensura y Subdivisión Nº 87.196,81 que como anexo forma parte de la presente ley, y cuyos linderos son: al Norte con Lote 5A; al Este con parte de la Sucesión de Santiago Guizzo; al Sur con propiedad de Santiago Stuppa y al Oeste con Boulevard Ceballos y que en mayor extensión, como Lote 5 de la Manzana 12, consta inscripto en el Registro de la Propiedad de la Provincia de Córdoba, bajo Nº 13362, Folio 16026, Tomo 65, con fecha 24/7/45.

ARTICULO 2º - Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.

                                                       BIGNONE
                                                          Conrado Bauer
                                                          Jorge Wehbe

Nota: Esta Ley se publica sin Anexo.