PRESUPUESTO
Decreto 1547/2015
Apruébase el Plan de Acción y el
Presupuesto para el Ejercicio 2015 de la Dirección de Obra Social del
Servicio Penitenciario Federal.
Bs. As., 31/07/2015
VISTO el Expediente N° S01:0217617/2014 del Registro del MINISTERIO DE
ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS, la Ley de Administración Financiera y de
los Sistemas de Control del Sector Público Nacional N° 24.156 y sus
modificaciones y el Decreto N° 1.776 del 29 de noviembre de 2007, y
CONSIDERANDO:
Que por el expediente citado en el Visto tramita la aprobación del Plan
de Acción y el Presupuesto para el Ejercicio 2015 formulado por la
DIRECCIÓN DE OBRA SOCIAL DEL SERVICIO PENITENCIARIO FEDERAL, actuante
en el área del MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS.
Que la Ley de Administración Financiera y de los Sistemas de Control
del Sector Público Nacional N° 24.156 y sus modificaciones contiene en
el Título II, Capítulo III, el Régimen Presupuestario de Empresas
Públicas, Fondos Fiduciarios y Entes Públicos no comprendidos en la
Administración Nacional.
Que el Decreto N° 1.776 del 29 de noviembre de 2007 estableció que la
citada Dirección queda comprendida dentro del concepto de Obras
Sociales Estatales a que alude el Artículo 3° del Anexo al Decreto N°
1.731 del 7 de diciembre de 2004, resultándole de aplicación en materia
presupuestaria lo establecido por el Título II, Capítulo III de la Ley
de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector
Público Nacional N° 24.156 y sus modificaciones.
Que del mismo modo el Decreto N° 1.776/07 determinó en su Artículo 3°
que los proyectos de presupuesto de las Obras Sociales Estatales
enumeradas en el Artículo 1° de dicho decreto, previa opinión de las
Jurisdicciones Ministeriales correspondientes y de la OFICINA NACIONAL
DE PRESUPUESTO dependiente de la SUBSECRETARÍA DE PRESUPUESTO de la
SECRETARÍA DE HACIENDA del MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS,
serán sometidos a la aprobación del PODER EJECUTIVO NACIONAL.
Que obra en el expediente citado en el Visto, el informe favorable
sobre la medida propiciada de la OFICINA NACIONAL DE PRESUPUESTO.
Que la presente medida se dicta en uso de las facultades establecidas
en el Artículo 49 de la Ley de Administración Financiera y de los
Sistemas de Control del Sector Público Nacional N° 24.156 y sus
modificaciones y en el Artículo 3° del Decreto N° 1.776/07.
Por ello,
LA PRESIDENTA DE LA NACIÓN ARGENTINA
DECRETA:
Artículo 1° — Apruébase el Plan
de Acción y el Presupuesto para el Ejercicio 2015 de la DIRECCIÓN DE
OBRA SOCIAL DEL SERVICIO PENITENCIARIO FEDERAL, actuante en el área del
MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS, de acuerdo al detalle que
figura en los Anexos I y II adjuntos al presente decreto.
Art. 2° — Estímanse en la suma
de PESOS TRESCIENTOS SESENTA Y DOS MILLONES OCHOCIENTOS VEINTISEIS MIL
CINCUENTA Y TRES ($362.826.053) los ingresos corrientes y fíjanse en la
suma de PESOS CUATROCIENTOS CUARENTA Y SEIS MILLONES CIENTO CUARENTA Y
NUEVE MIL TRESCIENTOS VEINTICINCO ($446.149.325) los gastos corrientes,
y como consecuencia de ello apruébase el Resultado Económico
(DESAHORRO) estimado en PESOS OCHENTA Y TRES MILLONES TRESCIENTOS
VEINTITRES MIL DOSCIENTOS SETENTA Y DOS ($83.323.272), de acuerdo con
el detalle que figura en las planillas del Anexo II, adjunto al
presente decreto.
Art. 3° — Estímanse en la suma
de PESOS CERO ($ 0) los ingresos de capital y fíjanse en la suma de
PESOS TRES MILLONES ($3.000.000) los gastos de capital, y como
consecuencia de ello en conjunción con el Resultado Económico
establecido en el Artículo 2° del presente decreto, estimase el
Resultado Financiero (DÉFICIT) para el Ejercicio 2015 en PESOS OCHENTA
Y SEIS MILLONES TRESCIENTOS VEINTITRES MIL DOSCIENTOS SETENTA Y DOS
($-86.323.272), de acuerdo con el detalle obrante en las planillas del
Anexo II, adjunto a la presente medida.
Art. 4° — Comuníquese,
publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y
archívese. — FERNÁNDEZ DE KIRCHNER. — Aníbal D. Fernández. — Axel
Kicillof. — Julio C. Alak.
ANEXO I
ANEXO II