MINISTERIO DE SALUD

Decreto 1601/2015

Designación.

Bs. As., 10/08/2015

VISTO el Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2015 aprobado por la Ley N° 27.008 y distribuido por la Decisión Administrativa N° 1 de fecha 12 de enero de 2015, el Decreto N° 404 de fecha 18 de marzo de 2010 y el expediente N° 1-2002-16349/15-3, del registro del MINISTERIO DE SALUD, y

CONSIDERANDO:

Que por el citado Decreto N° 404/10 se designó Asesor de Gabinete del Ministro de Salud, con rango y jerarquía de Subsecretario, al Doctor D. Juan Héctor SYLVESTRE BEGNIS (D.N.I. N° 6.022.998).

Que el citado profesional fue dado de baja de dicho cargo, a partir del 5 de agosto de 2012, mediante Resolución del MINISTERIO DE SALUD N° 2077 de fecha 12 de diciembre de 2012.

Que mediante el Decreto N° 491/02 se estableció, entre otros aspectos, que toda designación de personal, en el ámbito de la Administración Pública, centralizada y descentralizada, en cargos de la planta permanente y no permanente, será efectuada por el PODER EJECUTIVO NACIONAL a propuesta de la jurisdicción correspondiente.

Que a efectos de proceder a la cobertura del cargo referido se han evaluado los antecedentes de la Dra. Cecilia María LAVOT (D.N.I. N° 25.215.722), quien cuenta con la adecuada formación profesional y reúne las exigencias de idoneidad y experiencia necesarias para cubrir el cargo de Asesora de Gabinete del Ministro de Salud.

Que ha tomado la intervención de su competencia la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS del MINISTERIO DE SALUD.

Que la presente medida se dicta en virtud de las atribuciones emergentes del artículo 99, inciso 7 de la CONSTITUCION NACIONAL, y de lo dispuesto en el artículo 1° del Decreto N° 491/02.

Por ello,

LA PRESIDENTA DE LA NACION ARGENTINA

DECRETA:

Artículo 1° — Dáse por designada, a partir del 1° de julio de 2015, Asesora de Gabinete del Ministro de Salud, con rango y jerarquía de Subsecretaria, a la Dra. Cecilia María LAVOT (D.N.I. N° 25.215.722).

Art. 2° — El gasto que demande el cumplimiento de la presente medida será atendido con cargo a las partidas específicas del presupuesto vigente para el corriente ejercicio de la Jurisdicción 80 - MINISTERIO DE SALUD.

Art. 3° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — FERNÁNDEZ DE KIRCHNER. —  Aníbal D. Fernández. — Daniel G. Gollan.