MINISTERIO DE SALUD
SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS DE SALUD
Resolución 722/2015
Bs. As., 10/08/2015
VISTO el Expediente N° 11549/2015 del registro de la SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS DE SALUD, y
CONSIDERANDO:
Que en el expediente del VISTO tramita el Convenio Marco de Asistencia
y Cooperación Recíproca entre el MINISTERIO DE EDUCACION DE LA NACION y
la SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS DE SALUD, que tiene como objetivo
institucional el desarrollo de acciones que permitan elevar la calidad
de vida de la población, promoviendo la educación permanente de jóvenes
y adultos, para lo cual el citado Ministerio ha elaborado el “Plan de
Finalización de Estudios Primarios y Secundarios para Jóvenes y
Adultos” (Plan FinEs) de carácter excepcional y de extensión nacional,
a ser desarrollado en todas las jurisdicciones del país.
Que asegurar el acceso a la educación a los agentes de esta
SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS DE SALUD a través de herramientas como el
convenio que nos ocupa, contribuye a su formación y optimiza su
desempeño en las tareas que desarrollan en el Organismo.
Que resulta necesario perfeccionar la coordinación de acciones para la
realización de las actividades previstas en el convenio firmado, a los
fines de potenciar los recursos orientados al logro de los objetivos
establecidos.
Que la Gerencia de Asuntos Jurídicos ha tomado la intervención de su competencia.
Que la presente se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por
los Decretos N° 1615, del 23 de diciembre de 1996, N° 1008, del 2 de
julio de 2012 y N° 2710, del 28 de diciembre de 2012.
Por ello,
LA SUPERINTENDENTA DE SERVICIOS DE SALUD
RESUELVE:
ARTÍCULO 1° — Apruébase el Convenio Marco de Asistencia y Cooperación
Recíproca entre el MINISTERIO DE EDUCACION DE LA NACION y la
SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS DE SALUD, que como Anexo forma parte
integrante de la presente y que tiene como objetivo institucional el
desarrollo de acciones que permitan elevar la calidad de vida de la
población, promoviendo la educación permanente de jóvenes y adultos, a
través del “Plan de Finalización de Estudios Primarios y Secundarios
para Jóvenes y Adultos” (Plan FinEs) de carácter excepcional y de
extensión nacional, a ser desarrollado en todas las jurisdicciones del
país.
ARTÍCULO 2° — Regístrese, comuníquese, publíquese, dése a la Dirección
Nacional del Registro Oficial y, oportunamente archívese. — LILIANA
KORENFELD, Superintendenta, Superintendencia de Servicios de Salud.
NOTA: Esta Resolución se publica sin anexos.
e. 19/08/2015 N° 136113/15 v. 19/08/2015