MINISTERIO
DE TURISMO
Decisión Administrativa 678/2015
Apruébase y adjudícase Licitación
Pública Nacional N° 17/2014.
Bs. As., 13/08/2015
VISTO el Expediente N° STN:0003110/2014 del Registro del MINISTERIO DE
TURISMO, y
CONSIDERANDO:
Que por el expediente citado en el Visto tramita la Licitación Pública
Nacional N° 17/14 para la realización de la obra denominada
“CONSTRUCCIÓN DEL CENTRO AMBIENTAL PARA LA GESTIÓN INTEGRAL DE LOS
RESIDUOS SÓLIDOS URBANOS DEL MUNICIPIO DE EL CALAFATE Y PARQUE NACIONAL
LOS GLACIARES, PROVINCIA DE SANTA CRUZ”, en el marco del “Programa de
Gestión Integral de Residuos Sólidos Urbanos en Municipios Turísticos”,
Contrato de Préstamo BANCO INTERAMERICANO DE DESARROLLO (BID) N°
1.868/OC-AR cuyo modelo fuera aprobado por el Decreto N° 1.524 de fecha
6 de noviembre de 2007.
Que el procedimiento licitatorio resulta ajustado a las normas
establecidas por el BANCO INTERAMERICANO DE DESARROLLO (BID) en las
“Políticas para la Adquisición de Bienes y Obras Financiados por el
Banco Interamericano de Desarrollo”, que como Anexo II forman parte
integrante del citado decreto, y cuenta con la no objeción del referido
Banco.
Que mediante la Resolución N° 289 de fecha 18 de septiembre de 2014 del
MINISTERIO DE TURISMO se aprobó el Convenio de Adhesión suscripto con
el Municipio de El Calafate (Provincia de SANTA CRUZ), con el objeto de
establecer las condiciones de ejecución de las obras y actividades
previstas en el “Programa de Gestión Integral de Residuos Sólidos
Urbanos en Municipios Turísticos” en jurisdicción de ese Municipio.
Que oportunamente se procedió a la publicación de la citada licitación
en DOS (2) diarios de amplia circulación nacional, en cumplimiento de
la normativa del BANCO INTERAMERICANO DE DESARROLLO (BID).
Que con fecha 29 de diciembre de 2014 se realizó el Acto de Apertura de
las Ofertas con la intervención de la ESCRIBANÍA GENERAL DEL GOBIERNO
DE LA NACIÓN.
Que las ofertas que se presentaron fueron realizadas por las siguientes
empresas: 1) MILICIC S.A., 2) E.V.A. S.A. y 3) DESLER S.A.
Que la Comisión Evaluadora designada al efecto elaboró el
correspondiente informe por el que recomendó preadjudicar la referida
licitación a la firma DESLER S.A. por un monto de PESOS CUARENTA Y
SIETE MILLONES OCHOCIENTOS VEINTE MIL OCHOCIENTOS SESENTA Y TRES CON
VEINTE CENTAVOS ($ 47.820.863,20).
Que el BANCO INTERAMERICANO DE DESARROLLO (BID) prestó su no objeción a
la adjudicación propuesta.
Que han tomado la intervención de su competencia la Coordinación Unidad
Ejecutora de Préstamos Internacionales y la Dirección General de
Administración, ambas dependientes de la SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN
del MINISTERIO DE TURISMO.
Que la Dirección General de Legislación y Asuntos Jurídicos del
MINISTERIO DE TURISMO ha tomado la intervención de su competencia.
Que la presente medida se dicta en ejercicio de las atribuciones
conferidas por el Artículo 100, incisos 1 y 2 de la CONSTITUCIÓN
NACIONAL y por el Artículo 35, inciso b) y su Anexo del Reglamento de
la Ley de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del
Sector Público Nacional N° 24.156, aprobado por el Decreto N° 1.344 de
fecha 4 de octubre de 2007, modificado por el Decreto N° 1.039 de fecha
29 de julio de 2013.
Por ello,
EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS
DECIDE:
Artículo 1° — Apruébase lo
actuado en el marco de la Licitación Pública Nacional N° 17/14
denominada “CONSTRUCCIÓN DEL CENTRO AMBIENTAL PARA LA GESTIÓN INTEGRAL
DE LOS RESIDUOS SÓLIDOS URBANOS DEL MUNICIPIO DE EL CALAFATE Y PARQUE
NACIONAL LOS GLACIARES, PROVINCIA DE SANTA CRUZ”.
Art. 2° — Adjudícase a la
empresa DESLER S.A. la ejecución de la obra mencionada, por un monto de
PESOS CUARENTA Y SIETE MILLONES OCHOCIENTOS VEINTE MIL OCHOCIENTOS
SESENTA Y TRES CON VEINTE CENTAVOS ($ 47.820.863,20), en el marco del
“Programa de Gestión Integral de Residuos Sólidos Urbanos en Municipios
Turísticos”, Contrato de Préstamo BANCO INTERAMERICANO DE DESARROLLO
(BID) N° 1.868/OC-AR cuyo modelo fuera aprobado por el Decreto N° 1.524
de fecha 6 de noviembre de 2007, conforme el Modelo de Contrata que
como Anexo integra la presente medida.
Art. 3° — La Contrata cuyo
modelo se aprueba por el artículo precedente será suscripta por el
señor Ministro de Turismo, de conformidad con lo dispuesto por los
Artículos 4° y 5° del Decreto N° 1.524 de fecha 6 de noviembre de 2007,
aprobatorio del Contrato de Préstamo anteriormente indicado.
Art. 4° — El gasto que demande
el cumplimiento de la presente medida será atendido con cargo a las
partidas específicas de los créditos presupuestarios de la Jurisdicción
53 - MINISTERIO DE TURISMO.
Art. 5° — Comuníquese,
publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y
archívese. — Aníbal D. Fernández. — Carlos E. Meyer.
ANEXO