MINISTERIO DE SEGURIDAD

POLICÍA DE SEGURIDAD AEROPORTUARIA

Disposición 549/2015

Ezeiza, 26/08/2015

VISTO el Expediente N° S02:0002635/2014 del Registro de esta POLICÍA DE SEGURIDAD AEROPORTUARIA, la Ley N° 26.102 de Seguridad Aeroportuaria, la Resolución N° 1.015 del 6 de septiembre de 2012 del MINISTERIO DE SEGURIDAD, la Disposición N° 834 del 19 de septiembre de 2014 del Registro de esta Institución, y

CONSIDERANDO:

Que la Ley N° 26.102 establece las bases jurídicas, orgánicas y funcionales de esta POLICÍA DE SEGURIDAD AEROPORTUARIA.

Que la Resolución MS N° 1.015/12 aprobó la estructura orgánica y funcional de esta Institución, compuesta por la estructura de conducción y administración, la estructura operacional y el Instituto Superior de Seguridad Aeroportuaria.

Que de conformidad con la citada Resolución, la dirección orgánica del sistema de seguridad aeroportuaria contempla el diseño, la elaboración, la planificación y/o la actualización de, entre otras cuestiones, la doctrina estratégica y operacional de esta POLICÍA DE SEGURIDAD AEROPORTUARIA.

Que mediante la Disposición PSA N° 834/14 se aprobó el “Protocolo General de Actuación para la realización de allanamientos y registros de lugares públicos y privados - PGA N° 11”.

Que la publicación de la mencionada Disposición en el Boletín Oficial de la REPÚBLICA ARGENTINA se encuentra asociada al alcance general de la norma aprobada y la garantía de defensa de los terceros que puedan ver afectados sus derechos y garantías por la aplicación del procedimiento allí establecido.

Que por lo expuesto, corresponde ordenar la publicación de la mencionada norma en el Boletín Oficial de la República Argentina.

Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS de esta Institución ha tomado la intervención de su competencia.

Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas por el Artículo 18 de la Ley N° 26.102 de Seguridad Aeroportuaria y el Decreto N° 2.546 del 18 de diciembre de 2012.

Por ello,

EL DIRECTOR NACIONAL DE LA POLICÍA DE SEGURIDAD AEROPORTUARIA

DISPONE:

ARTÍCULO 1° — Publíquese la Disposición PSA N° 834/14, sin sus Anexos, en el Boletín Oficial de la REPÚBLICA ARGENTINA.

ARTÍCULO 2° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Lic. GERMÁN MONTENEGRO, Director Nacional, Policía de Seguridad Aeroportuaria.

e. 01/09/2015 N° 140460/15 v. 01/09/2015