MINISTERIO DE SALUD
Decreto 1816/2015
Créase cargo. Designación.
Bs. As., 01/09/2015
VISTO el Presupuesto General de la Administración Nacional para el
Ejercicio 2015 aprobado por Ley N° 27.008 y distribuido por la Decisión
Administrativa N° 1 de fecha 12 de enero de 2015, los Decretos N° 491
de fecha 12 de marzo de 2002 y N° 1183 de fecha 16 de julio de 2012, la
Resolución del MINISTERIO DE SALUD N° 109 del 3 de febrero de 2011, y
el Expediente N° 2002-19062/12-2 del registro de ese Ministerio, y
CONSIDERANDO:
Que por el artículo 7° de la citada Ley N° 27.008 se estableció que las
Jurisdicciones y Entidades de la Administración Pública Nacional no
podrán cubrir los cargos vacantes financiados existentes a la fecha de
la sanción de dicha Ley, ni los que se produzcan con posterioridad a
dicha fecha, salvo decisión fundada del Jefe de Gabinete de Ministros.
Que por el artículo 10 de la misma Ley se dispuso que las facultades
conferidas al Jefe de Gabinete de Ministros podrán ser asumidas por el
PODER EJECUTIVO NACIONAL, en su carácter de responsable político de la
administración general del país y en función de lo dispuesto en el
inciso 10 del artículo 99 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL.
Que mediante el Decreto N° 491/02 se estableció, entre otros aspectos,
que toda designación de personal, en el ámbito de la Administración
Pública, centralizada y descentralizada, será efectuada por el PODER
EJECUTIVO NACIONAL a propuesta de la jurisdicción correspondiente.
Que por el Decreto N° 1183/12, se aprobó el Modelo de CONVENIO DE
PRÉSTAMO a suscribirse entre la REPÚBLICA ARGENTINA y el BANCO
INTERNACIONAL DE RECONSTRUCCIÓN Y FOMENTO (BIRF) destinado a solventar
la ejecución del PROYECTO DE DESARROLLO DE SEGUROS PÚBLICOS
PROVINCIALES DE SALUD, Préstamo BIRF N° 8062-AR.
Que en el citado Decreto N° 1183/12 se establecen los objetivos del
PROYECTO DE DESARROLLO DE SEGUROS PÚBLICOS PROVINCIALES DE SALUD los
cuales son: “(a) aumentar el uso y la calidad de servicios de salud
clave en relación con la población objetivo sin cobertura explícita; y
(b) mejorar la capacidad de gestión institucional mediante el
fortalecimiento de los incentivos por resultados en las Provincias
Participantes y entre los Prestadores Autorizados”.
Que dicho proyecto prevé la ejecución de TRES (3) partes: (i) “Apoyo a
los Seguros Públicos Provinciales de Salud”; (ii) “Fortalecimiento
Institucional y de Gestión del MINISTERIO DE SALUD DE LA NACIÓN (MSN) y
de los MINISTERIOS DE SALUD PROVINCIALES (MSP)”; y (iii) “Desarrollo de
la capacidad de Prestación de Servicios del MSN y de los MSP”.
Que el Decreto N° 1183/12 especifica que el proyecto será ejecutado por
el MINISTERIO DE SALUD, a través de la SECRETARÍA DE PROMOCIÓN Y
PROGRAMAS SANITARIOS, en su carácter de “Dirección Nacional del
Proyecto” de la que dependerá la Unidad Ejecutora Central (UEC) del
mismo y con el apoyo en materia administrativa, financiera, de
adquisiciones, supervisión del proceso de monitoreo y evaluación del
proyecto de la UNIDAD DE FINANCIAMIENTO INTERNACIONAL DE SALUD (UFI-S),
dependiente de la SECRETARÍA DE COORDINACIÓN del citado Ministerio.
Que las funciones de la Unidad Ejecutora Central (UEC) serán las
asignadas a la Unidad Coordinadora del Proyecto (UCP), creada
oportunamente para la ejecución de los Contratos de Préstamos BIRF N°
7225-AR y N° 7409-AR, cuyos modelos de contratos fueron aprobados por
el Decreto N° 1140 de fecha 31 de agosto de 2004 y el Decreto N° 375 de
fecha 17 de abril de 2007, respectivamente.
Que teniendo en consideración las actuales necesidades operativas,
resulta necesario proceder a la creación del cargo de Coordinador
General del PROYECTO DE DESARROLLO DE SEGUROS PÚBLICOS PROVINCIALES DE
SALUD en el ámbito de la SECRETARÍA DE SALUD COMUNITARIA, de carácter
extraescalafonario, con rango y jerarquía de Director Nacional y una
remuneración equivalente al Nivel A Grado 0, Función Ejecutiva Nivel I,
del régimen escalafonario instituido por el Convenio Colectivo de
Trabajo Sectorial del personal del Sistema Nacional de Empleo Público
(SINEP) homologado por el Decreto N° 2098/08, propiciando su inmediata
cobertura dada la implicancia, relevancia y responsabilidad de sus
funciones que implican coordinar la ejecución de las tareas inherentes
al desarrollo y articulación de todos los componentes del PROYECTO DE
DESARROLLO DE SEGUROS PÚBLICOS PROVINCIALES DE SALUD, la provisión de
insumos estratégicos para los servicios de salud y la planificación,
información, monitoreo y evaluación del Proyecto, dirigiendo las
distintas áreas de la Unidad Ejecutora Central, y representar al
Proyecto ante el BANCO INTERNACIONAL DE RECONSTRUCCIÓN Y FOMENTO
(BIRF), las distintas jurisdicciones del Gobierno Nacional, la UNIDAD
DE FINANCIAMIENTO INTERNACIONAL DE SALUD (UFI-S), las Unidades de
Gestión Provincial y los Gobiernos Provinciales, por lo que el citado
Ministerio propicia la designación del Doctor Martín Horacio SABIGNOSO
(D.N.I. N° 25.492.448), como titular del aludido cargo.
Que la cobertura del cargo en cuestión no constituye asignación de recurso extraordinario alguno.
Que se cuenta con crédito necesario en el presupuesto del MINISTERIO DE
SALUD, para atender el gasto resultante de la medida que se aprueba por
el presente.
Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS del MINISTERIO DE SALUD y
la entonces SECRETARÍA DE GABINETE Y COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA de la
JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, han tomado la intervención que les
compete.
Que la presente medida se dicta en virtud de las atribuciones
emergentes del artículo 99, inciso 1 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL, y de
los artículos 7° y 10 de la Ley N° 27.008 y el artículo 1° del Decreto
N° 491/02.
Por ello,
LA PRESIDENTA DE LA NACIÓN ARGENTINA
DECRETA:
Artículo 1° — Créase en el
ámbito de la SECRETARÍA DE SALUD COMUNITARIA del MINISTERIO DE SALUD,
el cargo extraescalafonario de Coordinador General del PROYECTO DE
DESARROLLO DE SEGUROS PÚBLICOS PROVINCIALES DE SALUD, con rango y
jerarquía de Director Nacional y una remuneración equivalente a la de
Nivel A Grado 0 con Función Ejecutiva Nivel I, del régimen
escalafonario instituido por el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial
del personal del Sistema Nacional de Empleo Público (SINEP), homologado
por el Decreto N° 2098/08, cuyas funciones serán las de coordinar la
ejecución de las tareas inherentes al desarrollo y articulación de
todos los componentes del Proyecto, la provisión de insumos
estratégicos para los servicios de salud y la planificación,
información, monitoreo y evaluación del Proyecto, dirigiendo las
distintas áreas de la Unidad Ejecutora Central, y representar al
Proyecto ante el BANCO INTERNACIONAL DE RECONSTRUCCIÓN Y FOMENTO
(BIRF), las distintas jurisdicciones del Gobierno Nacional, la UNIDAD
DE FINANCIAMIENTO INTERNACIONAL DE SALUD (UFI-S), las Unidades de
Gestión Provincial y los Gobiernos Provinciales.
Art. 2° — Desígnase al Doctor
Martín Horacio SABIGNOSO (D.N.I. N° 25.492.448), en el cargo
extraescalafonario de Coordinador General del PROYECTO DE DESARROLLO DE
SEGUROS PÚBLICOS PROVINCIALES DE SALUD, con rango y jerarquía de
Director Nacional y una remuneración equivalente a la de Nivel A Grado
0, Función Ejecutiva Nivel I, del régimen escalafonario instituido por
el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del personal del Sistema
Nacional de Empleo Público (SINEP) homologado por el Decreto N°
2098/08, cuyas funciones serán las señaladas en el artículo precedente,
con carácter de excepción a lo dispuesto por el artículo 7° de la Ley
N° 27.008.
Art. 3° — El gasto que demande
el cumplimiento de la presente medida será atendido con cargo a las
partidas específicas del presupuesto vigente para el corriente
ejercicio de la Jurisdicción 80 - MINISTERIO DE SALUD.
Art. 4° — Comuníquese,
publíquese, dese a la Dirección Nacional del Registro Oficial y
archívese. — FERNÁNDEZ DE KIRCHNER. — Aníbal D. Fernández. — Daniel G.
Gollan.