MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS
Decreto 1881/2015
Modelo de Contrato de Préstamo. Aprobación.
Bs. As., 09/09/2015
VISTO el Expediente N° S01:0156266/2015 del Registro del MINISTERIO DE
ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS, el Modelo de Contrato de Préstamo No.
3497/OC-AR propuesto para ser suscripto entre la REPÚBLICA ARGENTINA y
el BANCO INTERAMERICANO DE DESARROLLO (BID), y
CONSIDERANDO:
Que mediante el Modelo de Contrato de Préstamo No. 3497/OC-AR, el BANCO
INTERAMERICANO DE DESARROLLO (BID) se compromete a asistir
financieramente a la REPÚBLICA ARGENTINA a fin de cooperar en la
ejecución del “Programa de Innovación Tecnológica IV (PIT IV)” - Cuarto
Préstamo de la Línea de Crédito Condicional (CCLIP) No. AR-X1015, por
un monto de hasta DÓLARES ESTADOUNIDENSES CIENTO CINCUENTA MILLONES
(U$S 150.000.000).
Que el objetivo del citado Programa es mejorar la productividad de las
empresas, aumentando la inversión en investigación, desarrollo e
innovación.
Que para la ejecución del referido Programa se desarrollarán TRES (3)
componentes: (i) Fortalecimiento de capacidades de innovación
tecnológica; (ii) Fortalecimiento de las capacidades de investigación
científica y tecnológica; y (iii) Seguimiento, evaluación, articulación
institucional y difusión de la Ciencia, Tecnología e Innovación (CTI).
Que la ejecución de dicho Programa y la utilización de los recursos del
financiamiento serán llevadas a cabo por el MINISTERIO DE CIENCIA,
TECNOLOGÍA E INNOVACIÓN PRODUCTIVA (MINCYT), denominado en adelante
“Organismo Ejecutor”.
Que el MINISTERIO DE CIENCIA, TECNOLOGÍA E INNOVACIÓN PRODUCTIVA
(MINCYT) delegará algunas actividades a la Agencia Nacional de
Promoción Científica y Tecnológica (ANPCYT).
Que la formalización de esta operación requiere que la REPÚBLICA
ARGENTINA, en su carácter de Prestataria y por intermedio del
MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS, suscriba el Contrato de
Préstamo No. 3497/OC-AR, así como toda otra documentación relacionada
con la operatoria de dicho préstamo.
Que en virtud de ello, corresponde facultar al señor Ministro de
Economía y Finanzas Públicas para que, en nombre y representación de la
REPÚBLICA ARGENTINA, suscriba el Contrato de Préstamo No. 3497/OC-AR y
acuerde las modificaciones que sean convenientes para la ejecución del
“Programa de Innovación Tecnológica IV (PIT IV)” - Cuarto Préstamo de
la Línea de Crédito Condicional (CCLIP) No. AR-X1015, siempre y cuando
no constituyan cambios sustanciales al objeto y destino de los fondos,
ni deriven en un incremento de su monto o una alteración en el
procedimiento arbitral pactado.
Que las condiciones generales, los plazos de amortización, las tasas de
interés y demás cláusulas contenidas en el Modelo de Contrato de
Préstamo propuesto para ser suscripto son los usuales que se pactan en
este tipo de contratos y resultan adecuados a los propósitos y
objetivos a los que será destinado el mencionado Préstamo.
Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE
ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS ha tomado la intervención que le compete.
Que la presente medida se dicta de conformidad con lo dispuesto por el
Artículo 99, inciso 1, de la CONSTITUCIÓN NACIONAL y el Artículo 53 de
la Ley N° 11.672, Complementaria Permanente de Presupuesto (t.o. 2014)
y sus modificatorias.
Por ello,
LA PRESIDENTA DE LA NACIÓN ARGENTINA
DECRETA:
Artículo 1° — Apruébase el
Modelo de Contrato de Préstamo No. 3497/OC-AR a celebrarse entre la
REPÚBLICA ARGENTINA y el BANCO INTERAMERICANO DE DESARROLLO (BID), por
un monto de hasta DÓLARES ESTADOUNIDENSES CIENTO CINCUENTA MILLONES
(U$S 150.000.000), destinado a financiar parcialmente el “Programa de
Innovación Tecnológica IV (PIT IV)” - Cuarto Préstamo de la Línea de
Crédito Condicional (CCLIP) No. AR-X1015, que consta de las
Estipulaciones Especiales integradas por SEIS (6) Cláusulas, de las
Normas Generales integradas por DOCE (12) Artículos y UN (1) Anexo
Único, cuyas copias autenticadas forman parte integrante del presente
decreto como Anexo I. Asimismo, forman parte integrante de la presente
medida, como Anexos II y III, las copias autenticadas de las “Políticas
para la Adquisición de Bienes y Obras Financiados por el Banco
Interamericano de Desarrollo” y las “Políticas para la Selección y
Contratación de Consultores Financiados por el Banco Interamericano de
Desarrollo”, respectivamente, ambas correspondientes a la edición del
mes de marzo de 2011.
Art. 2° — Facúltase al señor
Ministro de Economía y Finanzas Públicas, o al funcionario o
funcionarios que el mismo designe, a suscribir, en nombre y
representación de la REPÚBLICA ARGENTINA, el Contrato de Préstamo No.
3497/OC-AR y su documentación adicional, conforme al modelo que se
aprueba por el Artículo 1° del presente Decreto.
Art. 3° — Facúltase al señor
Ministro de Economía y Finanzas Públicas, o al funcionario o
funcionarios que el mismo designe, a convenir y suscribir, en nombre y
representación de la REPÚBLICA ARGENTINA, modificaciones al Contrato de
Préstamo No. 3497/OC-AR, cuyo modelo se aprueba por el Artículo 1° de
la presente medida, siempre que las mismas no constituyan cambios
sustanciales en el objeto o destino de los fondos, ni deriven en un
incremento de su monto o introduzcan modificaciones al procedimiento
arbitral pactado.
Art. 4° — Desígnase al
MINISTERIO DE CIENCIA, TECNOLOGÍA E INNOVACIÓN PRODUCTIVA (MINCYT),
como “Organismo Ejecutor” del “Programa de Innovación Tecnológica IV
(PIT IV)” - Cuarto Préstamo de la Línea de Crédito Condicional (CCLIP)
No. AR-X1015, quedando facultado para realizar todas las operaciones y
contrataciones necesarias para la ejecución del mencionado Programa,
así como también para delegar algunas actividades a la Agencia Nacional
de Promoción Científica y Tecnológica (ANPCYT), conforme las normas y
procedimientos contenidos en el Modelo de Contrato de. Préstamo que se
aprueba por el Artículo 1° de la presente medida.
Art. 5° — Comuníquese,
publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y
archívese. — FERNÁNDEZ DE KIRCHNER. — Aníbal D. Fernández. — Axel
Kicillof.
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Decreto se publican en la
edición web del BORA —www.boletinoficial.gov.ar— y también podrán ser
consultados en la Sede Central de esta Dirección Nacional (Suipacha 767
- Ciudad Autónoma de Buenos Aires).
(Nota Infoleg:
Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la
edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el
siguiente link: Anexos)