MINISTERIO
DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS
SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN ECONÓMICA
Disposición 5/2015
Bs. As., 21/10/2015
VISTO el Expediente N° S01:0181004/2015 del Registro del MINISTERIO DE
ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS, los Decretos Nros. 1.518 de fecha 4 de
septiembre de 2014, 442 de fecha 25 de marzo de 2015, 741 de fecha 5 de
mayo de 2015, las Resoluciones Nros. 960 de fecha 5 de diciembre de
2014, 666 de fecha 27 de julio de 2015, ambas del MINISTERIO DE
ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS, la Disposición N° 14 de fecha 5 de
diciembre de 2014 de la ex SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN ECONÓMICA Y
MEJORA DE LA COMPETITIVIDAD de la SECRETARÍA DE POLÍTICA ECONÓMICA Y
PLANIFICACIÓN DEL DESARROLLO del MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS
PÚBLICAS, y
CONSIDERANDO:
Que por el Artículo 1° del Decreto N° 1.518 de fecha 4 de septiembre de
2014 se aprobó el Modelo de Contrato de Préstamo entre la REPÚBLICA
ARGENTINA y el BANCO INTERAMERICANO DE DESARROLLO por un monto de hasta
DÓLARES ESTADOUNIDENSES DOSCIENTOS MILLONES (U$S 200.000.000),
destinado a financiar parcialmente el “PROGRAMA DE COMPETITIVIDAD DE
ECONOMÍAS REGIONALES” que consta de las “Estipulaciones Especiales”
integradas por SIETE (7) Capítulos, de las “Normas Generales”
integradas por DIEZ (10) Capítulos y UN (1) Anexo Único.
Que por el Artículo 4° del mencionado decreto se designó al MINISTERIO
DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS, a través de la entonces SUBSECRETARÍA
DE COORDINACIÓN ECONÓMICA Y MEJORA DE LA COMPETITIVIDAD, entonces
dependiente de la SECRETARÍA DE POLÍTICA ECONÓMICA Y PLANIFICACIÓN DEL
DESARROLLO, como “Organismo Ejecutor” del “PROGRAMA DE COMPETITIVIDAD
DE ECONOMÍAS REGIONALES”, quedando facultado para realizar todas las
operaciones y contrataciones necesarias para la ejecución del Programa,
conforme las normas y procedimientos contenidos en el citado Modelo de
Contrato de Préstamo.
Que con fecha 30 de septiembre de 2014 se celebró el Contrato de
Préstamo entre la REPÚBLICA ARGENTINA y el BANCO INTERAMERICANO DE
DESARROLLO, cuya Cláusula 3.03 b) de las “Estipulaciones Especiales”
dispone que, en forma previa al primer desembolso del préstamo, se
deberá presentar evidencia de la aprobación y entrada en vigencia del
Reglamento Operativo del Programa (ROP) previamente acordado con el
Banco.
Que por el Artículo 1° de la Resolución N° 960 de fecha 5 de diciembre
de 2014 del MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS se creó en el
ámbito de la ex SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN ECONÓMICA Y MEJORA DE LA
COMPETITIVIDAD, entonces dependiente de la SECRETARÍA DE POLÍTICA
ECONÓMICA Y PLANIFICACIÓN DEL DESARROLLO del citado Ministerio, la
Unidad Ejecutora Central del “PROGRAMA DE COMPETITIVIDAD DE ECONOMÍAS
REGIONALES”.
Que mediante el Artículo 1° de la Disposición N° 14 de fecha 5 de
diciembre de 2014 de la mencionada ex SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN
ECONÓMICA Y MEJORA DE LA COMPETITIVIDAD, se aprobó el Reglamento
Operativo de conformidad con lo establecido en la Cláusula 3.03,
apartado b) de las “Estipulaciones Especiales” del referido Contrato de
Préstamo BID N° 3174/ OC-AR, a fin de implementar la ejecución del
“PROGRAMA DE COMPETITIVIDAD DE ECONOMÍAS REGIONALES.”
Que a través del Artículo 2° del Decreto N° 442 de fecha 25 de marzo de
2015 se sustituyó el Apartado XV, correspondiente al MINISTERIO DE
ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS, del Anexo I al Artículo 1° del Decreto N°
357 de fecha 21 de febrero de 2002, sus modificatorios y
complementarios, relativo al Organigrama de Aplicación de la
ADMINISTRACIÓN PÚBLICA NACIONAL centralizada, creando la SECRETARÍA DE
COORDINACIÓN ECONÓMICA Y MEJORA DE LA COMPETITIVIDAD.
Que a través del Artículo 5° del Decreto N° 442/15 se incorporaron en
el Apartado XV —Objetivos— del Anexo II del Artículo 2° del Decreto N°
357/02, sus modificatorios y complementarios, los objetivos de la
SECRETARÍA DE COORDINACIÓN ECONÓMICA Y MEJORA DE LA COMPETITIVIDAD y
sus Subsecretarías.
Que mediante el Artículo 7° del mencionado decreto se transfirió bajo
la órbita de la SECRETARÍA DE COORDINACIÓN ECONÓMICA Y MEJORA DE LA
COMPETITIVIDAD del MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS, la
nombrada ex SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN ECONÓMICA Y MEJORA DE LA
COMPETITIVIDAD.
Que el Artículo 8° del Decreto N° 442/15 explicitó que la transferencia
a la que alude el Artículo 7°, entre otros, comprendería las unidades
organizativas con sus respectivas responsabilidades primarias, acciones
y objetivos, créditos presupuestarios, bienes y dotaciones vigentes a
la fecha, con sus respectivos niveles, grados de revista y funciones
ejecutivas previstas en el Decreto N° 2.098 de fecha 3 de diciembre de
2008, sus modificatorios y complementarios.
Que conforme el Artículo 2° del Decreto N° 741 de fecha 5 de mayo de
2015, se sustituyen del Anexo II al Artículo 2° del Decreto N° 357/02,
sus modificatorios y complementarios, —Objetivos—, en el Apartado XV,
correspondiente al MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS, los
objetivos de la SECRETARÍA DE COORDINACIÓN ECONÓMICA Y MEJORA DE LA
COMPETITIVIDAD, y sus Subsecretarías dependientes.
Que conforme el Artículo 3° del Decreto N° 741/15 se aprueba la
estructura organizativa de primer nivel operativo de la SECRETARÍA DE
COORDINACIÓN ECONÓMICA Y MEJORA DE LA COMPETITIVIDAD, de acuerdo con el
Organigrama y Responsabilidad Primaria y Acciones que, como Anexo lb,
forma parte integrante de dicho decreto.
Que conforme al punto 7 de la Planilla Anexa al Artículo 2° del Decreto
N° 741/15, uno de los objetivos de la SECRETARÍA DE COORDINACIÓN
ECONÓMICA Y MEJORA DE LA COMPETITIVIDAD consiste en la formulación,
ejecución, evaluación y monitoreo de programas tendientes a la mejora
de la competitividad.
Que conforme al punto 2 de la Planilla Anexa al Artículo 2° del Decreto
N° 741/15, uno de los objetivos de la SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN
ECONÓMICA es asistir a la SECRETARÍA DE COORDINACIÓN ECONÓMICA Y MEJORA
DE LA COMPETITIVIDAD en lo vinculado a la ejecución, el seguimiento y
la evaluación del impacto de las políticas económicas productivas para
el desarrollo de sectores, ramas o cadenas de valor de actividades
económicas.
Que por el Artículo 1° de la Resolución N° 666 de fecha de fecha 27 de
julio de 2015 del MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS se
incorpora en el ámbito de la SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN ECONÓMICA,
la Unidad Ejecutora Central del “PROGRAMA DE COMPETITIVIDAD DE
ECONOMÍAS REGIONALES”, creada por la mencionada Resolución N° 960/14.
Que asimismo, resulta necesario incorporar al Reglamento Operativo del
“PROGRAMA DE COMPETITIVIDAD DE ECONOMÍAS REGIONALES”, el “Sistema de
Gestión Ambiental y Social” que será aplicado en los proyectos que
reciban asistencia y/o financiamiento a través de sus Componentes 2 y
Subcomponente 3.1, así como introducir modificaciones en aspectos
operativos del Programa con el fin de agilizar su ejecución.
Que en función de lo expuesto, se considera conveniente modificar el
Reglamento Operativo aprobado a través de la citada Disposición N°
14/14, con el objeto de optimizar la ejecución del “PROGRAMA DE
COMPETITIVIDAD DE ECONOMÍAS REGIONALES”.
Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE
ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS ha tomado la intervención que le compete.
Que la presente medida se dicta en virtud de las facultades conferidas
por el Decreto N° 1.359 de fecha 5 de octubre de 2004.
Por ello,
LA SUBSECRETARIA DE COORDINACIÓN ECONÓMICA
DISPONE:
ARTÍCULO 1° — Sustitúyese el Reglamento Operativo del “PROGRAMA DE
COMPETITIVIDAD DE ECONOMÍAS REGIONALES”, aprobado por la Disposición N°
14 de fecha 5 de diciembre de 2014 de la ex SUBSECRETARÍA DE
COORDINACIÓN ECONÓMICA Y MEJORA DE LA COMPETITIVIDAD entonces
dependiente de la SECRETARÍA DE POLÍTICA ECONÓMICA Y PLANIFICACIÓN DEL
DESARROLLO del MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS por el Anexo
I que forma parte integrante de la presente disposición.
ARTÍCULO 2° — Comuníquese, publíquese, dese a la Dirección Nacional de
Registro Oficial y archívese. — Lic. ANA LAURA FERNÁNDEZ, Subsecretaria
de Coordinación Económica.
e. 28/10/2015 N° 160425/15 v. 28/10/2015