JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS
Decreto 2200/2015
Modifícase la distribución del Presupuesto General de la Administración Nacional —Recursos Humanos— para el Ejercicio 2015.
Bs. As., 19/10/2015
VISTO el Expediente N° CUDAP: EXP-JGM: 0045986/2014 del Registro de la
JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, la Ley de Presupuesto General de la
Administración Nacional N° 27.008, el Decreto N° 491 de fecha 12 de
marzo de 2002, el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal
del Sistema Nacional de Empleo Público homologado por el Decreto N°
2.098 de fecha 3 de diciembre de 2008 y sus modificatorios, las
Decisiones Administrativas Nros. 696 del 6 de septiembre de 2013, 609
de fecha 1° de agosto de 2014 y 1 de fecha 12 de enero de 2015, las
Resoluciones de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS Nros. 764 del 13
de septiembre de 2013, 778 del 19 de septiembre de 2013 y 57 del 7 de
febrero de 2014 y la Resolución de la entonces SECRETARÍA DE LA GESTIÓN
PÚBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS N° 39 de fecha 18 de
marzo de 2010 y sus modificatorias, y
CONSIDERANDO:
Que por la Ley N° 27.008 se aprobó el Presupuesto General de la
Administración Nacional para el Ejercicio 2015, el que fuera
distribuido por la Decisión Administrativa N° 1 de fecha 12 de enero de
2015.
Que mediante el Decreto N° 491 de fecha 12 de marzo de 2002 se
estableció, entre otros aspectos, que toda designación de personal en
el ámbito de la Administración Pública, centralizada y descentralizada,
en cargos de planta permanente y no permanente, será efectuada por el
PODER EJECUTIVO NACIONAL a propuesta de la Jurisdicción o Entidad
correspondiente.
Que por la Resolución de la entonces SECRETARÍA DE LA GESTIÓN PÚBLICA
de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS N° 39 de fecha 18 de marzo de
2010 y sus modificatorias se aprobó el Régimen de Selección de Personal
para el SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP).
Que por el Acta del Comité para la COORDINACIÓN DE LOS PROCESOS DE
PLANIFICACIÓN DE LAS DOTACIONES DE PERSONAL N° 47 del 26 de agosto de
2013 se asignaron la cantidad de DOSCIENTOS CINCUENTA Y OCHO (258)
cargos vacantes y financiados correspondientes a la JEFATURA DE
GABINETE DE MINISTROS autorizados para su cobertura por el artículo 1°
de la Decisión Administrativa N° 696 del 6 de septiembre de 2013,
mediante el régimen de selección adoptado en el marco de lo establecido
por el SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP), aprobado por el
Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial homologado por el Decreto N°
2.098 de fecha 3 de diciembre de 2008 y sus modificatorios.
Que por la Resolución de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS N° 764 de
fecha 13 de septiembre de 2013 se designó a los integrantes de los
Comités de Selección para la cobertura de DOSCIENTOS CINCUENTA Y OCHO
(258) cargos vacantes y financiados de la Planta Permanente, en los
términos del artículo 29 del Anexo I de la Resolución de la entonces
SECRETARÍA DE LA GESTIÓN PÚBLICA N° 39/10 y sus modificatorias.
Que por la Resolución de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS N° 778 de
fecha 19 de septiembre de 2013 se aprobaron las Bases del Concurso para
la cobertura de DOSCIENTOS CINCUENTA Y OCHO (258) cargos vacantes y
financiados, y se convocó al proceso de selección.
Que conforme surge de los términos de la Resolución de la JEFATURA DE
GABINETE DE MINISTROS N° 57 del 7 de febrero de 2014 se aprobó el Orden
de Mérito elevado por el Comité de Selección N° 1 para la cobertura del
cargo de Cadete - Gestor.
Que por el Acta N° 8 de fecha 12 de diciembre de 2013, el Comité de
Selección N° 1 recomendó la aplicación de los artículos 31 y 128 del
SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP), al agente D. Pablo Martín
CABALLERO (D.N.I N° 30.761.647), no obstante lo cual la OFICINA
NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO de la SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN Y EMPLEO
PÚBLICO de la SECRETARÍA DE GABINETE de la JEFATURA DE GABINETE DE
MINISTROS en su Dictamen N° 5191 de fecha 12 de diciembre de 2014,
señaló que el grado a asignar al aquí causante es el 1 en atención a
que la recomendación nunca puede ser superior al grado de equiparación
reconocido en su última situación como personal no permanente.
Que, entre otras cuestiones, la Decisión Administrativa N° 609 de fecha
1° de agosto de 2014 reglamentó lo dispuesto en el artículo 129 del
Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial citado, estableciendo a los
fines del supuesto previsto en los párrafos quinto y sexto de dicho
artículo, la conversión de los cargos de Planta Permanente vacantes,
financiados y autorizados a cubrir, en cargos de Planta No Permanente.
Que la decisión administrativa mencionada dispuso, además, que las
designaciones en dichos cargos de Planta No Permanente se mantendrán
hasta que el personal involucrado ingrese al régimen de estabilidad, a
partir del primer día del mes siguiente al que se hubiere certificado
la obtención del título del nivel educativo secundario antes de los
plazos previstos en el quinto o sexto párrafo del artículo 129 del
SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP), según corresponda.
Que, por otra parte, la referida norma establece que la presente
designación caducará automáticamente para el supuesto que el causante
no hubiese obtenido el título secundario dentro de los plazos
previstos, no hubiese requerido la prórroga del plazo para su obtención
o requerida ésta y vencido el término no hubiese logrado dicha
titulación.
Que la persona que integra la presente medida se encuentra alcanzada
por las previsiones del artículo 129 del Convenio Colectivo de Trabajo
Sectorial del Personal del Sistema Nacional de Empleo Público,
homologado por el Decreto N° 2.098/08 y sus modificatorios, por no
reunir el requisito mínimo de posesión de título de nivel educativo
secundario exigido en las Bases del presente proceso de selección de
personal, habiendo asumido oportunamente el compromiso de completar sus
estudios de nivel secundario de conformidad con lo establecido en el
artículo citado.
Que en atención a ello y al efecto previsto en el quinto párrafo del
referido artículo 129 del citado Convenio Colectivo y de conformidad
con el artículo 14 de la Decisión Administrativa N° 609/14, corresponde
transformar el cargo de la Planta Permanente involucrado en cargo de
Planta No Permanente, y designar transitoriamente en este último a la
persona que accediera al Orden de Mérito para la cobertura del cargo en
cuestión.
Que han tomado la intervención que les compete la DIRECCIÓN GENERAL DE
ASUNTOS JURÍDICOS de la SECRETARÍA LEGAL Y TÉCNICA de la PRESIDENCIA DE
LA NACIÓN, la SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN Y EMPLEO PÚBLICO de la
SECRETARÍA DE GABINETE de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y la
SECRETARÍA DE HACIENDA del MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS.
Que la presente medida se dicta en virtud de las facultades conferidas
por los artículos 99, inciso 1 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL, 6°, 7° y 10
de la Ley N° 27.008 y 1° del Decreto N° 491 de fecha 12 de marzo de
2002.
Por ello,
LA PRESIDENTA DE LA NACIÓN ARGENTINA
DECRETA:
Artículo 1° — Modifícase la
distribución del Presupuesto General de la Administración Nacional
—Recursos Humanos—, para el Ejercicio 2015, en la parte correspondiente
a la JURISDICCIÓN 25 - JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, de acuerdo
con el detalle obrante en las Planillas Anexas al presente artículo que
forman parte integrante del mismo.
Art. 2° — Desígnase
transitoriamente en la Planta No Permanente al agente D. Pablo Martín
CABALLERO (D.N.I. N° 30.761.647) en un Nivel E, Grado 1, Tramo General
y Agrupamiento General, en el cargo de Cadete-Gestor, correspondiente
al Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del Sistema
Nacional de Empleo Público (SINEP), homologado por el Decreto N° 2.098
de fecha 3 de diciembre de 2008 y sus modificatorios, en la JEFATURA DE
GABINETE DE MINISTROS, en los términos del artículo 129 del Anexo del
Decreto N° 2098/08 y de los artículos 14, 15 y 16 de la Decisión
Administrativa N° 609 de fecha 1° de agosto de 2014, y con carácter de
excepción a lo dispuesto por el artículo 7° de la Ley N° 27.008.
Art. 3° — La presente
designación transitoria queda sujeta a que el causante finalice sus
estudios secundarios conforme el compromiso por él asumido al momento
de su inscripción al presente proceso de selección de personal, de
acuerdo a lo previsto por el artículo 129 del Convenio Colectivo
homologado por el Decreto N° 2098/08 y sus modificatorios.
Art. 4° — El gasto que demande
el cumplimiento de la presente medida será atendido con cargo a las
partidas específicas del Presupuesto correspondiente a la Jurisdicción
25 - JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.
Art. 5° — Comuníquese,
publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y
archívese. — FERNÁNDEZ DE KIRCHNER. — Aníbal D. Fernández.
PLANILLA ANEXA AL ARTÍCULO 1°
PLANILLA ANEXA AL ARTÍCULO 1°