MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL

SECRETARÍA DE TRABAJO

Resolución 1215/2015

Bs. As., 31/08/2015

VISTO el Expediente N° 1.660.686/15 del registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley N° 14.250 (t.o. 2004) y la Ley N° 20.744 (t.o. 1976) y,

CONSIDERANDO:

Que a fojas 2/3 del Expediente N° 1.676.600/15, agregado como foja 12 al principal, obran el Acuerdo y Anexo celebrados entre la UNION TRABAJADORES DE ENTIDADES DEPORTIVAS Y CIVILES (U.T.E.D.Y.C.), por la parte sindical y el SINDICATO DEL SEGURO DE LA REPUBLICA ARGENTINA, por la parte empleadora, conforme lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva N° 14.250 (t.o. 2004).

Que a través del presente se estipula un incremento salarial para el personal comprendido en el Convenio Colectivo de Trabajo N° 1131/10 “E”, cuyas partes signatarias coinciden con los actores aquí intervinientes.

Que las partes han ratificado el contenido y firmas allí insertas, acreditando su personería y facultades para negociar colectivamente con las constancias obrantes en autos.

Que el ámbito de aplicación del Acuerdo traído a estudio, se circunscribe a la correspondencia entre la representatividad que ostenta el sector empresarial firmante y la entidad sindical signataria, emergente de su personería gremial.

Que de la lectura de las cláusulas pactadas, no surge contradicción con la normativa laboral vigente.

Que se encuentra constituida la respectiva comisión negociadora, conforme a lo previsto en la Ley 23.546.

Que la Asesoría Legal de la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo de este Ministerio, tomó la intervención que le compete.

Que asimismo, se acreditan los recaudos formales exigidos por la Ley N° 14.250 (t.o. 2004).

Que por lo expuesto, corresponde dictar el pertinente acto administrativo de conformidad con los antecedentes mencionados.

Que una vez dictado el presente acto administrativo homologando el Acuerdo de referencia, deberán remitirse las actuaciones a la Dirección Nacional de Regulaciones del Trabajo, a fin de evaluar la procedencia de efectuar el pertinente Proyecto de Base Promedio y Tope Indemnizatorio, de conformidad a lo establecido en el Artículo 245 de la Ley N° 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias.

Que las facultades de la suscripta para resolver en las presentes actuaciones, surgen de las atribuciones otorgadas por el Decreto N° 900/95.

Por ello,

LA SECRETARIA DE TRABAJO

RESUELVE:

ARTICULO 1° — Decláranse homologados el Acuerdo y Anexo celebrados entre la UNION TRABAJADORES DE ENTIDADES DEPORTIVAS Y CIVILES (U.T.E.D.Y.C.) y el SINDICATO DEL SEGURO DE LA REPUBLICA ARGENTINA, obrantes a fojas 2/3 del Expediente N° 1.676.600/15, agregado como foja 12 al principal, conforme a lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva N° 14.250 (t.o. 2004).

ARTICULO 2° — Regístrese la presente Resolución por la Dirección General del Registro, Gestión y Archivo Documental dependiente de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION. Cumplido, pase a la Dirección de Negociación Colectiva, a fin de que el Departamento Coordinación registre el presente Acuerdo y Anexo, obrantes a fojas 2/3 del Expediente N° 1.676.600/15, agregado como foja 12 al principal.

ARTICULO 3° — Notifíquese a las partes signatarias. Posteriormente pase a la Dirección Nacional de Regulaciones del Trabajo, a fin de evaluar la procedencia de elaborar el Proyecto de Base Promedio y Tope Indemnizatorio, de las escalas salariales que por este acto se homologan, de acuerdo a lo establecido en el Artículo 245 de la Ley N° 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias Finalmente, procédase a la guarda del presente legajo conjuntamente con el Convenio Colectivo de Trabajo N° 1131/10 “E”.

ARTICULO 4° — Hágase saber que en el supuesto de que este MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL no efectúe la publicación de carácter gratuito, del Acuerdo y Anexo homologados y de esta Resolución, las partes deberán proceder de conformidad a lo establecido en el Artículo 5 de la Ley N° 14.250 (t.o. 2004).

ARTICULO 5° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Dra. NOEMI RIAL, Secretaria de Trabajo.

Expediente N° 1.660.686/15

Buenos Aires, 03 de septiembre de 2015

De conformidad con lo ordenado en la RESOLUCION ST N° 1215/15 se ha tomado razón del acuerdo obrante a fojas 2/3 del expediente N° 1.676.600/15, agregado como fojas 12 al expediente de referencia, quedando registrado bajo el número 1019/15. — Lic. ALEJANDRO INSUA, Registro de Convenios Colectivos, Departamento Coordinación - D.N.R.T.

ACTA ACUERDO

En la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a los 18 del mes de Mayo de 2015, entre la UNION TRABAJADORES DE ENTIDADES DEPORTIVAS Y CIVILES (UTEDYC) representada por Carlos BONJOUR, en su carácter de Secretario General, Gustavo PADIN, Secretario Gremial Nacional, Marcel CARRETERO, Subsecretaria Gremial Nacional, y Marcelo Rodríguez, Secretario General de Seccional Punilla y por la otra parte el SINDICATO DEL SEGURO DE LA REPUBLICA ARGENTINA, representada por Raúl Amancio MARTINEZ, en su carácter de Secretario General, Jorge Alberto SOLA, Secretario Gremial y de Relaciones Laborales y Miguel Angel Méndez, Secretario de Organización, y la Dra. Alelí Natalia PREVIGNANO en su carácter de Apoderada quienes acuerdan lo siguiente en el marco del C.C. 1131/10 E.:

Primero: Las partes acuerdan otorgar un incremento sobre los salarios básicos y adicionales de convenio cuya vigencia será desde el 1 de Abril de 2015 al 30/09/2015 conforme detalle que obra en el ANEXO I, el cual forma parte integrante del presente acuerdo.

Segundo: Las partes se comprometen a volver a reunirse en el mes de Septiembre del corriente año a fin de retomar las negociaciones salariales que regirán en el ámbito del CCT 1131/01 E desde el 01/10/2015 al 31/03/2016.

Tercero: Cualquiera de los firmantes podrá presentar ante el Ministerio de Trabajo de la Nación el mismo para su homologación, sin perjuicio de su validez inmediata atento la naturaleza del presente acuerdo.

En el día y lugar antes indicado, se firman cuatro ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto, uno para cada parte y dos para presentar ante el Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social de la Nación.

ANEXO I CCT 1131/01 E