Decisión Administrativa 1194/2015
Modifícase la distribución del Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2015.
Bs. As., 13/11/2015
VISTO el Presupuesto General de la Administración Nacional para el
Ejercicio 2015 aprobado por la Ley N° 27.008, distribuido por la
Decisión Administrativa N° 1 de fecha 12 de enero de 2015, y
CONSIDERANDO:
Que resulta necesario modificar el presupuesto vigente en las
Jurisdicciones 50 - MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS -
Servicio Administrativo Financiero 321 - INSTITUTO NACIONAL DE
ESTADISTICA Y CENSOS y 53 - MINISTERIO DE TURISMO - Servicio
Administrativo Financiero 322 - MINISTERIO DE TURISMO y Entidad 119 -
INSTITUTO NACIONAL DE PROMOCIÓN TURÍSTICA, a efectos de posibilitar la
atención de gastos emergentes de compromisos contraídos.
Que la modificación prevista implica un incremento en los créditos de
los Programas 1 - Actividades Centrales, 16 - Desarrollo y Promoción
del Turismo Nacional, 18 - Prestaciones Turísticas, 22 - Desarrollo
Turístico con Financiamiento Internacional y 23 - Gestión Integral de
Residuos Sólidos Urbanos en Municipios Turísticos del MINISTERIO DE
TURISMO, y 16 - Promoción del Turismo Receptivo Internacional del
INSTITUTO NACIONAL DE PROMOCIÓN TURÍSTICA.
Que el citado incremento se financia con la mayor recaudación producida
por el impuesto del CINCO POR CIENTO (5%) sobre la venta de pasajes
aéreos, marítimos y fluviales al exterior previsto en la Ley Nacional
de Turismo N° 25.997.
Que la medida propiciada está amparada en las disposiciones del
Artículo 37 de la Ley de Administración Financiera y de los Sistemas de
Control del Sector Público Nacional N° 24.156, sustituido por el
Artículo 1° de la Ley N° 26.124 y el Artículo 9° de la Ley N° 27.008 de
Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio
2015.
Por ello,
EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS
DECIDE:
Artículo 1° — Modifícase la
distribución del Presupuesto General de la Administración Nacional para
el Ejercicio 2015, de acuerdo al detalle obrante en las Planillas
Anexas al presente artículo, que forman parte integrante de esta
decisión administrativa.
Art. 2° — Comuníquese,
publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y
archívese. — Aníbal D. Fernández. — Axel Kicillof. — Carlos E. Meyer.
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Decisión Administrativa se
publican en la edición web del BORA —www.boletinoficial.gob.ar— y
también podrán ser consultados en la Sede Central de esta Dirección
Nacional (Suipacha 767 - Ciudad Autónoma de Buenos Aires).
(Nota Infoleg:
Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la
edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el
siguiente link: Anexos)