MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS
Resolución 1733/2015
Bs. As., 20/11/2015
VISTO el Expediente N° S01:0224765/2014 del Registro del MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS, y
CONSIDERANDO:
Que por el expediente mencionado en el Visto tramita la aprobación del
Plan de Acción y Presupuesto para el Ejercicio 2015 formulado por la
empresa PELLEGRINI SOCIEDAD ANÓNIMA GERENTE DE FONDOS COMUNES DE
INVERSIÓN, actuante en el área del MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS
PÚBLICAS.
Que la Ley de Administración Financiera y de los Sistemas de Control
del Sector Público Nacional N° 24.156 y sus modificaciones, contiene en
el Título II, Capítulo III, el Régimen Presupuestario de Empresas
Públicas, Fondos Fiduciarios y Entes Públicos no comprendidos en la
Administración Nacional.
Que obra en el expediente señalado, el informe favorable sobre la
medida propiciada de la OFICINA NACIONAL DE PRESUPUESTO dependiente de
la SUBSECRETARÍA DE PRESUPUESTO de la SECRETARÍA DE HACIENDA del
MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS.
Que el Artículo 49 de la mencionada ley y el Decreto N° 1.344 de fecha
4 de octubre de 2007 por el cual se aprueba el Reglamento de la Ley N°
24.156 y sus modificaciones, determinan que es facultad del MINISTERIO
DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS la aprobación de la presente medida.
Por ello,
EL MINISTRO DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS
RESUELVE:
ARTÍCULO 1° — Apruébase el Plan de Acción y Presupuesto para el
Ejercicio 2015 de la empresa PELLEGRINI SOCIEDAD ANÓNIMA GERENTE DE
FONDOS COMUNES DE INVERSIÓN, actuante en el área del MINISTERIO DE
ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS, de acuerdo al detalle que figura en los
Anexos I y II, adjuntos a la presente resolución, respectivamente.
ARTÍCULO 2° — Estímanse en la suma de PESOS CINCUENTA Y NUEVE MILLONES
OCHOCIENTOS TREINTA Y UN MIL DOSCIENTOS SETENTA Y UNO ($ 59.831.271)
los ingresos de operación y fíjanse en la suma de PESOS VEINTICUATRO
MILLONES CIENTO SETENTA Y TRES MIL DOSCIENTOS TREINTA Y UNO ($
24.173.231) los gastos de operación, y como consecuencia de ello
apruébase el Resultado Operativo (GANANCIA DE OPERACIÓN) estimado en la
suma de PESOS TREINTA Y CINCO MILLONES SEISCIENTOS CINCUENTA Y OCHO MIL
CUARENTA ($ 35.658.040), de acuerdo al detalle que figura en las
planillas del Anexo II, adjunto a la presente resolución.
ARTÍCULO 3° — Estímanse en la suma de PESOS SETENTA Y DOS MILLONES
CIENTO CUARENTA Y CINCO MIL SEISCIENTOS ($ 72.145.600) los ingresos
corrientes y fíjanse en la suma de PESOS CUARENTA MILLONES NOVECIENTOS
SESENTA Y TRES MIL QUINIENTOS SESENTA ($ 40.963.560) los gastos
corrientes, y como consecuencia de ello apruébase el Resultado
Económico (AHORRO) estimado en PESOS TREINTA Y UN MILLONES CIENTO
OCHENTA Y DOS MIL CUARENTA ($ 31.182.040), de acuerdo con el detalle
que figura en las planillas del Anexo II, adjunto a la presente
resolución.
ARTÍCULO 4° — Estímanse en la suma de PESOS TRESCIENTOS NOVENTA MIL
NOVECIENTOS DIECISÉIS ($ 390.916) los ingresos de capital y fíjanse en
la suma de PESOS OCHOCIENTOS CUARENTA MIL ($ 840.000) los gastos de
capital, y como consecuencia de ello en conjunción con el Resultado
Económico establecido en el Artículo 3° de la presente resolución,
estímase el Resultado Financiero (SUPERÁVIT) para el Ejercicio 2015 en
PESOS TREINTA MILLONES SETECIENTOS TREINTA Y DOS MIL NOVECIENTOS
CINCUENTA Y SEIS ($ 30.732.956), de acuerdo con el detalle que figura
en las planillas del Anexo II, adjunto a la presente resolución.
ARTÍCULO 5° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del
Registro Oficial y archívese. — Dr. AXEL KICILLOF, Ministro de Economía
y Finanzas Públicas.
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la
edición web del BORA —www.boletinoficial.gob.ar— y también podrán ser
consultados en la Sede Central de esta Dirección Nacional (Suipacha 767
- Ciudad Autónoma de Buenos Aires).
e. 02/12/2015 N° 171767/15 v. 02/12/2015
(Nota Infoleg:
Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la
edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el
siguiente link: Anexos)