MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA
Decisión Administrativa 1321/2015
Instituto Nacional de Investigación y Desarrollo Pesquero. Incorpórase cargo de Director.
Bs. As., 01/12/2015
VISTO el Expediente N° S05:0019170/2015 del Registro del MINISTERIO DE
AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA, las Leyes Nros. 21.673 y 24.922, el
Decreto N° 1.063 de fecha 17 de agosto de 2004 y su similar
modificatorio N° 2.751 de fecha 30 de diciembre de 2014, la Decisión
Administrativa N° 477 de fecha 16 de septiembre de 1998 y sus
modificatorias, y
CONSIDERANDO:
Que por Ley N° 21.673 se creó el INSTITUTO NACIONAL DE INVESTIGACIÓN Y
DESARROLLO PESQUERO, como ente descentralizado en la jurisdicción del
ex - MINISTERIO DE ECONOMÍA, ex - SECRETARÍA DE ESTADO DE INTERESES
MARÍTIMOS —ex - SUBSECRETARÍA DE PESCA—, estableciendo en la misma sus
objetivos y finalidades.
Que por Ley N° 24.922 se aprobó el RÉGIMEN FEDERAL DE PESCA el cual
establece en su Capítulo VI los objetivos y responsabilidades
inherentes al INSTITUTO NACIONAL DE INVESTIGACIÓN Y DESARROLLO
PESQUERO, lo que derivó en un aumento notorio en las responsabilidades
y exposición de sus áreas de conducción.
Que por el Decreto N° 1.063 de fecha 17 de agosto de 2004 se aprobó la
estructura organizativa del INSTITUTO NACIONAL DE INVESTIGACIÓN Y
DESARROLLO PESQUERO, modificado por el Decreto N° 2.751 de fecha 30 de
diciembre de 2014.
Que por la Decisión Administrativa N° 477 de fecha 16 de septiembre de
1998 y sus modificatorias, se estableció la integración de los
Gabinetes de las Unidades Jefe de Gabinete de Ministros, Ministros,
Secretarios y Subsecretarios.
Que en atención a la naturaleza de sus funciones y teniendo en cuenta
la complejidad que conlleva la territorialidad de sus acciones, resulta
necesario dotar de un Gabinete al señor Director del INSTITUTO NACIONAL
DE INVESTIGACIÓN Y DESARROLLO PESQUERO, organismo descentralizado en la
órbita del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA, incorporando
el cargo con carácter de excepción, a la nómina de funcionarios a que
se refieren los Artículos 1°, 2° y 3°, así como en el inciso c) de la
Planilla Anexa al Artículo 1° de la Decisión Administrativa N° 477/98 y
sus modificatorias.
Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos dependiente de la
SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN TÉCNICA Y ADMINISTRATIVA del MINISTERIO
DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA, ha tomado la intervención que le
compete.
Que la SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN Y EMPLEO PÚBLICO de la SECRETARÍA DE
GABINETE de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y la SECRETARÍA LEGAL
Y TÉCNICA de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, han tomado la intervención de
su competencia.
Que la presente medida se dicta en ejercicio de las facultades
conferidas por el artículo 100, incisos 1 y 2 de la CONSTITUCIÓN
NACIONAL.
Por ello,
EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS
DECIDE:
Artículo 1° — Incorpórase con
carácter de excepción, a partir de la fecha del dictado de la presente
medida, el cargo de Director del INSTITUTO NACIONAL DE INVESTIGACIÓN Y
DESARROLLO PESQUERO, organismo descentralizado en la órbita del
MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA, en los artículos 1°, 2° y
3°, como así también en el inciso c) de la Planilla Anexa al Artículo
1° de la Decisión Administrativa N° 477 de fecha 16 de septiembre de
1998 y sus modificatorias.
Art. 2° — El gasto que demande
el cumplimiento de la presente medida será atendido con cargo a las
partidas específicas vigentes del presupuesto de la Jurisdicción 52 -
Entidad 607.
Art. 3° — Comuníquese,
publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y
archívese. — Aníbal D. Fernández. — Carlos H. Casamiquela.