MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA

Decisión Administrativa 1321/2015

Instituto Nacional de Investigación y Desarrollo Pesquero. Incorpórase cargo de Director.

Bs. As., 01/12/2015

VISTO el Expediente N° S05:0019170/2015 del Registro del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA, las Leyes Nros. 21.673 y 24.922, el Decreto N° 1.063 de fecha 17 de agosto de 2004 y su similar modificatorio N° 2.751 de fecha 30 de diciembre de 2014, la Decisión Administrativa N° 477 de fecha 16 de septiembre de 1998 y sus modificatorias, y

CONSIDERANDO:

Que por Ley N° 21.673 se creó el INSTITUTO NACIONAL DE INVESTIGACIÓN Y DESARROLLO PESQUERO, como ente descentralizado en la jurisdicción del ex - MINISTERIO DE ECONOMÍA, ex - SECRETARÍA DE ESTADO DE INTERESES MARÍTIMOS —ex - SUBSECRETARÍA DE PESCA—, estableciendo en la misma sus objetivos y finalidades.

Que por Ley N° 24.922 se aprobó el RÉGIMEN FEDERAL DE PESCA el cual establece en su Capítulo VI los objetivos y responsabilidades inherentes al INSTITUTO NACIONAL DE INVESTIGACIÓN Y DESARROLLO PESQUERO, lo que derivó en un aumento notorio en las responsabilidades y exposición de sus áreas de conducción.

Que por el Decreto N° 1.063 de fecha 17 de agosto de 2004 se aprobó la estructura organizativa del INSTITUTO NACIONAL DE INVESTIGACIÓN Y DESARROLLO PESQUERO, modificado por el Decreto N° 2.751 de fecha 30 de diciembre de 2014.

Que por la Decisión Administrativa N° 477 de fecha 16 de septiembre de 1998 y sus modificatorias, se estableció la integración de los Gabinetes de las Unidades Jefe de Gabinete de Ministros, Ministros, Secretarios y Subsecretarios.

Que en atención a la naturaleza de sus funciones y teniendo en cuenta la complejidad que conlleva la territorialidad de sus acciones, resulta necesario dotar de un Gabinete al señor Director del INSTITUTO NACIONAL DE INVESTIGACIÓN Y DESARROLLO PESQUERO, organismo descentralizado en la órbita del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA, incorporando el cargo con carácter de excepción, a la nómina de funcionarios a que se refieren los Artículos 1°, 2° y 3°, así como en el inciso c) de la Planilla Anexa al Artículo 1° de la Decisión Administrativa N° 477/98 y sus modificatorias.

Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos dependiente de la SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN TÉCNICA Y ADMINISTRATIVA del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA, ha tomado la intervención que le compete.

Que la SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN Y EMPLEO PÚBLICO de la SECRETARÍA DE GABINETE de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y la SECRETARÍA LEGAL Y TÉCNICA de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, han tomado la intervención de su competencia.

Que la presente medida se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por el artículo 100, incisos 1 y 2 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL.

Por ello,

EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS

DECIDE:

Artículo 1° — Incorpórase con carácter de excepción, a partir de la fecha del dictado de la presente medida, el cargo de Director del INSTITUTO NACIONAL DE INVESTIGACIÓN Y DESARROLLO PESQUERO, organismo descentralizado en la órbita del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA, en los artículos 1°, 2° y 3°, como así también en el inciso c) de la Planilla Anexa al Artículo 1° de la Decisión Administrativa N° 477 de fecha 16 de septiembre de 1998 y sus modificatorias.

Art. 2° — El gasto que demande el cumplimiento de la presente medida será atendido con cargo a las partidas específicas vigentes del presupuesto de la Jurisdicción 52 - Entidad 607.

Art. 3° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Aníbal D. Fernández. — Carlos H. Casamiquela.