MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL
SECRETARÍA DE TRABAJO
Resolución 1713/2015
Bs. As., 20/10/2015
VISTO el Expediente N° 1.674.064/15 del Registro del MINISTERIO DE
TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley N° 14.250 (t.o. 2004), la
Ley N° 20.744 (t.o.1976) y sus modificatorias, Ley 23.546 (t.o. 2004), y
CONSIDERANDO:
Que a fojas 3/4 del Expediente N° 1.674.064/15 obra el acuerdo
celebrado entre el SINDICATO DE TRABAJADORES DE LA INDUSTRIA DEL GAS DE
CAPITAL Y GRAN BUENOS AIRES, por la parte sindical, y la empresa
INARTECO SOCIEDAD ANÓNIMA, por la parte empleadora, conforme a lo
dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva N° 14.250 (t.o. 2004).
Que mediante el precitado acuerdo las partes convienen un incremento
salarial, para el personal comprendido en el Convenio Colectivo de
Trabajo de Empresa N° 1387/14 “E”, suscripto oportunamente por las
mismas partes.
Que tanto el ámbito personal como el territorial de aplicación del
presente acuerdo, quedan estrictamente circunscriptos a la coincidencia
entre la actividad desarrollada por la entidad empresaria signataria y
de la asociación sindical, emergente de su personería gremial.
Que de la lectura de las cláusulas pactadas, no surge contradicción con la normativa laboral vigente.
Que las partes han acreditado la representación invocada con la
documentación agregada a los actuados y ratificaron en todos sus
términos el mentado acuerdo conforme surge de los presentes obrados.
Que se encuentra constituida la respectiva Comisión Negociadora conforme a lo previsto en la Ley N° 23.546 (t.o. 2004).
Que se han cumplimentado los requisitos de la Ley 14.250 (t.o. 2004).
Que la Asesoría Técnico Legal de esta Dirección Nacional de Relaciones
del Trabajo de este Ministerio ha tomado la intervención que le compete.
Que por lo expuesto corresponde dictar el pertinente acto administrativo de homologación.
Que una vez dictado el presente acto administrativo homologando los
acuerdos alcanzados, se remitirán las presentes actuaciones a la
Dirección Nacional de Regulaciones del Trabajo, a fin de evaluar la
procedencia de fijar el promedio de las remuneraciones, del cual surge
el tope indemnizatorio establecido en el artículo 245 de la Ley N°
20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias.
Que la presente se dicta en uso de las facultades previstas en el artículo 10 del Decreto N° 200/88 y sus modificatorios.
Por ello,
LA SECRETARIA DE TRABAJO
RESUELVE:
ARTICULO 1° — Declárase homologado el acuerdo obrante a fojas 3/4 del
Expediente N° 1.674.064/15, celebrado entre el SINDICATO DE
TRABAJADORES DE LA INDUSTRIA DEL GAS CAPITAL Y GRAN BUENOS ARGENTINA,
por la parte sindical, y la empresa INARTECO SOCIEDAD ANÓNIMA, por la
parte empleadora, conjuntamente con el acta de ratificación de fojas 44
del mismo Expediente, conforme a lo dispuesto en la Ley de Negociación
Colectiva N° 14.250 (t.o. 2004).
ARTICULO 2° — Regístrese la presente Resolución en la Dirección General
de Registro, Gestión y Archivo Documental dependiente de la
SUBSECRETARIA DE COORDINACION. Cumplido, pase a la Dirección de
Negociación Colectiva a fin de que el Departamento Coordinación
registre el acuerdo obrante a fojas 3/4 del Expediente 1.674.064/15
conjuntamente con el acta de ratificación de fojas 44 del mismo
Expediente.
ARTICULO 3° — Notifíquese a las partes signatarias. Posteriormente,
pase a la Dirección Nacional de Regulaciones del Trabajo a fin de
evaluar la procedencia de fijar el promedio de las remuneraciones, del
cual surge el tope indemnizatorio, de acuerdo a lo establecido en el
artículo 245 de la Ley N° 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias.
Finalmente, procédase a la guarda del presente conjuntamente con el
Convenio Colectivo de Trabajo de Empresa N° 1387/14 “E”.
ARTICULO 4° — Hágase saber que en el supuesto de que este MINISTERIO DE
TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL no efectúe la publicación gratuita
de los instrumentos homologados, resultará aplicable lo dispuesto en el
tercer párrafo del Artículo 5° de la Ley N° 14.250 (t.o. 2004).
ARTICULO 5° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del
Registro Oficial y archívese. — Dra. NOEMI RIAL, Secretaria de Trabajo.
Expediente N° 1.674.064/15
Buenos Aires, 21 de Octubre de 2015
De conformidad con lo ordenado en la RESOLUCION ST N° 1713/15 se ha
tomado razón del acuerdo obrante a fojas 3/4 y 44 del expediente de
referencia, quedando registrado bajo el número 1464/15. — VALERIA
ANDREA VALETTI, Registro de Convenios Colectivos, Departamento
Coordinación - D.N.R.T.
ACTA ACUERDO
En la ciudad de Buenos Aires, a los 30 días del mes de abril del 2015,
se reúne se reúnen por una parte INARTECO S.A. con domicilio en la
calle Córdoba 991, piso 6to., Capital Federal, representada por el
señor Roberto Papastefano, en adelante “La Empresa” y por la otra los
señores Gabriel Yasky, Oscar Mangone, Pablo Blanco y Viviana Pinto en
representación del Sindicato de Trabajadores de la Industria del Gas,
en adelante denominado “STIGAS”, quienes acuerdan la firma del presente
en los términos que se exponen seguidamente:
Primero: las partes acuerdan un incremento salarial del 18% con efectos
a partir del 1 de abril del 2015 y 7% a partir del 1 de agosto del
2015, estos porcentajes se calcula en forma acumulativa, resultando los
Básicos de convenio que se muestran en el artículo Segundo, este
incremento será aplicado al personal representado por la entidad
sindical, sobre todos los conceptos convencionales, excluido la
Bonificación por Gas que se mantiene en el valor actual.
Segundo: Los nuevos básicos de convenio de acuerdo al incremento
determinado en el punto Primero queda conformado en los siguientes
valores mensuales:
BASICOS DE CONVENIO VIGENTES PERIODO
Cuarto: Las partes también acuerdan
reunirse en el mes de septiembre de 2015 a fin continuar el analizar
las variables económicas, salariales.
Quinto: Las partes convienen en solicitar la homologación del presente
acuerdo ante el Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social.
En prueba de conformidad se firman tres ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto en el lugar y fecha arriba indicados.
EXPEDIENTE N° 1.674.064/15
En la ciudad de Buenos Aires a los 17 días del mes de septiembre de
2015 siendo las 12:00 horas comparecen en el MINISTERIO DE TRABAJO,
EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL — DIRECCION NACIONAL DE RELACIONES DEL
TRABAJO—, ante mí, Lic. Juliana CALIFA, Secretaria de Conciliación del
Departamento de Relaciones Laborales N° 1, en representación del
SINDICATO DE TRABAJADORES DE LA INDUSTRIA DEL GAS CAPITAL Y GRAN BUENOS
AIRES, la Sra. Viviana Beatriz PINTO (M.I. N° 11.450.776), y el
Delegado de Personal, el Sr. Ariel Iván DÍAZ (M.I. N° 25.282.907), por
una parte, y por la otra, en representación de la empresa INARTECO
SOCIEDAD ANÓNIMA, el Sr. Roberto PAPASTEFANO (M.I. N° 12.961.454).
Abierto el acto por la funcionaria actuante, se notifica a las partes
con entrega de copia autenticada, la DISPOSICIÓN D.N.R.T. N° 300/15,
mediante la cual queda formalmente constituida la comisión negociadora.
Luego, AMBAS REPRESENTACIONES en conjunto y de común acuerdo
manifiestan que: ratifican y solicitan la homologación del acuerdo que
luce a fs. 3/4 de las presentes actuaciones, suscripto entre las partes
en fecha 30/04/2015 en el marco del CCT N° 1387/14 “E”.
El Delegado de Personal ratifica el acuerdo, en cumplimiento con lo normado en el art. 17 de la Ley N° 14.250.
En este estado la funcionaria actuante deja constancia que remitirá las
presentes actuaciones a la Asesoría Técnico Legal para su conocimiento
y consideración.
No siendo para más a las 12:30 horas finaliza el acto. Firman los
comparecientes previa lectura y ratificación por ante mí que certifico.