CONSEJO NACIONAL DE COORDINACIÓN DE POLÍTICAS SOCIALES
Decreto 370/2016
Desígnase Secretario General de la Comisión Nacional Asesora para la Integración de las Personas con Discapacidad.
Bs. As., 17/02/2016
VISTO los Decretos N° 984 del 18 de junio de 1992 y sus modificatorios
y N° 227 del 20 de enero de 2016 y la Resolución CNCPS N° 1005 del 25
de noviembre de 2014, y
CONSIDERANDO:
Que por el Decreto N° 984/92 y sus modificatorios se aprobó y modificó
la estructura organizativa de la actual COMISION NACIONAL ASESORA PARA
LA INTEGRACION DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD (CONADIS) del CONSEJO
NACIONAL DE COORDINACIÓN DE POLÍTICAS SOCIALES de la PRESIDENCIA DE LA
NACIÓN, estableciéndose que dicha Comisión estará dirigida y
administrada por UN (1) Presidente, el que será asistido por un
directorio integrado por TRES (3) Directores y UN (1) Secretario
General.
Que mediante Resolución CNCPS N° 1005/14 se aceptó, a partir del 1° de
diciembre de 2014, la renuncia presentada por el Doctor D. Juan Pablo
ORDOÑEZ (D.N.I. N° 28.405.564), siendo necesario cubrir dicha vacante
con la designación en similar cargo del Doctor D. Carlos Alberto CONTE
(D.N.I. N° 12.885.350).
Que por el Decreto N° 227/16 se estableció, entre otras cuestiones, que
toda designación de personal en las jurisdicciones y unidades
organizativas dependientes de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN será
efectuada por el señor Presidente de la Nación.
Que la presente medida se dicta en virtud de las atribuciones
emergentes del artículo 99, inciso 1 de la CONSTITUCION NACIONAL, y por
los artículos 7° y 10 de la Ley N° 27.198, 5° del Decreto N° 984/92 y
sus modificatorios y 2° del Decreto N° 227/16.
Por ello,
EL PRESIDENTE DE LA NACIÓN ARGENTINA
DECRETA:
Artículo 1° — Desígnase, a
partir del 1° de enero de 2016, como Secretario General de la COMISION
NACIONAL ASESORA PARA LA INTEGRACIÓN DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD
(CONADIS) del CONSEJO NACIONAL DE COORDINACIÓN DE POLÍTICAS SOCIALES de
la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, al Doctor D. Carlos Alberto CONTE (D.N.I.
N° 12.885.350) con una remuneración equivalente al Nivel A - Grado 1
del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP), homologado por el
Decreto N° 2098/08, y con carácter de excepción al artículo 7° de la
Ley N° 27.198.
Art. 2° — El gasto que demande
el cumplimiento del presente decreto será atendido con cargo a las
partidas específicas del presupuesto vigente de la Jurisdicción 20-16 -
CONSEJO NACIONAL DE COORDINACION DE POLITICAS SOCIALES.
Art. 3° — Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — MACRI. — Carolina Stanley.