MINISTERIO DE PRODUCCIÓN
SECRETARÍA DE EMPRENDEDORES Y DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA
Resolución 4/2016
Bs. As., 19/02/2016
VISTO el Expediente N° S01:0228365/2014 del Registro del ex MINISTERIO
DE INDUSTRIA, las Leyes Nros. 24.467, 25.300 y sus modificaciones, Ley
de Ministerios (texto ordenado por Decreto N° 438/92) y sus
modificaciones, los Decretos Nros. 522 de fecha 27 de marzo de 1992,
993 de fecha 9 de septiembre de 1999, 1.074 de fecha 24 de agosto de
2001, 357 de fecha 21 de febrero de 2002 y sus modificaciones, y 1.273
de fecha 25 de julio de 2012, y las Resoluciones Nros. 206 de fecha 12
de octubre de 2012, 48 de fecha 18 de abril de 2013 y 1.417 de fecha 19
de noviembre de 2014 todas de la ex SECRETARÍA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA
EMPRESA Y DESARROLLO REGIONAL del ex MINISTERIO DE INDUSTRIA; y
CONSIDERANDO:
Que mediante el Decreto N° 13 de fecha 10 de diciembre de 2015 se
sustituyó el Artículo 1° de la Ley de Ministerios (texto ordenado por
Decreto N° 438/92) y sus modificaciones, creando el MINISTERIO DE
PRODUCCIÓN.
Que el Artículo 5° del referido decreto sustituye el Artículo 20 bis de
la Ley de Ministerios (texto ordenado por Decreto N° 438/92) y sus
modificaciones, atribuyéndole competencias al Ministerio citado en el
considerando precedente.
Que a través del Decreto N° 357 de fecha 21 de febrero de 2002 y sus
modificaciones, se aprobó el organigrama de aplicación de la
Administración Centralizada hasta nivel Subsecretaría del MINISTERIO DE
PRODUCCIÓN, asignándole a la SECRETARÍA DE EMPRENDEDORES Y DE LA
PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA del mencionado Ministerio competencia en la
aplicación de las normas correspondientes a los Títulos I y II de las
Leyes Nros. 24.467 y 25.300 y sus modificaciones, y de las normas
dictadas en consecuencia, en su carácter de Autoridad de Aplicación.
Que por medio del Decreto N° 522 de fecha 27 de marzo de 1992 se creó
el Programa Global de Crédito a la Micro, Pequeña y Mediana Empresa,
con el objetivo de brindar asistencia y profundizar los aspectos de
índole financieros, relacionados con una mayor y más eficiente
prestación de servicios de crédito al sector de las Micro, Pequeñas y
Medianas Empresas por parte de las Instituciones Financieras
Intermediarias.
Que por la suscripción de sucesivos Contratos de Préstamo, el BANCO
INTERAMERICANO DE DESARROLLO (BID) se comprometió a asistir
financieramente a la NACIÓN ARGENTINA, a fin de posibilitar la
ejecución del Programa Global de Crédito a la Micro, Pequeña y Mediana
Empresa, desarrollado bajo la coordinación y supervisión general de la
ex SUBSECRETARÍA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y DESARROLLO REGIONAL
de la ex SECRETARÍA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA
EMPRESA del ex MINISTERIO DE INDUSTRIA Y TURISMO, actuando mediante una
UNIDAD DE COORDINACIÓN DEL PROGRAMA (UCP).
Que el Artículo 5° del Decreto N° 993 de fecha 9 de septiembre de 1999
estableció que la mencionada UNIDAD DE COORDINACIÓN DEL PROGRAMA (UCP)
asumirá las funciones relacionadas con la coordinación y ejecución del
Programa Global de Crédito a la Micro, Pequeña y Mediana Empresa.
Que mediante la Disposición N° 97 de fecha 5 de febrero de 2010 de la
ex SUBSECRETARÍA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y DESARROLLO REGIONAL
de la ex SECRETARÍA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA
EMPRESA del ex MINISTERIO DE INDUSTRIA Y TURISMO, se asignó a la
Dirección Nacional de Asistencia Financiera para las Micro, Pequeñas y
Medianas Empresas dependiente de la entonces Subsecretaría antes
mencionada, las funciones de coordinación y ejecución del Programa
Global de Crédito a la Micro, Pequeña y Mediana Empresa.
Que mediante el Decreto N° 1.273 de fecha 25 de julio de 2012 se creó,
en el marco del Programa Global de Crédito para las Micro, Pequeñas y
Medianas Empresas, el Fondo Nacional para el Desarrollo y
Fortalecimiento de las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas (FONDYF),
que tiene por objeto la promoción del desarrollo de las Micro, Pequeñas
y Medianas Empresas, apoyando su crecimiento y fomentando su
participación en la economía nacional.
Que asimismo, el Artículo 5° del Decreto N° 1.273/12 autorizó a la ex
SECRETARÍA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y DESARROLLO REGIONAL del ex
MINISTERIO DE INDUSTRIA a disponer de los recursos del Fondo Nacional
para el Desarrollo y Fortalecimiento de las Micro, Pequeñas y Medianas
Empresas (FONDYF), determinando en cada oportunidad, el universo de
empresas beneficiarias y estableciendo las condiciones que regirán la
operatoria del mencionado Fondo Nacional.
Que el Artículo 2° del Título II de la Ley N° 25.300 creó el Fondo
Nacional de Desarrollo para la Micro, Pequeña y Mediana Empresa
(FONAPYME), cuyo objeto es realizar aportes de capital y brindar
financiamiento a mediano y largo plazo para inversiones productivas a
las empresas y formas asociativas comprendidas en el Artículo 1° de la
citada ley.
Que el Decreto N° 1.074 de fecha 24 de agosto de 2001 reglamentó la Ley
N° 25.300, estableciendo las condiciones bajo las cuales se constituirá
el Fondo Nacional de Desarrollo para la Micro, Pequeña y Mediana
Empresa (FONAPYME) y regulando el funcionamiento del Comité de
Inversiones.
Que ante la manifiesta similitud entre los objetivos y tareas del Fondo
Nacional de Desarrollo para la Micro, Pequeña y Mediana Empresa
(FONAPYME) y del Fondo Nacional para el Desarrollo y Fortalecimiento de
las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas (FONDYF), por encontrarse ambos
destinados a impulsar el desarrollo del sector de las Micro, Pequeñas y
Medianas Empresas, así como su fortalecimiento mediante el otorgamiento
de préstamos a las empresas que lo soliciten y a los fines de optimizar
los recursos del ESTADO NACIONAL, se evaluó la factibilidad de utilizar
la experiencia y estructura del Fondo Nacional de Desarrollo para la
Micro, Pequeña y Mediana Empresa (FONAPYME), de modo que el Comité de
Inversiones creado por el Artículo 5° de la Ley N° 25.300, extendiera
sus funciones y atribuciones a la implementación del Fondo Nacional
para el Desarrollo y Fortalecimiento de las Micro, Pequeñas y Medianas
Empresas (FONDYF).
Que a esos efectos, mediante la Resolución N° 206 de fecha 12 de
octubre de 2012 de la ex SECRETARÍA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y
DESARROLLO REGIONAL del ex MINISTERIO DE INDUSTRIA, se aprobó un modelo
de convenio de colaboración entre la entonces Secretaría mencionada, la
SECRETARÍA DE HACIENDA del ex MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS
PÚBLICAS, el BANCO DE LA NACIÓN ARGENTINA y el BANCO DE INVERSIÓN Y
COMERCIO EXTERIOR, ambas entidades autárquicas entonces en el ámbito
del ex Ministerio citado, el cual fue suscripto por las partes con
fecha 28 de diciembre de 2012.
Que posteriormente, a través del dictado de la Resolución N° 48 de
fecha 18 de abril de 2013 de la ex SECRETARÍA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA
EMPRESA Y DESARROLLO REGIONAL del ex MINISTERIO DE INDUSTRIA, se aprobó
el Modelo de Convenio de Administración a suscribirse entre la entonces
mencionada Secretaría y el BANCO DE LA NACIÓN ARGENTINA, a los fines de
administrar los fondos del Fondo Nacional para el Desarrollo y
Fortalecimiento de las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas (FONDYF).
Que en la reunión del Comité de Inversiones del Fondo Nacional de
Desarrollo para la Micro, Pequeña y Mediana Empresa (FONAPYME), de
fecha 8 de agosto de 2014, se informó que a partir de ese mismo día, el
Fondo Nacional para el Desarrollo y Fortalecimiento de las Micro,
Pequeñas y Medianas Empresas (FONDYF) pasaría a la órbita de la ex
SUBSECRETARÍA DE POLÍTICA Y GESTIÓN DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y
DEL DESARROLLO REGIONAL de la ex SECRETARÍA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA
EMPRESA Y DESARROLLO REGIONAL del ex MINISTERIO DE INDUSTRIA,
manteniendo el Comité de Inversiones del Fondo Nacional de Desarrollo
para la Micro, Pequeña y Mediana Empresa (FONAPYME) la gestión sobre
todos los proyectos oportunamente aprobados en el marco del Fondo
Nacional para el Desarrollo y Fortalecimiento de las Micro, Pequeñas y
Medianas Empresas (FONDYF).
Que lo precedentemente expuesto fue aprobado por el Comité de
Inversiones del Fondo Nacional de Desarrollo para la Micro, Pequeña y
Mediana Empresa (FONAPYME), quedando ello plasmado en el Acta N° 398 de
fecha 8 de agosto de 2014.
Que así entonces se asignaron, mediante la Resolución N° 1.417 de fecha
19 de noviembre de 2014 de la ex SECRETARÍA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA
EMPRESA Y DESARROLLO REGIONAL del ex MINISTERIO DE INDUSTRIA, a partir
del 8 de agosto de 2014, a la ex SUBSECRETARÍA DE POLÍTICA Y GESTIÓN DE
LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y DEL DESARROLLO REGIONAL de la ex
SECRETARÍA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y DESARROLLO REGIONAL del ex
MINISTERIO DE INDUSTRIA, las funciones de coordinación y ejecución del
Fondo Nacional para el Desarrollo y Fortalecimiento de las Micro,
Pequeñas y Medianas Empresas (FONDYF).
Que consecuentemente con la aprobación del nuevo organigrama de
aplicación de la Administración Centralizada, aprobado por el Decreto
N° 1 de fecha 4 de enero de 2016, modificatorio del Decreto N° 357/02 y
sus modificaciones, en función de las competencias asignadas al
MINISTERIO DE PRODUCCIÓN y a la SECRETARÍA DE EMPRENDEDORES Y DE LA
PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA del citado Ministerio, es que resulta
necesario reordenar las responsabilidades de dicha área, en lo que
refiere al Fondo Nacional para el Desarrollo y Fortalecimiento de las
Micro, Pequeñas y Medianas Empresas (FONDYF).
Que en razón de lo antes reseñado, es necesario asignar las funciones
de coordinación y ejecución del Fondo Nacional para el Desarrollo y
Fortalecimiento de las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas (FONDYF) a
la SUBSECRETARÍA DE FINANCIAMIENTO DE LA PRODUCCIÓN de la SECRETARÍA DE
EMPRENDEDORES Y DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA del MINISTERIO DE
PRODUCCIÓN.
Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN ha tomado la intervención que le compete.
Que la presente medida se adopta en virtud de las facultades conferidas
por las Leyes Nros. 24.467 y 25.300 y sus modificaciones, y el Decreto
N° 357/02 y sus modificaciones.
Por ello,
EL SECRETARIO DE EMPRENDEDORES Y DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA
RESUELVE:
ARTÍCULO 1° — Asígnase, a partir del 1 de enero de 2016, a la
SUBSECRETARÍA DE FINANCIAMIENTO DE LA PRODUCCIÓN de la SECRETARÍA
EMPRENDEDORES Y DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA del MINISTERIO DE
PRODUCCIÓN, las funciones de coordinación y ejecución del Fondo
Nacional para el Desarrollo y Fortalecimiento de las Micro, Pequeñas y
Medianas Empresas (FONDYF) en el marco del Programa Global de Crédito a
la Micro, Pequeña y Mediana Empresa.
ARTÍCULO 2° — Déjase sin efecto la Resolución N° 1.417 de fecha 19 de
noviembre de 2014 de la ex SECRETARÍA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y
DESARROLLO REGIONAL del ex MINISTERIO DE INDUSTRIA.
ARTÍCULO 3° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del
Registro Oficial y archívese. — Dr. MARIANO MAYER, Secretario
Emprendedores y de la Pequeña y Mediana Empresa.
e. 25/02/2016 N° 8850/16 v. 25/02/2016