MINISTERIO DE PRODUCCIÓN
Decisión Administrativa 165/2016
Desígnase Director Nacional de Gestión Comercial Externa.
Bs. As., 08/03/2016
VISTO el Expediente N° S01:0000345/2016 del Registro del MINISTERIO DE
PRODUCCIÓN, las Leyes Nros. 27.008 y 27.198, ambas de Presupuesto
General de la Administración Nacional para los Ejercicios 2015 y 2016,
respectivamente, los Decretos Nros. 2.098 de fecha 3 de diciembre de
2008 y sus modificatorios, 1.070 de fecha 10 de julio de 2014, 1 de
fecha 4 de enero de 2016 y 227 de fecha 20 de enero de 2016 y las
Decisiones Administrativas Nros. 1 de fecha 12 de enero de 2015 y 10 de
fecha 19 de enero de 2016, y
CONSIDERANDO:
Que por el Decreto Nº 1.070 de fecha 10 de julio del 2014 se dispuso,
entre otras cuestiones, la aprobación de la estructura, organizativa de
segundo nivel operativo de la SECRETARÍA DE COMERCIO del entonces
MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS.
Que por el Artículo 2° del Decreto N° 1 de fecha 4 de enero de 2016 se
transfirió la SECRETARÍA DE COMERCIO y sus unidades organizativas
dependientes, organismos descentralizados y desconcentrados, de la
órbita del MINISTERIO DE HACIENDA Y FINANZAS PÚBLICAS a la órbita del
MINISTERIO DE PRODUCCIÓN.
Que por el Decreto N° 227 de fecha 20 de enero de 2016 se dispuso,
entre otros aspectos, que toda designación de personal en el ámbito de
la Administración Pública Nacional, centralizada y descentralizada, en
cargos de planta permanente y no permanente, en cargos de rango y
jerarquía inferior a Subsecretario será efectuada por el señor Jefe de
Gabinete de Ministros, a propuesta de la Jurisdicción o Entidad
correspondiente, previa intervención del MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN,
el que se ha expedido favorablemente.
Que en virtud de específicas razones de servicio de la SUBSECRETARÍA DE
COMERCIO EXTERIOR de la SECRETARÍA DE COMERCIO del MINISTERIO DE
PRODUCCIÓN, se considera imprescindible la cobertura de UN (1) cargo
vacante, Nivel A, Grado 0, Función Ejecutiva I, de Director Nacional de
Gestión Comercial Externa.
Que el Artículo 7° de las Leyes Nros. 27.008 y 27.198, ambas de
Presupuesto General de la Administración Nacional para los Ejercicios
2015 y 2016, respectivamente, dispuso el congelamiento de los cargos
vacantes financiados existentes a la fecha de sanción de las mismas, en
las Jurisdicciones y Entidades de la Administración Nacional y de los
que queden vacantes con posterioridad, salvo decisión fundada del señor
Jefe de Gabinete de Ministros o del PODER EJECUTIVO NACIONAL en virtud
de las disposiciones del Artículo 10 de las citadas leyes.
Que tal requerimiento implica efectuar una excepción a lo dispuesto por
el Artículo 7° de las Leyes Nros. 27.008 y 27.198, ambas de Presupuesto
General de la Administración Nacional para los Ejercicios 2015 y 2016,
respectivamente.
Que la persona propuesta deberá ser exceptuada de lo establecido en el
Artículo 14 del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del personal
del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP) homologado por el
Decreto N° 2.098 de fecha 3 de diciembre de 2008 y sus modificatorios.
Que el cargo aludido no constituye asignación de recurso extraordinario alguno para el ESTADO NACIONAL.
Que se encuentran reunidos los requisitos exigidos en la Circular N° 4
de fecha 15 de marzo de 2002 de la SECRETARÍA LEGAL Y TÉCNICA de la
PRESIDENCIA DE LA NACIÓN.
Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos, dependiente de la
SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN, ha tomado
la intervención que le compete.
Que la SECRETARÍA LEGAL Y TÉCNICA de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN ha tomado la intervención de su competencia.
Que la presente medida se dicta en virtud de las facultades conferidas
por el Artículo 100, inciso 3 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL, el Artículo
7° de las Leyes Nros. 27.008 y 27.198, ambas de Presupuesto General de
la Administración Nacional, para los Ejercicios 2015 y 2016,
respectivamente, y por el Artículo 1° del Decreto N° 227/16.
Por ello,
EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS
DECIDE:
Artículo 1° — Desígnase
transitoriamente, a partir del 10 de diciembre de 2015 y por el término
de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles, al Licenciado en Economía Don
Pablo Agustín LAVIGNE (M.I. N° 30.448.069) en el cargo de Director de
la Dirección Nacional de Gestión Comercial Externa dependiente de la
SUBSECRETARÍA DE COMERCIO EXTERIOR de la SECRETARÍA DE COMERCIO del
MINISTERIO DE PRODUCCIÓN, Nivel A, Grado 0, autorizándose el
correspondiente pago de la Función Ejecutiva I del SISTEMA NACIONAL DE
EMPLEO PÚBLICO (SINEP), aprobado por el Convenio Colectivo de Trabajo
Sectorial, con autorización excepcional por no reunir los requisitos
mínimos establecidos en el Artículo 14 del Convenio Colectivo de
Trabajo Sectorial, homologado por el Decreto N° 2.098 de fecha 3 de
diciembre de 2008 y sus modificatorios, con carácter de excepción a lo
dispuesto por el Artículo 7° de las Leyes Nros. 27.008 y 27.198, ambas
de Presupuesto General de la Administración Nacional para los
Ejercicios 2015 y 2016, respectivamente.
Art. 2° — El cargo involucrado
deberá ser cubierto conforme los requisitos y sistemas de selección
vigentes según lo establecido, respectivamente, en los Títulos II,
Capítulos III, IV y VIII, y IV del Convenio Colectivo de Trabajo
Sectorial del personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP),
homologado por el Decreto N° 2.098/08 y sus modificatorios, dentro del
plazo de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles contados a partir del 10 de
diciembre de 2015.
Art. 3° — El gasto que demande
el cumplimiento de la presente medida será atendido con cargo a las
partidas específicas del presupuesto vigente para el corriente
ejercicio de la Jurisdicción 51 - MINISTERIO DE PRODUCCIÓN.
Art. 4° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Marcos Peña. — Francisco A. Cabrera.